Lo referido a los cruces de información que realiza la Sunat se encuentra protegido por la reserva tributaria

Tribunal Fiscal | Reserva tributaria. La recurrente de este caso pretendía que la resolución apelada sea declarada nula, ya que la administración tributaria le negó el acceso a los cruces de información efectuados con los proveedores; sin embargo, el Tribunal Fiscal (TF) advierte que la información obtenida de los cruces de información de terceros, así como los reportes de los sistemas informáticos relacionados a estos, tales como sus declaraciones juradas, forman parte de la reserva tributaria. Además, recuerda que, en las RTF 05610-A y 05509-5-2005 ha establecido que la información que contenga la conformación de bases imponibles, cuantía y fuentes de ingresos o rentas de terceras empresas se encuentra dentro de los alcances de la reserva tributaria a que hace referencia el artículo 85 del Código Tributario. (V. P. Guarniz Cabell) (TF, RTF 00522-3-2024, 18/01/2024)

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