Los intereses pagados a una empresa no domiciliada se gravan con el IGV
/0 Comentarios/en Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesLos ingresos por intereses en suspenso se consideran devengados siempre que sea probable que ingresen a la esfera patrimonial del contribuyente
/0 Comentarios/en Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesDesde el 1 al 31 de mayo del 2023, descuento del 80 % en multas administrativas en Lince
/0 Comentarios/en Gestión pública, Gobierno, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesLa Municipalidad Distrital de Lince (MDL) fija los beneficios no tributarios de carácter temporal a favor de sus administrados, toma en cuenta, para ello, el estado de emergencia sanitaria por la COVID-19 y el estado de emergencia declarado en diversos distritos de la provincia y departamento de Lima como consecuencia de las intensas precipitaciones pluviales. Leer más
Sunat establece el procedimiento de devolución del IGV a los turistas y señala la fecha de operatividad del primer puesto de control habilitado
/0 Comentarios/en Gestión pública, Gobierno, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesPara fines de la deducción de pérdidas extraordinarias, la inutilidad de ejercer acción judicial la declara el fiscal
/0 Comentarios/en Construcción, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesLa interpretación correcta del artículo 37 del inciso d) del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, que regula los gastos deducibles por pérdidas extraordinarias, según la Corte Suprema (CS), consiste en que, para demostrar la inutilidad de ejercer la acción judicial, la prueba principal lo constituye la declaración de inutilidad efectuada por el fiscal como titular de la acción penal por mandato constitucional. Leer más
La Ley del Impuesto a la Renta no establece una depreciación diferenciada para los componentes de los edificios
/0 Comentarios/en Construcción, Corte Suprema, Derecho, Destacado, Gestión pública, Gobierno, Judicial, Jurisprudencia y doctrina, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesLa demandante de este caso, al realizar una depreciación diferenciada de su inmueble, consideró que determinados activos (escaleras eléctricas, ascensores, puertas levadizas, sistemas de iluminación, entre otros) calificaban como «otros bienes del activo fijo» y debían ser depreciados con la tasa del 10 % y no la del 5 % correspondiente a «edificios y construcciones». Leer más
La deducción del gasto por desmedro de existencias | Vulnera la reserva de ley el requisito de comunicar a la Sunat antes de destruir los bienes frente al notario
/0 Comentarios/en Construcción, Corte Suprema, Derecho, Judicial, Jurisprudencia y doctrina, Minería, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesGeneran crédito fiscal al 100 % todas las adquisiciones destinadas a la construcción del inmueble cuya primera venta estará gravada con el IGV
/0 Comentarios/en Construcción, Jurisprudencia y doctrina, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesTribunal Fiscal | IGV. Sobre el uso del crédito fiscal del Impuesto General a las Ventas (IGV), de la revisión del Registro de Compras de la recurrente dedicada a la actividad de la construcción, el Tribunal Fiscal (TF) señala que las compras de cemento, pintura, clavos, bisagras, entre otros, se destinaron a operaciones gravadas, pues sirvieron para edificar los departamentos que posteriormente fueron vendidos, operación que está gravada con el IGV, conforme con lo señalado en el inciso d) del artículo 1° de la Ley del IGV, por lo que correspondía el uso del 100 % del crédito fiscal de tales adquisiciones, de acuerdo con lo establecido en el numeral 6.1 del artículo 6° del Reglamento de la Ley del IGV. Leer más
Las exoneraciones del Impuesto a la Renta van hasta el 2026
/0 Comentarios/en Derecho, Gestión pública, Gobierno, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesEn uso de las facultades delegadas por el Congreso mediante la Ley N.° 31696, el Poder Ejecutivo (PE) modifica el encabezado del artículo 19 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 179-2004-EF, a fin prorrogar la vigencia de las exoneraciones que menciona hasta el 31 de diciembre del 2026. La norma entrará en vigencia el 1 de enero del 2024. [PE, D. Leg. 1549, 22/04/2023] Leer más
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