El Inacal aprueba treinta normas técnicas sobre cementos y cales

El Instituto Nacional de Calidad (Inacal) aprobó treinta normas técnicas peruanas y dejó sin efecto veintitrés, referidas a cementos y cales. Entre las normas aprobadas figuran las siguientes: NTP 334.079:2023 Cementos. Masas de referencia y dispositivos para determinación de masa y volumen para uso en los ensayos físicos de cemento hidráulico. Requisitos. 4ta Edición (Reemplaza a la NTP 334.079:2016); NTP 334.095:2023 Cales. Cal viva y cal hidratada. Métodos de ensayo para la neutralización de residuos ácidos. 3ra Edición (Reemplaza a la NTP 334.095:2016); NTP 334.096:2023 Cales. Cal viva, cal hidratada y piedra caliza para usos químicos e industriales. Requisitos. 3ª Edición (Reemplaza a la NTP 334.096:2015); NTP 334.120:2023 Cementos. Método de ensayo normalizado de resistencia a la flexión de mortero de cemento hidráulico. 3ª Edición (Reemplaza a la NTP 334.120:2016); NTP 334.140:2023 Cales. Leer más

Desde el 1 de julio hasta el 31 de diciembre del 2023 | Sunat no sancionará a contribuyentes que no cumplan con colocar el RUC en avisos publicitarios

En fecha pasada, mediante Decreto Legislativo N.° 1524, se modificó el segundo párrafo del artículo 3° del Decreto Legislativo N.° 943, Ley del Registro Único de Contribuyentes, para disponer que el número de RUC sea consignado en toda documentación que oferte bienes y/o servicios, incluidos aquellos casos en que la oferta se realice a través de plataformas digitales de comercio electrónico, redes sociales, páginas web, correos publicitarios, aplicaciones móviles, entre otros. El número de RUC debe figurar acompañado del nombre o denominación o razón social del sujeto publicitado. El decreto también incorporó el numeral 9 al artículo 173 del Código Tributario y, con ello, tipificó como infracción «No consignar el número de RUC en la documentación mediante la cual se oferte bienes y/o servicios conforme a lo que la normativa tributaria establezca» (sic). Esta infracción se castiga con un porcentaje de la UIT o de los ingresos brutos, de acuerdo con lo establecido en las tablas de infracciones y sanciones I, II y III del citado código. Todo esto entrará en vigencia desde el 1 de julio del 2023. Leer más

Sin bloqueos para caminar | San Borja prohíbe dejar vehículos o unidades motorizadas abandonados o que interrumpan la libre circulación en la vía pública

Con esta ordenanza, la Municipalidad Distrital de San Borja (MDSB) prohíbe el abandono de vehículos o unidades motorizadas o que interrumpan la libre circulación en el distrito. La norma municipal se aplicará en toda la jurisdicción de San Borja, y será de estricto cumplimiento para todas las personas naturales o jurídicas. El artículo sexto de la ordenanza precisa que cualquier administrado o entidad podrá comunicar a la autoridad municipal de la posible existencia de una infracción administrativa, ya sea por escrito o en forma verbal, sin necesidad de sustentar la afectación inmediata de algún derecho o interés legítimo particular y/o colectivo. Leer más

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La excesiva densificación poblacional | Surquillo deroga la ordenanza que dictó mayores alturas que las aprobadas por la norma metropolitana

A través de la Ordenanza N.° 391-MDS, la Municipalidad Distrital de Surquillo (MDS) aprobó la consolidación de zonas, áreas mínimas de unidad de vivienda, estacionamientos y uso de azoteas en el distrito, que promueve mayores alturas que las aprobadas por la norma metropolitana rectora. Sin embargo, tal como informa y sustenta la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro de la comuna, la Ordenanza N.° 391-MDS trasgrede los parámetros urbanísticos y edificatorios aprobados por la Ordenanza N.° 1076 de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML), así como las normas generales en materia de planificación urbanística. Así, la entidad edil decide derogar la Ordenanza N.° 391-MDS, Ordenanza de consolidación de zonas, áreas mínimas de unidad de vivienda, estacionamientos y uso de azoteas en el distrito de Surquillo. [MDS, Ord. 533-2023-MDS, 28/06/2023] Leer más

El informe final demostraría la efectiva prestación del servicio de estudio y evaluación comercial que contrató una inmobiliaria

Tribunal Fiscal | Impuesto a la Renta. Según el contrato de prestación de servicios suscrito por una empresa inmobiliaria con su proveedor, este se obligaba a realizar un estudio y la evaluación comercial del flujo de ventas, procedimientos comerciales, marketing y publicidad de los proyectos que tenía la usuaria (recurrente), ello con la finalidad de presentar un informe comercial, según todos los requerimientos y necesidades establecidos en el contrato; no obstante, la recurrente no presentó el citado informe comercial con el que se sustentaría la prestación realizada; por lo que, según el Tribunal Fiscal (TF), dicho contrato únicamente demostraría la obligación contraída por la prestadora, pero no su ejecución, y no se acredita la prestación del mencionado servicio. Sobre los recibos por honorarios emitidos por la prestadora, conforme con los criterios establecidos en las RTF 01145-1-2005 y 01807-4-2004, el tribunal recuerda que no basta con sustentar que se cuenta con tales comprobantes de pago, se necesita que la recurrente acredite con documentación adicional la realidad de la operación observada. En cuanto a los cheques con la cláusula no negociable, si bien evidencian el abono a favor del proveedor, tales documentos no acreditarían la fehaciencia de la operación acotada. Leer más

Más viviendas sociales | San Borja regula el trámite de proyectos y anteproyectos de vivienda de interés social

Este último sábado 24 de junio del 2023, la Municipalidad Distrital de San Borja (MDSB) oficializó la ordenanza que vela por el cumplimiento irrestricto de las disposiciones contenidas en la Ordenanza N.° 2361-MML, emitida por la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) el 17 de junio del 2021, que está vigente y es de cumplimiento obligatorio para la provincia de Lima. Según esta ordenanza, los proyectos y anteproyectos de vivienda de interés social que se encuentren en trámite o ingresen por la Oficina de Gestión Documentaria de la MDSB deberán ceñirse a las siguientes disposiciones: Leer más

Perú compras modifica dos fichas del rubro Componentes y suministros de construcciones estructuras y obras

Se oficializó la modificación de dos fichas técnicas del rubro Componentes y suministros de construcciones, estructuras y obras del Listado de Bienes y Servicios Comunes (LBSC), de acuerdo con el siguiente detalle: (1) Fibra de acero para refuerzo de concreto – Grupo I Diámetro de 0,75 mm y (2) Fibra de acero para refuerzo de concreto Grupo I Diámetro de 1,00 mm. La norma encarga a la Dirección de Estandarización y Sistematización, así como a la Oficina de Tecnologías de la Información, la publicación de la presente resolución y su anexo en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (Seace) y en el portal institucional de la Central de Compras Públicas – Perú Compras. [Perú Compras, R. J. 000076-2023-Perú Compras-Jefatura, 26/06/2023] Leer más

Hasta fin de año, Sunat no sancionará determinadas infracciones relacionadas con la emisión de guías de remisión

Como las modificaciones introducidas por la Resolución de Superintendencia N.° 000123-2022/Sunat conllevan la necesidad de implementar una serie de adecuaciones por parte de los contribuyentes para alinearse con los cambios realizados en los Sistemas de Emisión Electrónica (SEE); así como, con los nuevos requisitos establecidos para las guías de remisión emitidas en formatos impresos o importados por imprenta autorizada, se emitió la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.° 000052-2022-Sunat/700000, que aprobó la facultad discrecional para no sancionar administrativamente las infracciones tipificadas en los numerales 5 y 9 del artículo 174 del Código Tributario detectadas desde el primero de enero del 2023 hasta el 30 de junio del 2023, relacionadas con la emisión de las Guías de Remisión Electrónica (GRE) y de las guías de remisión en formatos impresos o importados por imprenta autorizada, en los supuestos que señala su Anexo I. Además, se dispuso que, ante las infracciones detectadas, la Sunat levante las actas preventivas, aun cuando se incurra en dicho incumplimiento en más de una oportunidad. Leer más

La posesión no es pasible de compraventa | Actos o títulos referentes a la sola posesión no son inscribibles

Tribunal Registral | Propiedad Inmueble. Con el artículo 2021 del Código Civil, el Tribunal Registral (TR) explica que los actos o títulos referentes a la sola posesión no son inscribibles. «Sin embargo, si del título se desprenden otros elementos referidos a un acto inscribible, debe disponerse la observación del título para su aclaración por las partes intervinientes» (sic). En el caso, la recurrente argumentó en su escrito impugnatorio que el inciso 1 del artículo 2019 del Código Civil establece que sí es posible inscribir la posesión, pues es «un derecho real y, según este dispositivo legal, son inscribibles los actos y contratos que constituyen, declaren, transmitan, etc. derechos reales sobre predios» (sic). Leer más

El TC reconoce que la zonificación, el planeamiento urbano y la determinación de la altura máxima de las edificaciones son competencias municipales exclusivas

Tribunal Constitucional | Propiedad Inmueble. En la sesión de Pleno del Tribunal Constitucional (TC), de fecha 9 de mayo del 2023, los magistrados Morales Saravia, Pacheco Zerga, Gutiérrez Ticse (con fundamento de voto), Domínguez Haro (con fundamento de voto), Monteagudo Valdez y Ochoa Cardich emitieron la sentencia que resuelve declarar fundada la demanda; en este sentido, concluyeron que son competencias municipales exclusivas la zonificación, el planeamiento urbano y la determinación de la altura máxima de las edificaciones, «razón por la cual una vez que, en ejercicio de las mismas, quede determinada técnica y debidamente la zonificación y altura máxima, siguiéndose los procedimientos administrativos correspondientes, podrán desarrollarse los proyectos de VIS, respetando los parámetros técnicos establecidos» (sic). Leer más