Edición extraordinaria: la PCM modifica el Reglamento de la Ley de Gobierno Digital

La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) publicó, en la Edición Extraordinaria del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial «El Peruano» del día de ayer, el decreto supremo que modifica el Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1412 (Decreto legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital y establece disposiciones sobre las condiciones, requisitos y uso de las tecnologías y medios electrónicos en el procedimiento administrativo), aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 029-2021-PCM. En concreto, la norma modifica los artículos 46 (Plataforma Única de Recepción Documental del Estado Peruano), 47 (Recepción de documentos en original y/o copia vía canal digital), 55 (Buzón de notificaciones) y 59 (Notificación digital) del mencionado reglamento. Entre otros puntos, por ejemplo, se establece que la recepción de los escritos, solicitudes y documentos electrónicos a través de la Mesa Digital Perú se sujeta a las siguientes reglas:

a) Desde las 00:00 horas hasta el término del horario de atención de la entidad de un día hábil, se consideran recibidos el mismo día.b) Después del horario de atención de la entidad hasta las 23:59 horas, se consideran recibidos el día hábil siguiente.c) Los sábados, domingos, feriados o cualquier otro día inhábil, se consideran recibidos al primer día hábil siguiente. [PCM, D. S. 075-2023-PCM, 20/06/2023]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Decreto supremo que modifica el Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1412 Decreto legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital y establece disposiciones sobre las condiciones requisitos y uso de las tecnologías y medios electrónicos en el procedimiento administrativo aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 029-2021-PCM

Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.° 17311.

Entidad: Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: modifica el Decreto Supremo N.° 029-2021-PCM.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: desde el 21 de junio del 2023.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Decreto Supremo N.° 029-2021-PCM, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1412, Decreto legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, y establece disposiciones sobre las condiciones, requisitos y uso de las tecnologías y medios electrónicos en el procedimiento administrativo.

Información relacionada:

+ Menos papel, más internet | La Presidencia del Consejo de Ministros oficializa el Reglamento de la Ley de Gobierno Digital. [PCM, D. S. 029-2021-PCM, 19/02/2021]

0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.