El Minam modifica las disposiciones complementarias para la aplicación de medidas tributarias establecidas en la Ley 30230

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El decreto supremo aprobado por el Ministerio del Ambiente (Minam) modifica los artículos 5° (Identificación de los proyectos cuyos EIA-d o MEIA-d se evalúan bajo el Esquema de articulación), 6° (Implementación del Esquema de articulación) y 7° (Informe consolidado de observaciones) e incorpora el artículo 13 (Sobre el levantamiento de información de línea base biológica) a las «Disposiciones complementarias para la aplicación de lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley N.° 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país, y establece otras disposiciones», aprobadas por el Decreto Supremo N.° 013-2023-Minam, así como regular aspectos relacionados con el levantamiento de información de línea base para los Estudios de Impacto Ambiental. Leer más

Gobierno amplía la aplicación de las disposiciones sobre licencias de habilitación urbana o de edificación

En el marco de la delegación de facultades otorgadas por la Ley N.° 32089, el Poder Ejecutivo (PE) aprobó el decreto legislativo que modifica los artículos 3° (Disposiciones especiales sobre licencias de habilitación urbana o de edificación), 4° (Elaboración de estudios ambientales para proyectos de inversión pública) y 5° (Metodologías específicas aplicables a las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones) del Decreto Legislativo N.° 1553, Decreto legislativo que establece medidas en materia de inversión pública y de contratación pública que coadyuven al impulso de la reactivación económica, a fin de ampliar los plazos previstos en los referidos artículos. En este sentido, se amplía hasta el 31 de diciembre del 2026 lo dispuesto en los artículos 3° y 4°, que regulan disposiciones especiales sobre licencias de habilitación urbana o de edificación y elaboración de estudios ambientales para proyectos de inversión pública, respectivamente. Asimismo, posterga hasta el 31 de agosto del 2025 lo dispuesto en el artículo 5°, que regula las metodologías específicas aplicables a las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. [PE, D. Leg. 1622, 27/07/2024] Leer más

Uniformidad en los trámites | Barranco adapta 42 procedimientos sobre habilitación urbana y licencias de edificación

Mediante el Decreto de Alcaldía N.° 015-2024-MDB se modifica cuarenta y dos (42) procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Barranco (MDB), aprobados mediante la Ordenanza N.° 620-2023-MDB, ratificado con el Acuerdo de Concejo N.° 619-2023-MML, y modificado mediante el Decreto de Alcaldía N.° 010-2024-MDB, así como sus derechos de tramitación, adecuándolos a los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad estandarizados de la Licencia de Habilitación Urbana y las Licencias de Edificación, aprobados mediante el Decreto Supremo N.° 146-2023-PCM. [MDB, D. de Alc. 015-2024-MDB, 26/07/2024] Leer más

Un año y tres años más | Nuevo plazo excepcional para presentar la solicitud de acogimiento al Plan Ambiental Detallado

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El Ministerio de Energía y Minas (Minem) aprobó el decreto supremo que establece las disposiciones complementarias para la presentación del Plan Ambiental Detallado regulado a través de la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N.° 023-2018-EM y el Plan de Abandono regulado a través de la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del decreto supremo ya citado, que modificó el Reglamento para la protección ambiental en las actividades de hidrocarburos, aprobado a su vez por el Decreto Supremo N.° 039-2014-EM. Leer más

A consulta pública por diez días el futuro reglamento de la ley de gestión de sustancias químicas

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Edición Extraordinaria: Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental de la Autoridad Portuaria Nacional

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Si la inmobiliaria tarda en las respuestas, es viable el desistimiento de compra de un departamento fuera del plazo pactado

Indecopi | Protección al consumidor. El denunciante alegó que la inmobiliaria retuvo injustificadamente el importe que canceló por el bien inmueble materia de denuncia, pues su desistimiento fue en atención a causas atribuibles a ella. La Comisión, en primera instancia, declaró fundada la denuncia interpuesta contra la inmobiliaria, al considerar que quedó probada tal retención. La decisión se sustentó en el artículo 1362 del Código Civil, que autoriza al denunciante a negociar el contrato definitivo con la inmobiliaria; no obstante, esta no accedió a tal circunstancia; por ello, el desistimiento extemporáneo era imputable a la recurrente. Leer más

Nuevos requisitos sanitarios para importar huevos fértiles de gallina de origen y procedencia del Brasil

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Oficializados los planes operativos institucionales de Vivienda 2023-2024

Con dos diferentes resoluciones, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) oficializó tanto su Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2023 Modificado – Versión 2 y su Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2024 Modificado – Versión 1 del Pliego 037, respectivamente. Para ambos planes, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a través de la Oficina de Planeamiento y Modernización, desarrollará el seguimiento y evaluación de la ejecución de los respectivos planes. [MVCS, R. 033-2024-Vivienda-SG, R. 061-2024-Vivienda-SG, 21/07/2024] Leer más

Lima castigará la falta muy grave de ejecución de obras en vías públicas sin contar con la autorización respectiva

Con la modificación de los códigos de infracción del Anexo I de la Ordenanza N.° 1680, que reglamenta la interferencia de vías en la provincia de Lima, la comuna limeña sancionará con el 1 % del valor de la obra o proyecto la falta muy grave de ejecución de obras en vías públicas sin contar con la autorización municipal de interferencia de vías, encontrándose o no en trámite la solicitud de autorización, y que merecerá la medida provisional de paralización. El incumplir con el plazo autorizado en la resolución de interferencia de vías emitido por la autoridad municipal es una falta muy grave que también tiene como medida provisional la paralización y una sanción del 1 % del valor de la obra o proyecto. [MML, Ord. 2642, 21/07/2024] Leer más