El plazo para pagar los derechos registrales del parte consular electrónico sobre otorgamiento de poder se extiende a 45 días calendario

En el marco del trabajo articulado entre el Ministerio de Relaciones Exteriores (RR.EE.) y la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), se publicó la Resolución N.° 220-2023-Sunarp-SN en el Diario Oficial «El Peruano» el 22 de diciembre del 2023. Esta norma autorizó la presentación electrónica del acto de otorgamiento de poder emitido con firma digital del funcionario consular para su inscripción en el Registro de Mandatos y Poderes; asimismo, estableció, entre las disposiciones para la presentación electrónica, que el pago de derechos registrales se realice dentro de los quince días calendario contados desde el envío de la solicitud de inscripción del consulado a través del servicio de interconexión con la Sunarp; esto es, para la generación del asiento de presentación y el consecuente inicio del procedimiento de inscripción. Leer más

Viviendas, hospedajes, tiendas… | ¿Qué proyectos de edificación deben cumplir con presentar estudios de impacto vial?

Vivienda | Opinión vinculante. En este documento se informa que la duda del administrado giraba en torno al requerimiento de la presentación y aprobación del estudio de impacto vial para proyectos de edificación de uso mixto conformados por usos de vivienda, hospedaje y locales comerciales independientes. Así, para la autoridad de Vivienda, la Ley N.° 29090 y el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbanas y Licencias de Edificación prevén como requisito la presentación de estudios de impacto vial para los proyectos de edificación únicamente en los casos establecidos en el Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE) y que se desarrollen conforme a dicho reglamento. Leer más

La Perla

Cambios en la ordenanza que regula los cercos y tapiados | El Callao mejora el desarrollo armónico y estético del ornato público

La Ordenanza Municipal N.° 000010, del 24 de febrero del 2007, aprobó el Régimen de Aplicación de Sanciones (RAS) de la Municipalidad Provincial del Callao (MPC), en cuyo Anexo 3, se aprobó el Cuadro de Infracciones y Sanciones (CUIS) y los numerales 01-009 y 01-030 que establecen las infracciones «Por no cercar terrenos sin construir o cercarlos con material precario o no estipulado en el Reglamento Nacional de Edificaciones» y «Por no tapiar o cercar construcciones en estado de abandono», respectivamente. Ahora, la comuna busca, con mayor énfasis, promover que los propietarios, personas naturales, jurídicas, entidades privadas y públicas y otros, cumplan con mejorar el desarrollo armónico, estético del ornato público, mediante la conservación, mantenimiento y operatividad de los inmuebles ubicados dentro de la jurisdicción. Desde el punto de vista legal, se modifican los numerales 2, 3, 4, 5 y 6 de la Ordenanza Municipal N.° 000026-2004. Entre los cambios, se establece que, por ejemplo, «los terrenos sin construir o aquellos inmuebles que cuenten con construcciones inconclusas deben ser cercados o tapiados por sus propietarios o de sus respectivos encargados, de acuerdo a los siguientes parámetros: Leer más

Los límites del predio | No es exigible presentar el plano de pavimentos de las vías públicas existentes para obtener la licencia de habilitación urbana

Vivienda | Opinión vinculante. La autoridad de vivienda resolvió una consulta sobre un proyecto de habilitación urbana sujeta a un planeamiento integral bajo los aspectos regulados en la Ley N.° 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones. El tema versaba sobre dos interrogantes:

«1. Para predios que están contemplados en el plano de zonificación del distrito, que colindan con zonas urbanas consolidadas, con vías existentes que le sirven de acceso que lo integran a la trama urbana de la zona, corresponde que el planeamiento integral sea aprobado por la MML según el procedimiento establecido en la Ordenanza 1467-MML como requiere la comisión técnica? Leer más

Ramón Enrique Espinoza Paz es el nuevo director ejecutivo del Programa Agua Segura para Lima y Callao

El día de hoy se oficializó la designación de Ramón Enrique Espinoza Paz, en el cargo de director ejecutivo del Programa Agua Segura para Lima y Callao del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. (MVCS). [MVCS, R. M. 038-2024-Vivienda, 14/02/2024] Leer más

No es deducible el costo del servicio de construcción que se sustenta en la factura emitida por un contribuyente «no habido»

Tribunal Fiscal | Impuesto a la Renta. En el procedimiento de fiscalización a una constructora, la administración tributaria reparó la base imponible del Impuesto a la Renta por el costo sustentado con facturas emitidas por el servicio de construcción por un contribuyente con la condición «no habido», señalando como base legal el artículo 20 de la Ley del Impuesto a la Renta y el numeral 8.1 del artículo 8° del Decreto Supremo N.° 041-2006-EF.

En este caso, la recurrente no discute que desde el 1 de octubre del 2014 se haya considerado como «no habido» al proveedor; por el contrario, reconoce que este tenía dicha condición durante la emisión de sus comprobantes de pago y que, en varias oportunidades, le comunicó que procediera a regularizar su situación a fin de pagarle sus servicios, lo que no hizo; sin embargo, considera que, con la verificación domiciliaria realizada por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), al 31 de diciembre del 2014, aquel levantó su condición de «no habido» en dicha fecha, por lo que correspondería aceptar la deducción del costo. En esta misma línea, la modificación efectuada por el Decreto Legislativo N.° 1112 al artículo 20 de la Ley del Impuesto a la Renta establece que el costo computable debe estar debidamente sustentado con comprobante de pago y que no será deducible en el caso de comprobantes emitidos por contribuyentes que a la fecha de emisión del comprobante tengan la condición de «no habido», salvo que al 31 de diciembre se levante dicha condición.

Luego, de la revisión de la Constancia de Verificación del Domicilio Fiscal N.° (…), realizada por la Sunat, el Tribunal Fiscal (TF) aprecia que el encargado de la diligencia se apersonó al domicilio fiscal del proveedor el día 31 de diciembre del 2014, dejando constancia de identificación y firma de la persona que recibió el documento; en este sentido, en aplicación del numeral 7.2 del artículo 7° del Decreto Supremo N.° 041-2006-EF, el levantamiento de la condición de «no habido» del proveedor surtió efecto con posterioridad al 31 de diciembre del 2014, y no así en esta misma fecha; por lo tanto, dado que las facturas fueron emitidas por el proveedor cuando tenía la condición de «no habido», entonces, no correspondía aceptar el costo registrado. (V. P. Falconí Sinche) [TF, RTF 03128-10-2023, 20/04/2023]

Ficha legal de la noticia:

Base legal interpretada o analizada:

* Artículo 20 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta aprobado por el Decreto Supremo N.° 179-2004-EF.

Entidad o persona comprometida: Intendencia Lima de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).

Valores agregados LEX:

Concordancias:

* Artículo 8° del Decreto Supremo N.° 041-2006-EF, que dicta las normas sobre las condiciones de no hallado y de no habido para efectos tributarios respecto de la Sunat.

Información relacionada:

+ En qué supuestos el deudor tributario adquirirá automáticamente la condición de no hallado. [CS, Cas. 653-2021-Lima, 10/27/2022]

Notario

Licencias de edificación, habilitaciones urbanas, constancias… | Barranco oficializa la gratuidad de diversos procedimientos

Mediante el Acuerdo de Concejo N.° 619, del 21 de diciembre del 2023, de acuerdo con esta norma, se ratificaron diversos derechos de trámite de la Municipalidad Distrital de Barranco (MDB). En este sentido, el decreto de alcaldía motivo de esta nota, indica en sus fundamentos que: «Que, mediante Acuerdo de Concejo N.° 619, del 21 de diciembre de 2023, Ratifica 222 (doscientos veintiún) derechos de trámite que corresponden a un total de 221 (doscientos veintisiete) procedimientos administrativos y servicio prestados en exclusividad, con excepción de (11) derechos de trámite, siendo éstos:» (sic)

Así, este último sábado, 10 de febrero del 2024, la municipalidad distrital cumplió con oficializar la modificación de su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) para establecer la gratuidad de los siguientes procedimientos administrativos: Leer más

El ornato urbano importa | El Callao castigará hasta con una UIT el tener sucia la fachada del inmueble

Con esta ordenanza la Municipalidad Provincial del Callao (MPC) regula los aspectos relativos al pintado, ornato y limpieza que deben guardar las fachadas de los inmuebles ubicados dentro de su jurisdicción, para conservar y mejorar el ornato local. La ordenanza se aplicará a los propietarios, inquilinos u ocupantes (sean personas naturales o jurídicas, públicas o privadas) de los inmuebles que tengan fachadas colindantes con las vías públicas y/o inmuebles de terceros, ubicados dentro de la comuna, a excepción de los inmuebles ubicados dentro de la Zona Monumental del Callao, que está bajo la regulación de la Ordenanza Municipal N.° 018-2023-MPC, del 24 de agosto del 2023, que aprobó el Reglamento para la protección, conservación, y difusión de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación ubicados dentro de la Zona Monumental del Callao. La ordenanza tampoco regirá sobre los monumentos históricos que se encuentran fuera de la Zona Monumental del Callao y que se ubican dentro de la jurisdicción.  Leer más

La buena vecindad… | ¿No tener quejas pendientes de resolver por daños en predios colindantes es requisito para lograr la conformidad de obra?

Vivienda | Opinión vinculante. En agosto del 2019, luego de analizar la Ley N.° 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones y su Texto Único Ordenado, aprobado por el Decreto Supremo N.° 006-2017-Vivienda, y el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación, aprobado por el Decreto Supremo N.° 011-2017-Vivienda; la autoridad en materia de vivienda concluyó que, en caso de daños a terceros, producto de la ejecución de las obras autorizadas con licencia, las municipalidades en el ámbito de su jurisdicción están facultadas para supervisar y fiscalizar y, de darse el caso, aplicar las medidas provisionales de inmediata ejecución e imponer las sanciones que correspondan de conformidad con el reglamento de sanciones que establezca, cuando corresponda, durante la ejecución de la obra autorizada con licencia. Leer más

Jorge Martín Tuesta Egusquiza es el nuevo asesor I del Despacho Viceministerial del MVCS

Con esta resolución ministerial se oficializa la designación de Jorge Martín Tuesta Egusquiza, en el cargo de Asesor I del Despacho Viceministerial de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS). [MVCS, R. M. 033-2024-Vivienda, 7/02/2024] Leer más