Edición Extraordinaria: nuevo plazo para que las oficinas consulares expidan pasaportes electrónicos
Como las actividades de implementación del «software» necesario para la emisión de los pasaportes electrónicos se encuentran en un proceso avanzado pero no finalizado, el Ministerio de Relaciones Exteriores (RR.EE.) decide modificar el plazo establecido en la Primera Disposición Complementaria Transitoria (Adecuación tecnológica para la emisión del pasaporte electrónico ordinario con nuevas vigencias) del Decreto Supremo N.° 002-2024-RE. Con ello, la emisión del pasaporte electrónico ordinario con nuevas vigencias en las oficinas consulares del Perú en el exterior se iniciará cuando concluya la implementación o actualización de funcionalidades en el software correspondiente, en un plazo no mayor de trescientos sesenta (360) días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación del presente decreto supremo. [RR.EE., D. S. 028-2024-RE, 23/07/2024]
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