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El acceso a una vivienda digna | «Guía de Tipologías de Vivienda Rural»

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El Gobierno oficializó, este último sábado, la «Guía de Tipologías de Vivienda Rural», documento que de manera sencilla y didáctica explica a otras instancias del Gobierno Central, regional y local, así como al sector privado y a la sociedad civil, los lineamientos para el diseño y la construcción de viviendas rurales. Según el artículo 65 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento (MVCS), aprobado por el Decreto Supremo N.° 010-2014-Vivienda, la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo (DGPRVU) es su órgano de línea responsable de formular y proponer las políticas nacionales y sectoriales en las materias de vivienda, urbanismo y desarrollo urbano; así como, dictar normas, lineamientos y establecer los procedimientos para el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales como sistemas sostenibles en el territorio nacional. Cabe mencionar que la norma en comento refiere que el texto de la guía se publica adjunta a ella, así como en la web ministerial; sin embargo, hasta el momento de publicar esta noticia la información no se encontraba disponible. [MVCS, R. 014-2021-Vivienda-VMVU-DGPRVU, 22/08/2021]

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Vivienda ordena la difusión de las metodologías específicas para formular y evaluar proyectos de inversión de saneamiento en el ámbito urbano y rural

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Con un informe interno de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI), el Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento actualiza las metodologías específicas para la formulación y evaluación de los proyectos de inversión en materia de saneamiento en el ámbito urbano y en el ámbito rural en los tres niveles de gobierno, dentro del marco de lo dispuesto en el numeral 16 del párrafo 10.3 del artículo 10 del Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1252 y el párrafo 23.2 del artículo 23 de la Directiva N.° 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral N.° 001-2019-EF/63.01. Esta decisión deroga las resoluciones ministeriales N.° 263-2017-Vivienda y N.° 199-2018-Vivienda. La resolución ministerial ordena la difusión de las metodologías específicas, denominadas fichas técnicas estándar e instructivos para la formulación y evaluación de proyectos de inversión de saneamiento en el ámbito urbano y en el ámbito rural, aprobadas por la Oficina de Inversiones, en su calidad de Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento. [MVCS, R. M. 253-2021-Vivienda, 22/08/2021] Leer más

Trazar las ciudades, pero con servicios básicos | La Municipalidad Distrital de Punta Hermosa visará planos de lotización y trazados de vías para las posesiones informales

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La Municipalidad Distrital de Punta Hermosa (MDPH) regula el procedimiento para el visado de planos de lotización y trazado de vías, a fin de viabilizar la dotación de servicios básicos para las áreas ocupadas por posesiones informales. Se encuentran comprendidas dentro de los alcances de esta ordenanza las posesiones informales pertenecientes a la jurisdicción del distrito, constituidas hasta el 31 de diciembre del 2015, a través de sus organizaciones sociales, que a la fecha no cuenten con los servicios básicos. La competencia para el conocimiento del procedimiento regulado en esta norma recae en la Subgerencia de Obras Públicas y Proyectos, Catastro y Obras Privadas, que emitirá el acto relacionado con la visación de planos de lotización y trazado de vías para la obtención de servicios básicos. Las apelaciones serán conocidas en última instancia administrativa por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Control Territorial. El procedimiento se sujeta a las reglas del silencio administrativo negativo. Los requisitos, entre otros, son los siguientes: Leer más

Contar con luz, agua, desagüe… | Punta Hermosa otorgará constancias de posesión para viabilizar la implementación de servicios básicos

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Esta ordenanza, que regirá por tres meses, busca viabilizar el otorgamiento de las constancias de posesión para los predios que integran las denominadas «posesiones informales» que se ubican en el distrito de Punta Hermosa, así el poseedor podrá tener acceso a la prestación de los servicios básicos. La norma municipal precisa que los alcances del acto administrativo se limitan a la obtención de los servicios básicos de parte del poseedor y no generan reconocimiento alguno sobre derechos de propiedad que afecten a su titular. La Subgerencia de Obras Públicas y Proyectos, Catastro y Obras Privadas de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa (o la que haga sus veces) es la unidad encargada de conocer el procedimiento de la entrega de la constancia de posesión para servicios básicos. Los requisitos que impone la ordenanza son los siguientes:

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Una aplicación de las normas en el tiempo | La desafectación de un inmueble de dominio público propiedad de una municipalidad distrital la aprueba el Concejo Metropolitano de Lima

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Tribunal Registral | Propiedad Inmueble. En este caso en particular, tenemos dos normas que sustentarían el pedido de desafectación: la primera es la Ordenanza Municipal N.° 1804 [que dispuso desafectar el área de 2 566,84 m2, ubicada entre las cuadras 4 y 5 impar con frente al Jr. Paseo del Bosque (Urb. Chacarilla del Estanque VI Etapa), distrito de San Borja]; la segunda es la Ley N.° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su reglamento, este último aprobado por el Decreto Supremo N.° 007-2008-Vivienda, vigente en la fecha en la que se presentó el título. Sin embargo, a la fecha está vigente el nuevo reglamento de la Ley N.° 29151 aprobado por el Decreto Supremo N.° 008-2021-Vivienda, publicado el 11 de abril del 2021 en el Diario Oficial «El Peruano» (ver Información relacionada). La desafectación del inmueble se efectuó en el marco del artículo 28 de la Ordenanza N.° 296-MML, de fecha 7 de diciembre del 2000, que regula el régimen de constitución y administración de bienes de uso público en la provincia de Lima. Leer más

Tercera ampliación del plazo | Noventa días más para la expedición de la constancia de posesión y visación de planos para servicios básicos en Pachacamác

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La Municipalidad Distrital de Pachacamác (MDP) extiende hasta por noventa días calendario, contabilizados desde el vencimiento de la prorroga dispuesta por el Decreto de Alcaldía N.° 013-2021-MDP/A [15 de agosto del 2021], el plazo de vigencia de la Ordenanza N.° 257-2020-MDP/C, que estableció la expedición, extraordinaria y excepcional de la constancia de posesión y visación de planos para los servicios básicos, medida que facilita el acceso de los pobladores y familias de baja calidad de vida de la jurisdicción distrital a los servicios básicos de energía eléctrica, agua y desagüe, y que garantiza, en consecuencia, la protección, desarrollo y progreso de las poblaciones asentadas en posesiones informales. Leer más

Solo diez días para leer y comentar | Vivienda saca a consulta pública su proyecto de modificación de la Norma Técnica E.010 Madera del Reglamento Nacional de Edificaciones

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El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) publica el proyecto de la resolución ministerial que aprueba la modificación de la Norma Técnica E.010 Madera del Reglamento Nacional de Edificaciones, aprobado por el Decreto Supremo N.° 011-2006-Vivienda, modificado por el Decreto Supremo N.° 005-2014-Vivienda, en su portal institucional (www.gob.pe/vivienda), por el plazo de diez días hábiles, contado a partir de mañana. Será la Dirección de Construcción de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento la unidad responsable de consolidar las sugerencias, comentarios y/o aportes que se reciban. [MDVCS, R. M. 240-2021-Vivienda, 13/08/2021] Leer más

El certificado de vigencia de poder también debe consignar la ampliación de poderes realizada al cargo

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Tribunal Registral | Registro Publicidad. En el presente caso, se solicita la expedición del certificado de vigencia de poder del apoderado de la sociedad. El abogado certificador expidió el documento solicitado en el que se certifican las facultades del apoderado inscritas en la partida registral. Sin embargo, el interesado solicitó la aclaración del certificado de vigencia de poder, pues da cuenta de la omisión de consignar la ampliación de poder del apoderado, inscrito en el asiento C00138 del registro. «El abogado certificador denegó la aclaración solicitada señalando que se debe indicar un solo asiento a fin de expedir la vigencia solicitada, al ser facultades distintas«. Leer más

El duplicado de la tarjeta y el cambio de las características vehiculares se tramitarán sin el formulario de seguridad del Colegio de Notarios con firma legalizada

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En el recuento normativo de esta disposición se tiene que el Decreto Supremo N.° 036-2001-JUS reguló los requisitos, entre otros, para la inscripción del cambio de las características registrables del vehículo y para la emisión del duplicado de la tarjeta de identificación vehicular ante su pérdida, destrucción o deterioro. Con el Decreto Supremo N.° 002-2021-JUS se modificó el Decreto Supremo N.° 036-2001-JUS y se sustituyó el requisito de presentar el «Formulario de seguridad del Colegio de Notarios con firma legalizada del propietario con derecho inscrito o de su representante» por el formulario aprobado por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) y la certificación notarial de firma por el uso del sistema de verificación biométrica por comparación de huella dactilar del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec); manteniendo la certificación notarial de firma en el formulario de la Sunarp, únicamente para los casos en los que la solicitud sea presentada al registro por un tercero distinto al titular registral o a su representante expresamente designado. En esta línea, la Sunarp elimina el requisito «Formulario de seguridad del Colegio de Notarios con firma legalizada del propietario con derecho inscrito o de su representante» de los procedimientos registrales recogidos en su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), referidos al trámite de inscripción del cambio de las características registrables del vehículo. [Sunarp, R. 103-2021-Sunarp/SN, 12/08/2021] Leer más

Los Olivos aprueba el Acta de control del conductor, el Acta de internamiento y el Acta de liberación de vehículos menores

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Felipe Castillo Alfaro, alcalde de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, firma este decreto de alcaldía que oficializa los formatos del «Acta de control del conductor y/o propietario y/o persona jurídica», «Acta de internamiento» y «Acta de Liberación» que permitirán a los inspectores municipales desarrollar las acciones de detección, control y supervisión ante el incumplimiento o comisión de infracciones a las normas del servicio especial de transporte de vehículos menores. [MDLO, D. de Alc. 009-2021, 12/08/2021] Leer más