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Son averías simples todos los gastos y perjuicios causados al buque o a su cargamento, incluidos los gastos necesarios y los alimentos de la tripulación

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La interpretación correcta del artículo 344 de la LGS: la licencia de funcionamiento de la empresa absorbente de un proceso de fusión continúa vigente

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Del artículo 344 de la Ley General de Sociedades, la Corte Suprema (CS) entiende que «el proceso societario de ‘fusión’ puede adoptar dos formas. La primera es la denominada fusión por incorporación, a través de la cual dos o más sociedades se unen para formar una nueva sociedad, las cuales se extinguen sin que se liquiden su patrimonio, la cual formará parte de esa nueva sociedad. La segunda es la denominada ‘fusión por absorción’, que, a diferencia de la primera, no implica el nacimiento de una nueva sociedad, sino la extinción de una de ellas, cuyo patrimonio pasa a formar parte de forma universal y en bloque de la sociedad absorbente (…). Leer más

Vender licor a un menor de edad vulnera la garantía legal establecida en el ordenamiento vigente (deber de idoneidad)

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El artículo 25 del Código de Protección y Defensa del Consumidor establece que por el deber general de seguridad los productos o servicios ofertados en el mercado no deben conllevar, en condiciones de uso normal o previsible, riesgo injustificado o no advertido para la salud o seguridad de los consumidores o sus bienes. En este caso, se denuncia el expendio de bebidas alcohólicas a la hija del denunciante, pese a ser una menor de edad, atentando contra su tranquilidad y la salud pública. El reglamento de la Ley N.° 26681, Ley que regula a la comercialización, consumo y publicidad de bebidas alcohólicas, señala que está prohibida la venta, distribución, expendio y suministro de bebidas alcohólicas, a título oneroso o gratuito, a menores de 18 años. Leer más

La Punta aprueba su nuevo reglamento y Cuadro de Índice de Usos para la ubicación de actividades urbanas

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La Municipalidad Distrital de La Punta (MDLP) aprueba el nuevo reglamento y Cuadro de Índice de Usos con sus respectivos códigos y condicionantes, para la ubicación de actividades urbanas en el distrito, los que aparecen como anexos de la presente ordenanza y deroga la Ordenanza N.° 010-2007-MDLP/ALC. Además, precisa que se mantendrán vigentes las ordenanzas números 018-2007-MDLP/ALC y 002-2014 y 014-2014, en cuanto no se opongan a lo establecido en la presente norma.

Asimismo, la entidad señala que los procedimientos o solicitudes iniciados en trámite respecto de licencias de funcionamiento y/o compatibilidad de uso se adecuarán a lo dispuesto mediante la presente norma. Los anexos se publican en el portal institucional: www.munilapunta.gob.pe. [MDLP, Ord. 007-2022-MDLP/AL, 9/11/2022] Leer más

¿Una persona o un robot? | Consumidores podrán elegir una atención personal o automatizada

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Según esta ley, publicada el sábado 5 de noviembre del 2022, los consumidores tendrán derecho a contar con una opción o alternativa de atención personal cuando el proveedor ofrezca al público cualquier sistema de atención automatizada asistido por inteligencia artificial o asistente digital. Se trata de la Ley N.° 31601, que modifica la Ley N.° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, para garantizar la atención personal del proveedor al ofrecer sistemas de atención automatizada. Desde el campo legal, se incorpora literal l) al numeral 1.1 del artículo 1° de la Ley N.° 29571. [PL, Ley 31601, 5/11/2022] Leer más

Municipalidad de Villa El Salvador fija el horario de funcionamiento de establecimientos comerciales en el distrito

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Las personas naturales y jurídicas, sean públicas o privadas, que realicen actividades en establecimientos y locales comerciales en el distrito de Villa El Salvador deberán cumplir con la ordenanza que regula su horario de funcionamiento, y que aplicará para las Licencias de Funcionamiento y Certificados de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones (ITSE) autorizadas. Además, los establecimientos o locales comerciales en los que se desarrollen actividades o espectáculos ruidosos tendrán que implementar medidas de aislamiento acústico necesarias para evitar molestias a los vecinos de las viviendas colindantes o próximas que pudieran verse afectadas, exigencia que está cargo de la Gerencia de Desarrollo Económico y Licencias. Todos los establecimientos comerciales que operan en la jurisdicción del distrito de Villa El Salvador se adecuarán, en un plazo de treinta días calendario, al horario señalado en la ordenanza, transcurrido el plazo antes citado, la Subgerencia de Fiscalización Administrativa procederá a verificar su cumplimiento y, de contravenirse, la imposición de las sanciones correspondientes. La norma se publica en el portal web de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador (www.munives.gob.pe), el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.servicioalciudadano.gob.pe) y el portal del Estado peruano (www.peru.pob.pe). [MVES, Ord. 470-MVES, 11/10/2022] Leer más

Más de dos mil espacios disponibles | Estacionar en Surco cuesta S/ 0,50 por treinta minutos

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Con el Acuerdo N.° 306-2022, la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) ratifica la Ordenanza N.° 664-MSS, emitida por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco (MSS), que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal en las zonas urbanas del referido distrito, un servicio que se prestará en más de dos mil espacios, de lunes a domingo, en el horario que establece el artículo 10 de la Ordenanza N.° 664-MSS, con la tasa de S/ 0.50 por treinta minutos. Este acuerdo ratificatorio tiene una vigencia condicionada al cumplimiento de su publicación, así como del texto íntegro de la ordenanza ratificada, en especial de los anexos que contienen los cuadros de estructura de costos, estimación de ingresos, cantidad de espacios habilitados y el horario de la prestación del servicio. La Municipalidad Distrital de Santiago de Surco es la que publica la Ordenanza N.° 664-MSS, norma que en su artículo 10 establece que la tasa de estacionamiento vehicular temporal será exigible de lunes a domingo de 8:30 a 20:30 horas. [MML, Ac. 306-2022, 26/09/2022] Leer más

Independencia aplicará la estrategia de economía circular en el distrito

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La Municipalidad Distrital de Independencia (MDI) aprueba la «Estrategia de economía circular del distrito Independencia al 2030», que promueve la creación de valor sin limitarlo al consumo definitivo de recursos, pues considera todo el ciclo de vida de los bienes. Además, optimiza el uso de recursos para integrar la circularidad de un bien o servicio desde su concepción, de forma tal que se prevenga los residuos y/o se logre que los residuos sean valorizados y se conviertan en insumos, entre otros valores. El texto completo de la estrategia se publica en el portal web municipal www.muniindependencia.gob.pe[MDI, Ord. 000447-2022-MDI, 23/09/2022] Leer más

La iniciativa privada «Conjunto Residencial de Interés Social Tierra Prometida» es declarada de interés en Ica

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Con este acuerdo, la Municipalidad Provincial de Ica (MPI) aprueba la declaratoria de interés de la iniciativa privada denominada «Conjunto Residencial de Interés Social Tierra Prometida», en el marco de lo dispuesto por el Decreto Legislativo N.° 1362, bajo la modalidad de proyecto en activos. Además, la comuna, oficializa la versión inicial del contrato de la iniciativa privada denominada «Conjunto Residencial de Interés Social Tierra Prometida». Finalmente, la comuna remite el expediente para que el Comité de Promoción de la Inversión Privada continúe con los trámites que correspondan de acuerdo a ley. [MPI, Ac. 046-2022-MPI, 17/09/2022] Leer más

En Chorrillos se cobrará S/ 0,50 por treinta minutos del servicio de estacionamiento vehicular

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En la Separata Especial del Diario Oficial «El Peruano» de hoy se publica el Acuerdo de Consejo N.° 299-2022 de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML), que ratifica la Ordenanza N.° 431-2022/MCH, que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal en zonas urbanas en dicho distrito, cuyo servicio se prestará en 145 espacios, de lunes a domingo, en el horario establecido en el artículo 8° de la Ordenanza N.° 431-2022/MCH, con la tasa de S/ 0,50 por treinta minutos del servicio. La vigencia del acuerdo ratificatorio se condiciona al cumplimiento de su publicación, así como del texto íntegro de la ordenanza ratificada; en este sentido, también se publica el texto íntegro de la Ordenanza N.° 431-2022/MDCH que, además, establece que la tasa por el estacionamiento vehicular temporal será exigible de lunes a domingo, en un horario de 08.00 am a 08:00 pm, de acuerdo con las necesidades del usuario para el estacionamiento de sus vehículos teniendo en cuenta los cambios del distrito y, además, publica el detalle de las áreas destinadas para el estacionamiento vehicular temporal en la circunscripción del distrito de Chorrillos sujetas al cobro de la tasa de estacionamiento. [MML, Ac. de Consejo 299-2022, MDCH, Ord. 431-2022/MDCH, 16/09/2022] Leer más