¿Qué incluye un contrato inmobiliario? | El contenido de la publicidad de la Inmobiliaria está integrado al contrato de compraventa suscrito
Sentencia del Indecopi | Segunda Instancia. El desarrollo de la Sala del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual (Indecopi) expresa que las constructoras no pueden generar en los consumidores la expectativa de que sus inmuebles presentan cierta característica, sea pactada en el contrato u ofrecida en la publicidad, y, cuando estos toman conocimiento de la falta de coincidencia entre lo ofrecido y la realidad, pretendan eximirse de responsabilidad. La publicidad cumple una labor informativa; por eso, una oferta responsable e inspirada en el principio de buena fe en las contrataciones debe llevar a un consumidor a confiar en lo que se le dice y no generar costos adicionales.








