Con lo que estableció el Tribunal Constitucional | Surco fija únicas zonas para el diseño y ejecución de proyectos de vivienda de interés social
El único ámbito de aplicación en el distrito de Santiago de Surco para el diseño y ejecución de proyectos de habilitación urbana y edificación de viviendas de interés social es aquel conformado por parte de los sectores 1, 2 y 9, de acuerdo con el Plano N.° 01 que, como anexo, forma parte de esta ordenanza, de acuerdo con lo dispuesto por la Ordenanza N.° 2361-2021 de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) y por la Sentencia del Tribunal Constitucional N.° 302/2023, recaída en los expedientes 00001-2021-PCC-TC y 00004-2021-PCC-TC (acumulados). Así lo dispone esta ordenanza dictada para la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco (MSS) que señala que, además de lo contemplado en el artículo 5° del Capítulo III de la Ordenanza N.° 2361-2021, si en un proyecto con aprobación a cargo de revisores urbanos se detecta el incumplimiento de las condiciones, expuestas en la ordenanza de la comuna limeña, en cualquiera de las etapas de su desarrollo, se interpondrá la denuncia ante el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) y, de constatarse el incumplimiento, se declarará la nulidad de la licencia. Leer más










