Quince días para comentar | El virtual Reglamento de Vivienda de Interés Social

Se publicó el Proyecto de decreto supremo que aprueba el Reglamento de Vivienda de Interés Social, el virtual texto del citado proyecto de reglamento y lo que sería su exposición de motivos, en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), a efectos de recibir los comentarios, aportes u opiniones de la ciudadanía, dentro del plazo de quince días calendario contado desde el día siguiente de su publicación. Será la Dirección de Vivienda de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo la unidad encargada de la recepción, sistematización y análisis de los comentarios, aportes u opiniones que se presenten al respecto a través de la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), en el enlace: «Proyecto de Reglamento de Vivienda de Interés Social«. [MVCS, R. M. 008-2025-Vivienda, 13/01/2025]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Disponen la publicación del proyecto de decreto supremo que aprueba el Reglamento de Vivienda de Interés Social, del texto del citado proyecto de reglamento y de su Exposición de Motivos

Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XLII – N.° 18349.

Entidad: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: desde el 14 de diciembre del 2025.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N.° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

* Decreto Supremo N.° 010-2014-Vivienda, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

* Ley N.° 31313, Ley de Desarrollo Urbano Sostenible.

Información relacionada:

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