A consulta pública | Virtual procedimiento general «Certificación del operador económico autorizado»
/0 Comentarios/en Comercio, Comercio exterior, Gestión pública, Gobierno, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesSe impulsa el cumplimiento de obligaciones | Independencia publica el reglamento Sorteo Vecino Puntual y Exclusivo
/0 Comentarios/en Comercio, Construcción, Gestión pública, Gobierno, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesSe aprobó el Reglamento del sorteo para los vecinos puntuales y exclusivos de la Municipalidad Distrital de Independencia (Sorteo Vecino Puntual y Exclusivo), conforme con la Ordenanza N.° D000496-2025-AL-MDI, que aprueba el Programa de Incentivos «Vecino Puntual y Exclusivo» en el distrito. La norma consta de dieciséis (16) artículos y dos (02) disposiciones finales, y entre sus disposiciones conforma la comisión organizadora del sorteo, que estará integrada por los funcionarios de las unidades orgánicas. El cumplimiento del presente decreto estará a cargo de la Gerencia Municipal, Oficina General de Administración y Finanzas, Gerencia de Servicio de Administración Tributaria, Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Servicios Generales y la Sub Gerencia Registro y Recaudación. [MDI, D. de Alc. D000010-2025-AL-MDI, 21/06/2025] Leer más
Quince días | Vivienda somete a consulta pública su proyecto para modificar el reglamento de la ley del sistema de bienes estatales
/0 Comentarios/en Construcción, Gestión pública, Gobierno /por Unidad Editorial Lex SolucionesSe dispuso la publicación del proyecto de decreto supremo que modificaría el Reglamento de la Ley N.° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo N.° 008-2021-Vivienda, y de la correspondiente exposición de motivos, en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda) y en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (www.gob.pe/sbn), a efectos de recibir los comentarios, aportes u opiniones de la ciudadanía dentro del plazo de quince días calendario contados desde el día siguiente de su publicación. La norma encarga a la Subdirección de Normas y Capacitación de la Dirección de Normas y Registro de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN) la recepción, sistematización y análisis de los comentarios, aportes u opiniones que se presenten sobre el proyecto normativo señalado, las que, además, se podrán recibir a través de la Mesa de Partes presencial de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, ubicada en calle Chinchón N.° 890 – San Isidro, Lima, o a través de su Mesa de Partes Virtual (mpv.sbn.gob.pe), en coordinación con la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS). [MVCS, R. M. 159-2025-Vivienda, 20/06/2025] Leer más
251 000 toneladas | Segunda temporada de pesca de recurso anchoveta en la Zona Sur del Perú
/0 Comentarios/en Comercio, Comercio exterior, Gestión pública, Gobierno /por Unidad Editorial Lex SolucionesA consulta pública | Sunat plantea incorporar nuevos supuestos de obligación de inscripción en el RUC
/0 Comentarios/en Comercio, Comercio exterior, Gestión pública, Gobierno, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesTodo en una ordenanza | Pachacámac regula la emisión del Certificado de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios
/0 Comentarios/en Construcción, Gestión pública, Gobierno, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesEdición Extraordinaria. Con esta ordenanza la Municipalidad Distrital de Pachacámac (MDP) regula los procedimientos: 1) Certificado de Jurisdicción, 2) Certificado de Nomenclatura Vial, 3) Certificado Negativo Catastral y 4) Certificado de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios. La norma municipal es de cumplimiento obligatorio para todas las personas naturales y jurídicas que requieran la obtención de los certificados en mención. Así, por ejemplo, según regula el artículo 5°, son requisitos y procedimiento para obtener Certificado de Jurisdicción los siguientes:
«5.1 Para obtener el Certificado de Jurisdicción el administrado deberá presentar, ante la Oficina de Atención al Ciudadano, Gestión Documental y Archivo, los siguientes documentos: Leer más
Condiciones e impedimentos | Lineamientos para ejecutar el Programa Techo Propio en Villa El Salvador
/0 Comentarios/en Construcción, Gestión pública, Gobierno /por Unidad Editorial Lex SolucionesEl día de hoy, 18 de junio del 2025, se publicó el «Reglamento que establece los lineamientos y normas complementarias del Programa Techo Propio Villa El Salvador del distrito de Villa El Salvador», creado a través de la Ordenanza N.° 524-MVES. El documento consta de treinta y uno (31) artículos, cuatro (04) disposiciones complementarias y un (01) anexo. Según el artículo 5° del reglamento, son requisitos para el registro de postulación en condición de propietario los siguientes: Leer más
Cartilla actualizada «Factura comercial en la determinación del valor en aduana de las mercancías importadas»
/0 Comentarios/en Comercio, Comercio exterior, Gestión pública, Gobierno, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesDos cambios a la norma | Toda habilitación urbana o edificación deberá contar con infraestructura de drenaje pluvial
/0 Comentarios/en Ambiente, Construcción, Gestión pública, Gobierno /por Unidad Editorial Lex SolucionesSe oficializa la ley que modifica los artículos 5° (Obligatoriedad del drenaje pluvial) y 8° (Operación y mantenimiento de la infraestructura de drenaje pluvial) del Decreto Legislativo N.° 1356, Decreto legislativo que aprueba la Ley General de Drenaje Pluvial. Según los cambios, toda habilitación urbana o edificación, conforme a la norma técnica contenida en el Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE), debe contar obligatoriamente con infraestructura de drenaje pluvial acorde con los planes de desarrollo con enfoque de gestión de riesgo de desastres que existan en la jurisdicción y con capacidad suficiente para asegurar la recolección, el transporte, el almacenamiento y la evacuación de las aguas pluviales, a fin de prevenir inundaciones y daños. Los proyectos de inversión pública, cuando corresponda, considerarán para su viabilidad el sistema de drenaje pluvial desde la fase de preinversión. Además, en las zonas urbanas consolidadas, habilitaciones urbanas ejecutadas, reurbanización y habilitaciones urbanas de oficio comprendidas en la Ley N.° 29090, Ley de regulación de habilitaciones urbanas y de edificaciones, la implementación de la infraestructura de drenaje pluvial se realiza de manera progresiva, de acuerdo con el Plan Integral de Drenaje Pluvial que aprueba la municipalidad provincial en coordinación con las municipalidades distritales involucradas y con la asistencia técnica del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), priorizando los proyectos según el análisis de gestión de riesgo de desastres. Leer más
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