Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana 2020 de la Municipalidad del Callao

El Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana 2020, validado por el Comité Provincial de Seguridad Ciudadana de la Provincia del Callao permitirá analizar apropiadamente si las actividades realizadas darán como resultado la disminución de los diferentes factores que generan inseguridad, así como el índice delincuencial o, en su defecto, reajustar las acciones para este fin. El documento mencionado se publica en el portal de la Municipalidad Provincial del Callao www.municallao.gob.pe. [MPC, Ord. Mun. 011-2020, 14/10/2020]

Ficha:
Vigencia: 15/10/2020.
Modificaciones y derogaciones: ninguna.

San Miguel: vecinos puntuales en el pago de sus deudas tributarias accederán a una serie de beneficios

El programa de incentivos «Vecino Puntual Sanmiguelino» otorga los siguientes beneficios para los contribuyentes que tengan la calidad de personas naturales y sean propietarias de, por lo menos, un predio cuyo uso esté destinado a casa habitación. Ellos no deben registrar en su cuenta corriente ninguna deuda tributaria pendiente de pago:

1) Acceso a descuentos en arbitrios municipales por pronto pago, cuyos porcentajes y condiciones se establecen anualmente mediante ordenanza.

2) Accederán a un beneficio adicional en el pronto pago en caso hubiesen efectuado el pago anual de sus tributos hasta el último día hábil del mes de febrero del ejercicio anterior.

3) Accederán a descuentos y promociones en todos los establecimientos afiliados al programa.

4) Accederán a un 10% de descuento en todos los servicios no exclusivos prestados por la municipalidad y aprobados en el TUSNE.

5) Accederán a un 10% de descuento en los policlínicos con los cuales la municipalidad tenga convenio vigente.

6) Participarán en el sorteo que programe la municipalidad, de acuerdo con el procedimiento que se establecerá para tal fin.

7) Tendrán atención preferencial en la Plataforma de Administración Tributaria de la municipalidad.

8) Otros beneficios que se incorporen.

La Gerencia de Administración Tributaria y Fiscalización con el apoyo de la Gerencia de Tecnologías de Información y Comunicaciones actualizará mensualmente el padrón de los contribuyentes que han obtenido la condición de vecinos puntuales, el que publicará en el link «vecino puntual» al que podrá acceder el establecimiento para la verificación del beneficiario a través de una clave y usuario que le proporcionará la municipalidad. La lista podrá ser remitida al correo cada fin de mes y contendrá únicamente el DNI y nombre completo de los contribuyentes puntuales. [MDSM, Ord. 418/MDSM, 14/10/2020]

Ficha:
Vigencia: 15/10/2020.
Modificaciones y derogaciones: ninguna.

laboratorio

Colegios públicos podrán ser empleados como centros de aislamiento para pacientes sospechosos y con diagnóstico positivo de COVID-19

El Gobierno Regional de Lima establece que las instituciones educativas públicas de educación básica regular, dentro su ámbito geográfico deben encontrarse a disposición para ser utilizadas como: a) centros de aislamiento para pacientes sospechosos y con diagnóstico positivo de la COVID-19, de modo temporal y mientras dure la emergencia sanitaria nacional y b) alojamiento temporal para ciudadanos que se encuentren en traslado a su lugar de origen como consecuencia de la emergencia sanitaria nacional. Para este fin, faculta al gobernador regional de Lima para que efectúe las acciones y procedimientos pertinentes que permitan viabilizar y ejecutar lo dispuesto en la presente ordenanza, según corresponda, con el carácter de muy urgente, teniendo en cuenta, además, las guías o directivas emanadas por el Ministerio de Educación para tal efecto. [GRL, Ord. Reg. 04-2020-CR/GRL, 14/10/2020]

Ficha:
Vigencia: 15/10/2020.
Modificaciones y derogaciones: ninguna.

Gobierno Regional de Lima aprueba su «Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2020»

El Gobierno Regional de Lima aprueba su «Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2020», validado por el Comité Regional de Seguridad Ciudadana (Coresec) y declarado apto para su implementación por la Dirección General de Seguridad Ciudadana y la Gerencia General Regional. La Secretaría Técnica del Coresec adoptará los procedimientos y operaciones para implementarlo y ejecutarlo e informará trimestralmente al pleno del Consejo Regional de Lima, sobre las acciones realizadas para el logro de este fin. [GRL, Ord. Reg. 05-2020-CR/GRL, 14/10/2020]

Ficha:
Vigencia: 15/10/2020.
Modificaciones y derogaciones: ninguna.

Municipalidad de San Isidro y la PNP realizan operativos de fiscalización a vehículos motorizados

En un trabajo conjunto con la Policía Nacional del Perú (PNP), la Municipalidad Distrital de San Isidro realizó un operativo inopinado para supervisar que todos los operadores del servicio de delivery en vehículos motorizados cumplan con las medidas de salubridad necesarias contra el COVID-19 durante el traslado de los alimentos. El operativo se desarrolló en la cuadra 32 de la avenida Petit Thouars. Por otro lado, los biólogos de la comuna sanisidrina verificaron los protocolos sanitarios durante el traslado de la comida y que ésta esté bien sellada. Se supervisó, además, que los trabajadores de delivery cuenten con el equipo de protección personal (EPP) como mascarilla y alcohol gel para la desinfección constante. La sanción impuesta por la municipalidad para los negocios que incumplan estas medidas es el decomiso de sus productos y multas equivalentes al 50 y 60 por ciento de una UIT. La municipalidad continuará con los operativos inopinados para velar por la salud pública de los ciudadanos. [MSI, Noticia – MSI (operativo delivery), 13/10/2020]

Ficha:
Vigencia: 13/10/2020.
Modificaciones y derogaciones: ninguna.

Surco aprueba su «Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2020»

La Municipalidad Distrital de Santiago de Surco aprueba el «Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2020», validado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (Codisec) y encarga a la Gerencia de Tecnología de las Información que publique la ordenanza y el anexo en su portal institucional, conforme con el artículo 15 de la Directiva N° 001-2010-PCM/SGP, aprobada mediante la Resolución Ministerial N° 200-2010-PCM. [MDSS. Ord. 629-MSS, 13/10/2020]

Ficha:
Vigencia: 14/10/2020.
Modificaciones y derogaciones: ninguna.

Santa Anita extiende hasta el 31 de octubre el plazo para acogerse a los beneficios del «Paga Fácil 2020»

Hasta el 31 de octubre del 2020 se prorroga el plazo para que los vecinos de Santa Anita puedan acogerse a los beneficios tributarios y administrativos de la Ordenanza N° 000282/MDSA publicada en el Diario Oficial «El Peruano» el 1 de abril del 2020, norma que apruebó el programa de beneficios «Paga Fácil 2020». [MDSA, D. de Alc. 000013-2020/MDSA, 8/10/2020]

Ficha:
Vigencia: 9/10/2020.
Modificaciones y derogaciones: ninguna.
Información relacionada: notiLEX 0721.

San Borja modifica su TUSNE

La Municipalidad Distrital de San Borja modifica el Cuadro del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE), aprobado con Resolución de Alcaldía N° 236-2019-MSB-A para considerar los servicios a cargo de la Unidad de Determinantes de la Salud y Gestión de Servicios y de la Gerencia de Salud Pública. Esta norma deja sin efecto la Resolución de Alcaldía N° 333-2019-MSB-A de fecha 25 de noviembre del 2019 y la Resolución de Alcaldía N° 019-2020-MSB-A de fecha 20 de enero del 2020. Los cambios se publican en el Portal de Transparencia Institucional www.munisanborja.gob.pe. [MSB, R. de Alc. 202-2020-MSB-A, 8/10/2020]

Ficha:
Vigencia: 9/10/2020.
Modificaciones y derogaciones: deroga la Resolución de Alcaldía N° 333-2019-MSB-A y Resolución de Alcaldía N° 019-2020-MSB-A.
Información relacionada: notiLEX 0545, notiLEX 0642notiLEX 0674.

Hasta el 31 de octubre vecinos de Ate podrán acceder a beneficios tributarios y no tributarios

La Municipalidad Distrital de Ate establece beneficios tributarios y no tributarios dentro de su jurisdicción, para aquellas personas naturales o jurídicas que mantengan obligaciones pendientes de cancelación, inclusive si están en la vía ordinaria, coactiva o fraccionada. El beneficio alcanza a las obligaciones correspondientes a los años 1999 al 2020, obligación vencida de acuerdo con su periodicidad y exigibilidad, de ser el caso, por concepto de Impuesto Predial, Impuesto a los Espectáculos Públicos No Deportivos, Impuesto a los Juegos, arbitrios de limpieza pública, barrido de calles y recojo de residuos sólidos, arbitrios de parques y jardines y arbitrios de serenazgo y las multas.
Entre otros, los beneficios son:
A) Pago al contado:

1) De las deudas tributarias en general: condonación del 100% de los intereses moratorios, reajustes de las deudas originadas por los conceptos comprendidos en el artículo anterior; Así como la condonación del 100% de las costas y gastos que contengan deuda en estado coactivo.

2) Arbitrios municipales: solo periodo 2020

2.1.- Descuento del 20% del insoluto de los arbitrios municipales 2020; si cancelan la totalidad del Impuesto Predial 2020.

2.2.- Descuento del 15% del insoluto de los arbitrios municipales 2020; si cancela una de las cuotas 1ra, 2da ó 3ra cuota del Impuesto Predial 2020.

3) De los arbitrios municipales: periodo 1999 hasta 2019

Los arbitrios municipales tendrán una condonación de un porcentaje del monto insoluto por cada año; si cancelan la totalidad del Impuesto Predial del año a cancelar, según el cuadro que se publica en la presente ordenanza.

4) De las multas tributarias:

4.1.- Si la multa tributaria no supera 1 UIT del año en que se impuso, los contribuyentes pagarán la suma de S/ 5.00 soles; condonándose el monto restante.

4.2.- Si, la multa tributaria supera 1 UIT del año en que se impuso, los contribuyentes pagarán la suma de S/ 100.00 soles; condonándose el monto restante.

5) Predios fiscalizados: se contemplad en los beneficios establecidos en la presente ordenanza, las deudas generadas o que se generen como resultado de los procesos de fiscalización tributaria. La presente ordenanza estará vigente hasta el 31 de octubre. [MDSL, Ord. 540-MDA, 8/10/2020]

Ficha:
Vigencia: 9/10/2020.
Modificaciones y derogaciones: ninguna.

SAT de Lima amplía vigencia de beneficios tributarios y no tributarios hasta el 30 de noviembre

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) de Lima amplía la vigencia de los descuentos de entre 45% y 95% hasta el 30 de noviembre, para que los ciudadanos realicen los pagos vencidos de papeletas, multas, intereses y tributos. Mediante esta medida, publicada en el diario oficial, a través del Decreto de Alcaldía N° 14, los contribuyentes podrán acceder a diferentes facilidades en el pago de deudas tributarias y no tributarias, correspondientes al 2020 y años anteriores. Los abonos los podrán realizar al contado, en una sola cuota, y mediante cualquier medio de pago establecido por el SAT de Lima. También se podrán fraccionar, siempre que la primera cuota se cancele el día de la suscripción.

Beneficios no tributarios

La entidad recaudadora otorga descuentos de entre 65% y 85% a quienes cancelen al contado las sanciones impuestas por infracciones de tránsito, transporte de carga y vehículos menores, así como multas administrativas.

Sobre los pagos fraccionados, los ciudadanos podrán acceder a hasta un 70% de descuento, monto que se calculará de acuerdo con el año en que se generó la deuda, y que será válido únicamente para las sanciones impuestas hasta el 2019.

Las infracciones relacionadas con el transporte público se cancelan ante la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU).

Beneficios tributarios

En el pago al contado de tributos municipales, el SAT también descontará entre 45% y 95% sobre el interés moratorio de la deuda y cuando se trate de arbitrios municipales y multas tributarias, entre 5% y 45% sobre el saldo insoluto. Los contribuyentes que quieran fraccionar dichos pagos obtendrán hasta el 45% de rebaja según el monto a cancelar. También se descontará el 100% de los intereses respecto de los tributos vencidos durante este año y se otorgará un descuento adicional del 10% sobre el saldo insoluto de arbitrios municipales 2020 si el pago se realiza a través de canales virtuales o alternativos, dentro de los plazos respectivos. Asimismo, y para evitar que se desplacen hasta las oficinas del SAT, se ofrece un descuento adicional del 5% a quienes paguen a través de Internet, bancos o agentes autorizados. [MML, Noticia, 7/10/2020]

Ficha:
Vigencia: 7/10/2020.
Modificaciones y derogaciones: ninguna.