SAT de Lima amplía vigencia de beneficios tributarios y no tributarios hasta el 30 de noviembre
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) de Lima amplía la vigencia de los descuentos de entre 45% y 95% hasta el 30 de noviembre, para que los ciudadanos realicen los pagos vencidos de papeletas, multas, intereses y tributos. Mediante esta medida, publicada en el diario oficial, a través del Decreto de Alcaldía N° 14, los contribuyentes podrán acceder a diferentes facilidades en el pago de deudas tributarias y no tributarias, correspondientes al 2020 y años anteriores. Los abonos los podrán realizar al contado, en una sola cuota, y mediante cualquier medio de pago establecido por el SAT de Lima. También se podrán fraccionar, siempre que la primera cuota se cancele el día de la suscripción.
Beneficios no tributarios
La entidad recaudadora otorga descuentos de entre 65% y 85% a quienes cancelen al contado las sanciones impuestas por infracciones de tránsito, transporte de carga y vehículos menores, así como multas administrativas.
Sobre los pagos fraccionados, los ciudadanos podrán acceder a hasta un 70% de descuento, monto que se calculará de acuerdo con el año en que se generó la deuda, y que será válido únicamente para las sanciones impuestas hasta el 2019.
Las infracciones relacionadas con el transporte público se cancelan ante la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU).
Beneficios tributarios
En el pago al contado de tributos municipales, el SAT también descontará entre 45% y 95% sobre el interés moratorio de la deuda y cuando se trate de arbitrios municipales y multas tributarias, entre 5% y 45% sobre el saldo insoluto. Los contribuyentes que quieran fraccionar dichos pagos obtendrán hasta el 45% de rebaja según el monto a cancelar. También se descontará el 100% de los intereses respecto de los tributos vencidos durante este año y se otorgará un descuento adicional del 10% sobre el saldo insoluto de arbitrios municipales 2020 si el pago se realiza a través de canales virtuales o alternativos, dentro de los plazos respectivos. Asimismo, y para evitar que se desplacen hasta las oficinas del SAT, se ofrece un descuento adicional del 5% a quienes paguen a través de Internet, bancos o agentes autorizados. [MML, Noticia, 7/10/2020]
Ficha:
Vigencia: 7/10/2020.
Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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