La vigencia del Código Procesal Civil | El Tribunal del Indecopi deroga los criterios para tramitar el recurso de adhesión a la apelación

El Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual derogó los criterios que se aplicaban para el trámite del recurso de adhesión a la apelación durante el desarrollo de los diversos procedimientos seguidos ante los órganos resolutivos del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi). Se trata de la Directiva N.° 001-2023-TRI-Indecopi, publicada el 5 de agosto del 2023, que deroga la Directiva N.° 002-1999-TRI-Indecopi. La medida obedece a que las normas procesales que sustentaron la emisión de la directiva derogada ya no subsisten en el ordenamiento jurídico vigente, pues la Ley N.° 31591, que modifica el Texto Único Ordenado (TUO) del Código Procesal Civil y sus modificatorias, varió los artículos 367 y 373 de este cuerpo legislativo eliminando expresamente la figura de la adhesión al recurso de apelación. [Indecopi, Dir. 001-2023-TRI-Indecopi, 5/08/2023] Leer más

La adecuación será progresiva | El nuevo ROF de la Municipalidad Distrital de Jesús María

La Municipalidad Distrital de Jesús María (MDJM) aprobó su nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y su Estructura Orgánica, y dispone la adecuación progresiva de los documentos de gestión municipal conforme con las disposiciones previstas en la presente ordenanza. La Gerencia Municipal se encargará de adoptar las acciones necesarias para adecuar las unidades de organización municipales a la nueva estructura orgánica aprobada. El alcalde, a través de un decreto de alcaldía, dictará las disposiciones requeridas para implementar lo dispuesto. A su vez, la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación publicará el texto íntegro del ROF y la estructura orgánica en el portal institucional (www.munijesusmaria.gob.pe) y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano. [MDJM, Ord. 692-2023-MDJM, 3/08/2023]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Jesús María

Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.° 17388.

Entidad: Municipalidad Distrital de Jesús María (MDJM).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: en vigencia desde el 4 de agosto del 2023.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

Información relacionada: ninguna.

Frank Antonio Rodríguez Cáceres es el nuevo director de la Dirección de Ejecución de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento

A través de esta resolución ministerial se designa a Frank Antonio Rodríguez Cáceres en el cargo de director de la Dirección de Ejecución de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. [MVCS, R. M. 342-2023-Vivienda, 3/08/2023] Leer más

Cómputo del plazo de caducidad de la acción contenciosa del dueño afectado por una transmisión sin su consentimiento solo se puede definir sin hacer valer el artículo 2012 del CC

Corte Suprema | Propiedad Inmueble. Con lo anotado por el Tribunal Constitucional (TC), la Corte Suprema (CS) expone que el artículo 2012 del Código Civil, que contiene el principio de publicidad registral, es de aplicación limitada para el adquiriente en el tráfico de bienes y derechos; es decir, «si bien resulta oponible erga omnes, no es aplicable a toda ocasión. En ese sentido si bien el contenido de cada inscripción registral existente, se extiende a toda persona en el tráfico de bienes y derechos, por cuanto las personas adquirentes están en la obligación de conocer el contenido de las inscripciones registrales vinculadas al bien de su interés; la presunción no alcanza al titular de un bien o derecho registrable, por cuanto extendiendo ello a esta situación significaría imponerles una carga permanente de conocer el contenido exacto del estado de las inscripciones de su titularidad, afectando su seguridad jurídica, situación innecesaria a la finalidad de la institución registral que es favorecer el tráfico lícito de los bienes» (sic). Según la máxima instancia judicial, en el caso, bajo dicho sentido interpretativo y considerando que el acto administrativo notarial cuestionado fue emitido dentro de un procedimiento de prescripción adquisitiva de dominio notarial, respecto del cual los demandantes son terceros al no habérseles notificado, conforme lo ha determinado la sentencia de vista; por lo tanto, «la presunción de conocimiento del contenido de las inscripciones, que establece el principio de publicidad registral, no puede ser tomada en cuenta a efectos de determinar que la parte demandante, sucesor civil del titular registral, tomó conocimiento de la existencia del acto administrativo notarial materia de la demanda, cuando este acto fue inscrito en los Registros Públicos, ya que, dicho acto no ha sido parte de acto de tráfico de bienes y derechos donde hayan estado involucrados los demandantes (…). En ese orden de ideas, efectivamente la sentencia de vista ha aplicado indebidamente n3, contenida en el artículo 2012 del Código Civil, correspondiendo ser la causal material estimada en dicho extremo. (…) Leer más

La vigencia de la Norma Técnica G.040 | Punta Hermosa prohíbe construir áreas techadas y/o con coberturas ligeras en las azoteas de los inmuebles

Para dictar esta ordenanza la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa (MDPH) se sustenta en el Informe N.° 144-2023-AEFT-SGOPyC-GDUCT-MDPH de la Sub Gerencia de Obras Privadas y Catastro. Con ella establece que, a partir de la fecha, queda prohibido ejecutar edificaciones con áreas techadas y/o con coberturas ligeras en las azoteas de los inmuebles existentes en el distrito. La prohibición antes señalada alcanza también a los nuevos proyectos de edificación que se presenten a partir del 2 de agosto del 2023, fecha de entrada en vigencia de la ordenanza. El informe da cuenta que estas construcciones incumplen las características establecidas para este tipo de espacios en la Norma Técnica G.040, Definiciones del Reglamento Nacional de Edificaciones, respecto al porcentaje de área techada y usos previstos. [MDPH, Ord. 486-MDPH, 1/08/2023] Leer más

Cada proyecto de edificación comercial mayor a 500 metros cuadrados en Punta Hermosa contará con un estacionamiento vehicular por cada 25 metros cuadrados de área construida

Los proyectos de edificación para uso comercial en terrenos con un área mayor a 500 metros cuadrados, ubicados en el área de zonificación comercio vecinal (CV), que se presenten a partir de mañana en el distrito de Punta Hermosa deberán contar con la provisión de un estacionamiento vehicular por cada 25 metros cuadrados de área construida. Así lo dispone esta ordenanza emitida por la comuna distrital de Punta Hermosa que se enmarca dentro de lo dispuesto por la Ordenanza N.° 1086-MML, que aprueba el reajuste integral de la zonificación de los usos de los distritos de Punta Hermosa, Punta Negra, San Bartolo, Santa María del Mar y Pucusana, que forman parte de las áreas de tratamiento normativo I y IV – Balnearios del Sur de Lima Metropolitana. [MDPH, Ord. 487-MDPH, 1/08/2023] Leer más

Construir con la última versión de la norma | Perú Compras modifica seis fichas referidas al cemento pórtland

La Central de Compras Públicas (Perú Compras), organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), modificó las siguientes seis fichas técnicas del rubro componentes y suministros de construcciones, estructuras y obras del Listado de Bienes y Servicios Comunes (LBSC): cemento pórtland tipo con alta resistencia a los sulfatos (Versión 05); cemento pórtland tipo I (Versión 09); cemento pórtland tipo ICO (Versión 11); cemento pórtland tipo IP (Versión 11); cemento pórtland tipo MS con moderada resistencia a los sulfatos (Versión 05) y cemento pórtland tipo (Versión 09). [Perú Compras, R. J. 000091-2023-Perú Compras-Jefatura (Anexo), 31/07/2023] Leer más

Un gerente general tiene facultades para suscribir escrituras públicas de cesión de derechos a título gratuito

Tribunal Registral | Mandatos y poderes. «El gerente general se encuentra facultado para realizar todo tipo de actos de administración y disposición, con excepción de los asuntos que la ley, el estatuto o acuerdos de la junta general o directorio atribuyan a la junta general u otro órgano o excluyan expresamente de su competencia». Así lo recuerda el Tribunal Registral (TR) en esta nueva decisión que se ampara en los artículos 14 y 188 (modificados por el Decreto Legislativo N° 1332) de la Ley General de Sociedades (Ley N.° 26887), que prescriben que es atribución del gerente general celebrar y ejecutar los actos y contratos ordinarios correspondientes al objeto social, salvo disposición distinta del estatuto o acuerdo expreso de la junta general. La jurisprudencia registral ya ha establecido reiteradamente que forman parte del objeto social los actos relacionados que coadyuvan a la realización de sus fines, aunque no estén expresamente indicados en el pacto social o en el estatuto. Estos actos son innumerables y no se requiere indicación expresa. Sobre esto, el precedente de observancia obligatoria aprobado en el XC Pleno del Tribunal Registral estableció lo siguiente: «El gerente general se encuentra facultado para realizar todo tipo de actos de administración y disposición, con excepción de los asuntos que la ley, el estatuto o acuerdos de la junta general o directorio atribuyan a la junta general u otro órgano o excluyan expresamente de su competencia. No es materia de calificación registral si el acto realizado por el gerente general es ordinario o extraordinario, o si se encuentra o no dentro del objeto social» (sic). Leer más

Son 6 734 BFH | Segunda Convocatoria del Programa Techo Propio para el año 2023

El Gobierno convoca a la población que cumpla con los requisitos establecidos en el Reglamento operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional (BFH) para la modalidad de aplicación de construcción en sitio propio (en adelante, Reglamento Operativo – CSP), aprobado por la Resolución Ministerial N.° 120-2020-Vivienda y modificatorias; así como, a las entidades técnicas con registro vigente, para que participen en la Segunda Convocatoria del Programa Techo Propio para el año 2023, que otorgará hasta 6 734 BFH, para la modalidad de aplicación de construcción en sitio propio en los departamentos de Arequipa, Cajamarca, Cusco, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Puno, Tacna y Ucayali. Leer más

Gissela Maguiña San Yen Man es la nueva directora de la Oficina de Abastecimiento y Control Patrimonial de la Oficina General de Administración del MVCS

A través de esta resolución ministerial se designó a Gissela Maguiña San Yen Man en el cargo de directora de la Oficina de Abastecimiento y Control Patrimonial de la Oficina General de Administración del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. [MVCS, R. M. 340-Vivienda, 26/07/2023] Leer más