Desconocer el origen de la mercancía es contrario al derecho comunitario andino

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Derecho comparado | Tribunal administrativo. La Sección Cuarta del Consejo de Estado de Colombia explicó que la descripción de la mercancía permite diferenciarla e individualizarla de otras de su misma clase o género, dependiendo del uso de la mercancía. En el caso bajo estudio, las declaraciones de importación señalan que la mercancía es para uso arquitectónico y que está destinada para la fabricación de ventanas, circunstancia que se demuestra con los demás productos importados descritos en las declaraciones que, a su vez, están relacionados en las listas de empaques, lo que hace que su clasificación no pueda determinarse únicamente por el producto o mercancía importada de forma individual, pues en este asunto su uso o destino es relevante para su clasificación. Leer más

Con seis modificaciones | Lima reconfigura los alcances de ordenanza que permite canjear deudas tributarias por inmuebles

La Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) modificó los artículos 1° (Finalidad), 2° (Ámbito de aplicación), 7° (Documentos que deberán presentarse), 9° (Evaluación de la solicitud), 10 (Valorización), 13 (Cuando el valor del bien o servicio sea menor o mayor a la deuda acogida) y 21 (Incorporación de los bienes) de la Ordenanza N.° 568 y modificatorias. Con estos cambios precisa que, si el pago es mediante un bien inmueble ubicado en el Centro Histórico de Lima y que tenga inscrita la carga de Patrimonio Cultural de la Nación, se deberá contar con la opinión favorable de la Gerencia de Planificación, Gestión y Recuperación del Centro Histórico de Lima (Prolima). No está permitido el pago mediante bienes sujetos a cargas o procesos judiciales o extrajudiciales que restrinjan su transferencia; de la misma forma, aquellos que cuenten con hipoteca inscrita. Leer más

Senasa modifica el plazo de cuarentena de ovinos procedentes del Uruguay

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La importación de jirafas de Estados Unidos de América deberá cumplir con requisitos sanitarios

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Más requisitos sanitarios para importar hemoderivados en polvo de bovino y/o porcino procedentes de Brasil

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No se quede sin plazo | Seis meses más para regularizar edificaciones sin licencia en Jesús María

Estando próxima a finalizar la vigencia de la Ordenanza N.° 700-2023-MDJM, que promueve la regularización de edificaciones ejecutadas sin licencia municipal en el distrito; la Municipalidad Distrital de Jesús María (MDJM) decide prorrogarla por el plazo de seis (06) meses adicionales. Se encarga el cumplimiento de este decreto de alcaldía a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Subgerencia de Obras Privadas y Planeamiento Urbano, Subgerencia de Control Urbano y Catastro, Gerencia de Fiscalización, Subgerencia de Operaciones y Control de Sanciones, Subgerencia de Recaudación Tributaria y Ejecutoría Coactiva, en lo que corresponde a sus funciones. La decisión de extender el plazo, según informa la Subgerencia de Obras Privadas y Planeamiento Urbano, se da pues se observa que, si bien diversos vecinos del distrito se han acogido a estas disposiciones y han podido efectuar el saneamiento de sus predios, en el marco de un planeamiento y desarrollo local optimo; sin embargo, aún se aprecia una potencial cantidad de vecinos que podrían regularizar sus edificaciones en virtud de la referida norma municipal. [MDJM, D. de Alc. 007-2024-MDJM, 24/05/2024] Leer más

Comas dicta un procedimiento para visar planos y viabilizar la dotación de servicios básicos

Con la dación de esta ordenanza, la Municipalidad Distrital de Comas (MDC) establece el procedimiento administrativo para la visación de planos de trazado y lotización, con el objeto de viabilizar la dotación de servicios básicos de las organizaciones sociales en posesión informal ubicadas en el distrito y debidamente reconocidas por la municipalidad y que, a la fecha de emisión de la presente ordenanza, carecieran del acceso a dichos servicios, en el marco de la Ley N.° 28687, Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotación del Servicios Básicos. La norma municipal comprende a las posesiones informales debidamente reconocidas en el Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) de la Municipalidad Distrital de Comas que se hubiesen constituido sobre terrenos de dominio privado del Estado hasta el 31 de diciembre del 2015, en concordancia con la Ley N.° 31056, Ley que amplía los plazos de la titulación de terrenos ocupados por posesiones informales y dicta medidas para la formalización. Compréndase en el ámbito de la propiedad estatal a la propiedad fiscal, municipal o cualquier otra denominación que pudiera dársele a la propiedad del Estado, incluyéndose aquellos que hayan sido afectados en uso a otras entidades, que a la fecha hayan perdido la condición del uso para el cual fueron destinados y se encuentran consolidadas con el uso de vivienda. El artículo cuarto de la ordenanza precisa la siguientes condiciones para acogerse a la presente ordenanza: Leer más

La tercería de propiedad se puede acreditar con otros documentos y no necesariamente con documentos privados de fecha cierta y/o documento público

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Un grupo de trabajo buscará los encadenamientos productivos en la zona de influencia del terminal portuario Chancay

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Con la finalidad de identificar y cuantificar las brechas de las empresas nacionales para incorporarse en los encadenamientos productivos de la industria naval y de la zona de influencia del proyecto; el Ejecutivo dispone la conformación del denominado «Grupo de trabajo para impulsar los encadenamientos productivos de la industria manufacturera en la industria naval en el Perú y en la zona de influencia del Proyecto Terminal Portuario Multipropósito de Chancay», dependiente del Ministerio de la Producción (Produce). Leer más

La facultad de reexamen sólo debe proceder en el caso de reparos impugnados

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