Vidas dignas | La reforma del sistema de saneamiento para garantizar el acceso universal al agua potable y al alcantarillado

El día de ayer, en una Edición Extraordinaria de la Separata de Normas Legales del Diario Oficial «El Peruano», el Poder Ejecutivo publicó este decreto legislativo que plantea la reforma del sistema de saneamiento con el fin de garantizar el acceso universal al agua potable y al alcantarillado en el país. Se trata de la modificación del Decreto Ley N.° 1280, que aprueba la Ley marco de la gestión y prestación de los servicios de saneamiento, que se realiza como parte de la delegación de facultades otorgada por el Congreso.

Los cambios fortalecerán el rol rector del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) y mejorarán la articulación con la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass), que es el órgano regulador de la materia. Según cifras oficiales, más del 10 % de los peruanos no tiene acceso al agua potable y más del 23 % carece de saneamiento básico. Desde el campo legal, se modifican los artículos I, II, III y IV del Título Preliminar; los artículos 1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 7°, 8°, 9°, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 24, 26, 27, 28, 29, 30, 32, 33, 34, 36, 38, 43, 44, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 63, 66, 68, 71, 72, 73, 74, 76, 77, 78, 79, 80, 88, 89, 94, 98, 101, 102, 105, 106, 107, 108, 109, 110, 110-A, 111, 114; así como, la Sexta, Séptima, Vigésima, Vigésima Cuarta, Vigésima Sexta y Vigésima Séptima disposiciones complementarias finales del Decreto Legislativo N.° 1280. Se deroga la Décima y la Duodécima disposiciones complementarias finales del Decreto Legislativo N.° 1280. [PE, D. Leg. 1620, 21/12/2023]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Decreto legislativo que modifica el Decreto Legislativo N.° 1280 Decreto legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento.

Edición extraordinaria de la Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.° 17643.

Entidad: Poder Ejecutivo (PE).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: modifica los artículos I, II, III y IV del Título Preliminar; los artículos 1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 7°, 8°, 9°, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 24, 26, 27, 28, 29, 30, 32, 33, 34, 36, 38, 43, 44, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 63, 66, 68, 71, 72, 73, 74, 76, 77, 78, 79, 80, 88, 89, 94, 98, 101, 102, 105, 106, 107, 108, 109, 110, 110-A, 111, 114; así como, la Sexta, Séptima, Vigésima, Vigésima Cuarta, Vigésima Sexta y Vigésima Séptima disposiciones complementarias finales del Decreto Legislativo N.° 1280.

Derogaciones: deroga la Décima y la Duodécima disposiciones complementarias finales del Decreto Legislativo N.° 1280.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 22 de diciembre del 2023.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Decreto Ley N.° 1280, que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento.

Información relacionada:

+ Todos los cambios todos | Texto Único Ordenado del Reglamento de la ley de los servicios de saneamiento. [MVCS, D. S. 016-2021-Vivienda, 28/08/2021]

Vivienda aprueba el Plan Nacional de Saneamiento 2022-2026. [MVCS, R. M. 399-2021-Vivienda, 24/12/2021]

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