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La Suprema precisa la naturaleza jurídica de la transacción judicial y sus clases como mecanismo alternativo de solución de conflictos

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No todo ni cualquier error eventual que pudiesen contener las decisiones supone una afectación a la debida motivación

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Es responsabilidad del juzgador reconstruir, con base en los medios probatorios, los hechos que den origen al conflicto

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¿Qué implica la confrontación de títulos contradictorios relativos a un mismo bien?

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La tercería de propiedad se puede acreditar con otros documentos y no necesariamente con documentos privados de fecha cierta y/o documento público

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«Usucapión»: el inicio de procesos judiciales donde se discute la posesión del bien rompe con el requisito de pacificidad, incluso si se cumplió con el tiempo requerido

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Es jurisprudencia reiterada el criterio de la Corte Suprema (CS) que señala que «el requisito de posesión pacífica está referido a que la posesión no sea mantenida mediante violencia, por lo que la falta de pacificidad se configurará por la resistencia a la oposición planteada por el propietario respecto a la referida posesión. En ese sentido, (…) el inicio de procesos judiciales en que se discuta sobre la posesión del bien rompe con el requisito de pacificidad; siendo el caso precisar que tal exigencia no solo comprende los procesos que puedan haberse instaurado por el actual propietario a quien se demanda, sino también por los anteriores o posteriores a este, o por aquellos con quienes pueda presentarse un conflicto respecto a la titularidad del dominio o posesión, pues por pacificidad deberá comprenderse la ausencia de oposición por quien entiende le asiste algún derecho (…)» (sic). Leer más

Los órganos jurisdiccionales pueden emitir sentencias inhibitorias, pero esta facultad es extraordinaria y excepcional

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Al igual que en las sentencias recaídas en la Casación N.° 3527-2017-Cusco y en la Casación N.° 18632-2018-Lima Sur, la Corte Suprema (CS) asienta que, «si bien es cierto, el último párrafo del artículo 121 del Código Procesal Civil establece que los órganos jurisdiccionales pueden emitir sentencias inhibitorias. Sin embargo, esta facultad es extraordinaria y excepcional y solo es factible si el juzgador, al momento de expedir sentencia, detecta que se encuentra ausente alguno de los presupuestos procesales o alguna de las condiciones de la acción, porque no es posible dejar insolutas las controversias que son sometidas a la potestad jurisdiccional del Estado, ya que la finalidad del proceso es brindar una adecuada, oportuna y eficaz protección de los derechos de las personas, en mérito al derecho a la tutela jurisdiccional efectiva, reconocido en el inciso 3 del artículo 139 de la Constitución Política. Leer más

La denominada resolución de contrato por intimación o por autoridad del acreedor

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Si es resuelto válidamente el contrato de arrendamiento financiero, se debe restituir el bien inmueble al arrendatario

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Paternidad

Solo si el padre ha fallecido, está ausente o con paradero desconocido, se puede solicitar el régimen de abuelovisitas

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