Cambio por deudas y servicios | Barranco regula el procedimiento de canje de deudas tributarias por bienes y/o servicios

El artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional N.° 28607, señala que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia. Bajo esta marco general, la Municipalidad Distrital de Barranco (MDB) oficializa la ordenanza que regula el procedimiento de canje de deudas tributarias por bienes y/o servicios. Será la Gerencia Municipal, junto con la Gerencia de Administración Tributaria, la encargada del cumplimiento de lo dispuesto. El texto completo de la ordenanza será publicado en el portal del Estado peruano. [MDB, Ord. 614-2023-MDB, 1/11/2023]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Regulan el procedimiento de canje de deudas tributarias por bienes y/o servicios

Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.° 17548.

Entidad: Municipalidad Distrital de Barranco (MDB).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 2 de noviembre del 2024.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Artículo 194 de la Constitución Política del Perú.

Información relacionada:

+ Sincerar los predios sin multas de por medio | Barranco oficializa su programa de regularización tributaria. [MDB, Ord. 603-2023-MDB, 19/07/2023]

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