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La eventual responsabilidad objetiva debe plasmarse en normas con rango de ley
/0 Comentarios/en Corte Suprema, Derecho, Destacado, Gestión pública, Gobierno, Judicial, Jurisprudencia y doctrina /por Unidad Editorial Lex SolucionesBeneficios tributarios para la construcción | Un régimen especial para recuperar el Centro Histórico de Lima
/0 Comentarios/en Construcción, Gestión pública, Gobierno /por Unidad Editorial Lex SolucionesEl Congreso de la República dicta esta ley para establecer un marco legal especial que impulse el desarrollo integral y sostenible del Centro Histórico de Lima. La norma incentiva la protección, conservación, restauración, revitalización y promoción de la inversión en el Centro Histórico de Lima, reconociendo su condición jurídica como Patrimonio Cultural de la Nación y sitio Patrimonio Mundial de la Unesco. Las municipalidades distritales con jurisdicción dentro de él están obligadas a cumplir con las disposiciones de la presente ley, del Plan Maestro del Centro Histórico de Lima y del Reglamento Único de Administración del Centro Histórico de Lima vigentes. Leer más
San Juan de Lurigancho busca la ayuda privada para mejorar los bienes municipales y los servicios públicos
/0 Comentarios/en Construcción, Gestión pública, Gobierno, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesSe declara de interés público la promoción de la participación del sector privado en el mejoramiento de los bienes municipales, servicios públicos locales e infraestructura pública en el ámbito del distrito de San Juan de Lurigancho, mediante el empleo de las fórmulas de colaboración público-privada previstas en el marco normativo vigente. Estas fórmulas de colaboración público-privada son aquellas modalidades, creadas o por crearse, promovidas por iniciativa estatal o privada, comprendidas en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N.° 1362 y su Reglamento; en el Texto Único Ordenado de la Ley N.° 29230 y su Reglamento; en el Texto Único Ordenado de la Ley N.° 29151 y su Reglamento; así como, la constitución de derechos de cesión en uso, arrendamiento, usufructo, superficie, servidumbre u otros actos de administración y/o disposición que recaigan sobre bienes de titularidad de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho (MDSJL). Leer más
Mirtha Elizabeth Correa Álamo es la nueva directora general de la Oficina General de Comunicaciones del MVCS
/0 Comentarios/en Construcción, Gestión pública, Gobierno, Laboral /por Unidad Editorial Lex SolucionesCon esta resolución ministerial se oficializa la designación de Mirtha Elizabeth Correa Alamo, en el cargo de directora general de la Oficina General de Comunicaciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS). [MVCS, R. M. 013-2024-Vivienda, 17/01/2024] Leer más
Sin casos positivos aún | Se inicia la campaña de vacunación contra el ántrax, el carbunco sintomático y el edema maligno
/0 Comentarios/en Ambiente, Comercio, Gestión pública, Gobierno /por Unidad Editorial Lex SolucionesLa sanción tiene que ser impuesta a quien realmente incurrió en alguna acción propia
/0 Comentarios/en Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina /por Unidad Editorial Lex SolucionesLos nuevos proyectos inmobiliarios no califican como gastos preoperativos por expansión de actividades
/0 Comentarios/en Construcción, Derecho, Gestión pública, Gobierno, Pronunciamientos e informes, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesSunat | Informe. En el supuesto de una empresa inmobiliaria en funcionamiento que ha desarrollado diversos proyectos inmobiliarios del mismo tipo (departamentos, oficinas o locales comerciales), en la misma ciudad y que ha destinado al mismo segmento del mercado; la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) precisa expresamente que los gastos de ventas y administrativos vinculados con la ejecución de un nuevo proyecto inmobiliario, con las características antes señaladas, no califican como gastos preoperativos por expansión de actividades. Con este nuevo criterio, la Superintendencia deja sin efecto el Informe N.° 173-2016-Sunat-5D0000. Leer más
La Suprema al Indecopi: es necesario indicar cómo cada uno de los criterios aplicados influyen en la multa total impuesta
/0 Comentarios/en Comercio, Construcción, Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina /por Unidad Editorial Lex SolucionesCorte Suprema | Jurisprudencia. La Corte Suprema (CS) es enfática en señalar que no es suficiente con precisar los criterios de graduación, sino que, además, es necesario indicar cómo cada uno de éstos influye en la multa impuesta. Ahora, si bien se han dado facultades discrecionales a la administración para que fije las sanciones, también es cierto que la graduación de las mismas se debe al deber de motivación. En tal sentido, la corte contrasta lo sostenido por la sala superior con la resolución del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual (Indecopi), que fundamentó la gradualidad de la sanción en los términos siguientes: «(iii) De la infracción de Corporación (…). Para graduar la sanción a imponer a Corporación (…), deben tomarse en consideración los siguientes aspectos: (i) Perjuicio generado al consumidor: la conducta infractora generó que el denunciante viera frustradas sus expectativas, en tanto no se le realizó un servicio de instalación del sistema de gas GLP idóneo, lo que ocasionó que el vehículo sufriera un siniestro a los pocos días de realizado el servicio. (ii) Efectos generados en el consumidor. Se han producido efectos negativos en el consumidor, al producirse desconfianza en el sector que brinda servicios de instalación del sistema de gas vehicular GLP, en la medida que se podría considerar que los proveedores en dicho mercado pueden incurrir en la conducta infractora, y no realizar una instalación adecuada. (iii) Beneficio ilícito: el beneficio obtenido por el denunciado es el ahorro que significó el no adoptar las medidas necesarias para contar con un área encargada de verificar los servicios que ofrecen en relación a la instalación del sistema de gas vehicular, con la finalidad de que el consumir contrate un servicio adecuado de instalación del sistema de gas vehicular GLP (iv) Circunstancia agravante: la conducta infractora puso en riesgo la vida y la seguridad del consumidor, puesto que su vehículo sufrió un siniestro -incendio-, el cual ocasionado por una fuga de gas en la instalación del sistema de GLP. (…). Es así que, si bien los denunciados son responsables solidarios en la comisión del hecho infractor, se debe tener en cuenta que Corporación (…) ejecutó de manera directa la instalación del servicio de conversión a gas GLP en el vehículo del denunciante, siendo (…) solo el encargado de verificar que el procedimiento realizado por Corporación (…) haya sido el correcto (…)» (sic). (e) (V. P. Cartolín Pastor) [CS, Cas. 118-2022-Lima, 16/03/2023] Leer más
La sanción se impone a quien realmente incurrió en alguna acción propia
/0 Comentarios/en Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina /por Unidad Editorial Lex SolucionesLEX soluciones
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