¿Qué incluye un contrato inmobiliario? | El contenido de la publicidad de la Inmobiliaria está integrado al contrato de compraventa suscrito

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Sentencia del Indecopi | Segunda Instancia. El desarrollo de la Sala del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual (Indecopi) expresa que las constructoras no pueden generar en los consumidores la expectativa de que sus inmuebles presentan cierta característica, sea pactada en el contrato u ofrecida en la publicidad, y, cuando estos toman conocimiento de la falta de coincidencia entre lo ofrecido y la realidad, pretendan eximirse de responsabilidad. La publicidad cumple una labor informativa; por eso, una oferta responsable e inspirada en el principio de buena fe en las contrataciones debe llevar a un consumidor a confiar en lo que se le dice y no generar costos adicionales.

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Es posible inscribir la independización de un predio, incluso si este no tiene acceso a la vía pública

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Tribunal Registral | Propiedad Inmueble. En efecto, para el Tribunal Registral «procede la independización de un predio incluso cuando no se pueda acceder a la vía pública, ya sea directamente o a través de un predio colindante, por cuanto este no constituye un requisito para la inscripción de dicho acto» (sic).

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Mucho más control externo que interno | Sunarp dicta una directiva para ejecutar el control de calidad de los pronunciamientos del Tribunal Registral

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En el marco del proceso del control de calidad y con la finalidad de fortalecer la garantía de trasparencia, independencia e imparcialidad en el análisis de las resoluciones del Tribunal Registral, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) dispone que tal proceso lo desarrolle un tercero ajeno a dicha instancia, a través de una comisión u órgano designado mediante resolución del superintendente.

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Informes

La enfermedad de los padres no es excusa | Una situación ajena a las partes que celebraron el contrato de compraventa del inmueble no justifica el incumplimiento del pago

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Sentencia del Indecopi | Segunda Instancia. En este caso, la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi, de la valoración conjunta de los medios probatorios, afirma que, «si bien ha quedado acreditado la delicada situación de salud en que se encontraban las madres de ambas personas que constituían la sociedad conyugal, lo cierto es que la sociedad conyugal no ha presentado medios probatorios que acrediten que existía la imposibilidad de dar cumplimiento a la prestación a la que estaba obligada, esto es a realizar el pago mensual de las cuotas para la adquisición del inmueble y por consiguiente solicitar la resolución del contrato de compraventa de bien futuro celebrado» (sic).

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El Tribunal Registral admite que es posible establecer la reserva de aires sobre aires

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Tribunal Registral | Propiedad Inmueble. En efecto, según el Tribunal Registral, el término «aires» no se encuentra definido en el Código Civil; sin embargo, de la interpretación conjunta de sus artículos 954 y 955 (la extensión del derecho de propiedad), es posible afirmar que los «aires» son el derecho o la facultad que se reconoce a una persona a fin de sobreelevar una edificación, es decir, construir plantas adicionales a las ya existentes o sobre el suelo de un terreno sin construir, sea que el dueño del terreno sea la misma persona u otra diferente.

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La venta de viviendas | ¿Una inmobiliaria debe informar a sus clientes sobre la inscripción de dos embargos en las partidas registrales del proyecto inmobiliario?

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Los actos expedidos por un notario ya cesado en el cargo no dan mérito a ningún tipo de inscripción: un precedente de la Sunarp

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La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) publicó en una Separata Especial del Diario Oficial «El Peruano», del 7 de febrero del 2021, el precedente de observancia obligatoria aprobado en sesión extraordinaria del Duocentésimo Trigésimo Sétimo Pleno del Tribunal Registral, modalidad virtual, realizada el día 26 de enero del 2021: «Los instrumentos públicos y actuaciones notariales efectuados o expedidos por el notario después de emitida la resolución del Colegio de Notarios conforme al artículo 21-A del D. Leg. 1049, no dan mérito a inscripción». Esta decisión se sustenta en la Resolución N.° 193-2021-Sunarp-TR-L, del 29 de enero del 2021. [Sunarp, R. 038-2021-Sunarp/PT, 7/02/2021]

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El plano oficial de una ciudad es data pública y su entrega no puede estar sujeta a requisitos distintos a los fijados por la ley de acceso a la información

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Tribunal Constitucional | Habeas data. El Tribunal Constitucional (TC) resolvió un caso donde un recurrente interpuso demanda de habeas data contra la Municipalidad Provincial de Cajamarca (MPC) mediante la cual solicita, en virtud de su derecho de acceso a la información pública, se le entregue lo siguiente:

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Todo agente inmobiliario debe informar si el área común del complejo donde está el bien en venta tiene una carga o una servidumbre de paso

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Sentencia del Indecopi | Segunda Instancia. Es jurisprudencia uniforme en la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi el criterio que establece que el proveedor debe brindar toda la información relevante para que el consumidor pueda tomar una adecuada decisión de consumo, como, por ejemplo, si el inmueble tiene cargas o gravámenes que impiden el pleno goce de sus derechos sobre el bien. En este caso, el vendedor fue sancionado porque no informó que en las áreas comunes del complejo habitacional donde se encontraba el departamento de los denunciantes se había constituido una servidumbre de paso. En efecto y en palabras exactas de la instancia administrativa, «es necesario analizar si la constitución de una servidumbre de paso en las áreas comunes del complejo habitacional donde quedaba ubicado al departamento adquirido por los denunciantes, debió ser informado a éstos en la medida que dicha información podría haber modificado las expectativas que tenían sobre las condiciones del bien que recibirían» (sic).

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Es imperativo que el reglamento interno regule la forma en la que se adoptan los acuerdos de la junta de propietarios

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Tribunal Registral | Propiedad Inmueble. Sobre la independización de unidades inmobiliarias sujetas a los regímenes establecidos en la Ley N.° 27157, el Tribunal Registral recuerda que se deben presentar los siguientes documentos: «a) Reglamento interno; b) Documento privado suscrito por el propietario del predio, con firma certificada, en el que se describa el área, linderos y medidas perimétricas de las secciones de dominio exclusivo y de los bienes comunes regulados por el reglamento interno; c) Plano de independización que grafique las unidades de dominio exclusivo y las zonas comunes, autorizado por profesional competente con firma certificada por notario».

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