El nuevo ROF de la Municipalidad Distrital de San Borja

El viernes 30 de junio del 2023 se oficializó la ordenanza que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Borja (MSB), que consta de dos títulos, siete capítulos, cien artículos. También, se estableció la estructura orgánica de la comuna y el nuevo organigrama estructural, contenido en el Anexo N.° 02. Además, se deroga expresamente la Ordenanza N.° 621-2019-MSB, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la estructura orgánica de la Municipalidad Distrital de San Borja. [MSB, Ord. 702-2023-MSB, 30/06/2023] Leer más

Desde el 1 de julio hasta el 31 de diciembre del 2023 | Sunat no sancionará a contribuyentes que no cumplan con colocar el RUC en avisos publicitarios

En fecha pasada, mediante Decreto Legislativo N.° 1524, se modificó el segundo párrafo del artículo 3° del Decreto Legislativo N.° 943, Ley del Registro Único de Contribuyentes, para disponer que el número de RUC sea consignado en toda documentación que oferte bienes y/o servicios, incluidos aquellos casos en que la oferta se realice a través de plataformas digitales de comercio electrónico, redes sociales, páginas web, correos publicitarios, aplicaciones móviles, entre otros. El número de RUC debe figurar acompañado del nombre o denominación o razón social del sujeto publicitado. El decreto también incorporó el numeral 9 al artículo 173 del Código Tributario y, con ello, tipificó como infracción «No consignar el número de RUC en la documentación mediante la cual se oferte bienes y/o servicios conforme a lo que la normativa tributaria establezca» (sic). Esta infracción se castiga con un porcentaje de la UIT o de los ingresos brutos, de acuerdo con lo establecido en las tablas de infracciones y sanciones I, II y III del citado código. Todo esto entrará en vigencia desde el 1 de julio del 2023. Leer más

El informe final demostraría la efectiva prestación del servicio de estudio y evaluación comercial que contrató una inmobiliaria

Tribunal Fiscal | Impuesto a la Renta. Según el contrato de prestación de servicios suscrito por una empresa inmobiliaria con su proveedor, este se obligaba a realizar un estudio y la evaluación comercial del flujo de ventas, procedimientos comerciales, marketing y publicidad de los proyectos que tenía la usuaria (recurrente), ello con la finalidad de presentar un informe comercial, según todos los requerimientos y necesidades establecidos en el contrato; no obstante, la recurrente no presentó el citado informe comercial con el que se sustentaría la prestación realizada; por lo que, según el Tribunal Fiscal (TF), dicho contrato únicamente demostraría la obligación contraída por la prestadora, pero no su ejecución, y no se acredita la prestación del mencionado servicio. Sobre los recibos por honorarios emitidos por la prestadora, conforme con los criterios establecidos en las RTF 01145-1-2005 y 01807-4-2004, el tribunal recuerda que no basta con sustentar que se cuenta con tales comprobantes de pago, se necesita que la recurrente acredite con documentación adicional la realidad de la operación observada. En cuanto a los cheques con la cláusula no negociable, si bien evidencian el abono a favor del proveedor, tales documentos no acreditarían la fehaciencia de la operación acotada. Leer más

Hasta fin de año, Sunat no sancionará determinadas infracciones relacionadas con la emisión de guías de remisión

Como las modificaciones introducidas por la Resolución de Superintendencia N.° 000123-2022/Sunat conllevan la necesidad de implementar una serie de adecuaciones por parte de los contribuyentes para alinearse con los cambios realizados en los Sistemas de Emisión Electrónica (SEE); así como, con los nuevos requisitos establecidos para las guías de remisión emitidas en formatos impresos o importados por imprenta autorizada, se emitió la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.° 000052-2022-Sunat/700000, que aprobó la facultad discrecional para no sancionar administrativamente las infracciones tipificadas en los numerales 5 y 9 del artículo 174 del Código Tributario detectadas desde el primero de enero del 2023 hasta el 30 de junio del 2023, relacionadas con la emisión de las Guías de Remisión Electrónica (GRE) y de las guías de remisión en formatos impresos o importados por imprenta autorizada, en los supuestos que señala su Anexo I. Además, se dispuso que, ante las infracciones detectadas, la Sunat levante las actas preventivas, aun cuando se incurra en dicho incumplimiento en más de una oportunidad. Leer más

El inicio del cómputo del plazo de prescripción de la acción de la Sunat para cobrar deudas tributarias se reguló en forma separada a partir del 28 de setiembre del 2012

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El Decreto Legislativo N.° 1113, publicado el 05 de julio del 2012, vigente a los sesenta días siguientes a dicha fecha; es decir, desde el 28 de setiembre del 2012, incorporó el numeral 7 al artículo 44 del TUO del Código Tributario, y a partir de ello se estableció una norma expresa que contiene la regla sobre el inicio del plazo de prescripción de la acción de la administración tributaria para cobrar la deuda tributaria. Leer más

El «Reglamento para el acogimiento al régimen de fraccionamiento de deudas tributarias y no tributarias» en el Callao

La Municipalidad Provincial del Callao (MPC) oficializó el «Reglamento para el acogimiento al régimen de fraccionamiento de deudas tributarias y no tributarias», que establece los procedimientos, requisitos y condiciones para el otorgamiento de fraccionamiento de deudas tributarias y no tributarias que resulten exigibles por la comuna. Según precisa el artículo segundo de este decreto de alcaldía, la municipalidad busca brindar a los contribuyentes o administrados las facilidades necesarias para el cumplimiento del pago de las deudas tributarias y no tributarias vencidas en ejercicios anteriores a aquel en que se solicita, más las costas y los gastos generados, cuya acción de cobranza se encuentra en vía ordinaria o en cobranza coactiva, para este último caso, se necesitará el visto bueno del subgerente de Recaudación. Leer más

La CS recuerda que existía la obligación de abonar al fisco una suma equivalente a la retención al momento del registro contable del costo por una operación brindada por un no domiciliado

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La facultad de la Sunat para exigir el pago de la deuda tributaria solo se inicia cuando haya sido determinada y notificada

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De una interpretación sistemática de los artículos 43 (Plazos de prescripción), 44 (Cómputo de los plazos de prescripción), 45 (Interrupción de la prescripción) y 46 (Suspensión de la prescripción) del TUO del Código Tributario, la Corte Suprema (CS) concluye que la facultad de la administración tributaria para determinar la obligación tributaria y aplicar sanciones, así como para exigir el pago de estas, no acontece de forma simultánea, sino en dos momentos diferentes e identificables; por lo que el inicio del cómputo del plazo prescriptorio de ambas facultades se realiza de forma secuencial. Sobre el inicio del cómputo del plazo prescriptorio de la facultad de la administración para exigir el pago de la obligación tributaria, la Corte advierte que el inciso 7 del artículo 44 del Código Tributario establece que se aplica ante la determinación de tributos y la aplicación de sanciones que se hubieran dado después de la entrada en vigencia del Decreto Legislativo N.° 1113 (28 de setiembre del 2012), que reguló el inicio del cómputo del plazo de prescripción de la acción de cobro de forma separada. Leer más

La legalización tardía del Libro de Inventarios y Balances también sustenta la provisión de cobranza dudosa

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Las instituciones educativas particulares que generan utilidades están inafectas al ITAN

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La Corte Suprema (CS) advierte que, conforme con el artículo 19 de la Constitución Política del Perú, una institución educativa particular que genere utilidades solo se encuentra afecta al Impuesto a la Renta, y tal afectación no puede extenderse a otros impuestos directos o indirectos que afecten sus bienes, como sería el Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN). Leer más