Los intereses de un préstamo no se deducen cuando los fondos se pagan con los dividendos
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Si bien la recurrente de este caso señaló que los prestamos obtenidos sirvieron para cubrir las cargas financieras por omisiones relacionadas con transferencias al exterior, tales préstamos se relacionan con el pago de dividendos, circunstancia que evidenciaría que no es deducible para efectos de la determinación del Impuesto a la Renta del ejercicio acotado, de acuerdo con el inciso a) del artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta. Leer más
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