Cambios en la ordenanza que regula los cercos y tapiados | El Callao mejora el desarrollo armónico y estético del ornato público
La Ordenanza Municipal N.° 000010, del 24 de febrero del 2007, aprobó el Régimen de Aplicación de Sanciones (RAS) de la Municipalidad Provincial del Callao (MPC), en cuyo Anexo 3, se aprobó el Cuadro de Infracciones y Sanciones (CUIS) y los numerales 01-009 y 01-030 que establecen las infracciones «Por no cercar terrenos sin construir o cercarlos con material precario o no estipulado en el Reglamento Nacional de Edificaciones» y «Por no tapiar o cercar construcciones en estado de abandono», respectivamente. Ahora, la comuna busca, con mayor énfasis, promover que los propietarios, personas naturales, jurídicas, entidades privadas y públicas y otros, cumplan con mejorar el desarrollo armónico, estético del ornato público, mediante la conservación, mantenimiento y operatividad de los inmuebles ubicados dentro de la jurisdicción. Desde el punto de vista legal, se modifican los numerales 2, 3, 4, 5 y 6 de la Ordenanza Municipal N.° 000026-2004. Entre los cambios, se establece que, por ejemplo, «los terrenos sin construir o aquellos inmuebles que cuenten con construcciones inconclusas deben ser cercados o tapiados por sus propietarios o de sus respectivos encargados, de acuerdo a los siguientes parámetros: Leer más










