Magdalena condona costos procesales coactivos y gastos administrativos del ejercicio fiscal 2025

La Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar (MDMM) modificó el artículo quinto de la Ordenanza N.° 255-2025-MDMM, que establece medidas excepcionales para la recuperación de adeudos que se encuentran en estado coactivo. El cambio normativo se realiza a fin de incorporar la condonación de los costos procesales coactivos y gastos administrativos del ejercicio fiscal 2025 y, con ello, fomentar la regularización de deudas en etapa coactiva. La medida lleva el visto bueno de la Gerencia de Administración Tributaria y la opinión favorable de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto. [MDMM, Ord. 272-2025-MDMM, 3/09/2025] Leer más

Listo, el proceso de implementación del Sistema Local de Gestión Ambiental del distrito de San Borja

El lunes 1 de setiembre del 2025, se oficializó el proceso de implementación del Sistema Local de Gestión Ambiental del distrito de San Borja, conforme con el Reglamento de la Ley N.° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, aprobado por el Decreto Supremo N.° 0014-2024-Minam. Además, se aprobó la Hoja de Ruta para la implementación del citado sistema local de gestión. Según dispone el artículo tercero de la norma municipal, la Gerencia de Gestión Ambiental reportará semestralmente los avances del proceso de implementación al concejo municipal y al Ministerio del Ambiente (Minam). [MDSB, Ord. 735-MSB, 1/09/2025] Leer más

Infracciones y catigos | El nuevo RASA y CUIS de San Borja

La Municipalidad Distrital de San Borja (MDSB) dictó la ordenanza que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas (CUIS), con el objeto de establecer el procedimiento administrativo sancionador que sirva para realizar las acciones que permitan determinar la existencia de una infracción administrativa por incumplimiento de las normas municipales o leyes generales que establezcan infracciones cuya sanción se encuentre reservada a los gobiernos locales; así como, la aplicación de sanciones y la adopción de medidas provisionales y correctivas. La finalidad del presente régimen es contar con un dispositivo legal mediante el cual se haga de conocimiento a la ciudadanía y entidades, las conductas contrarias al ordenamiento jurídico municipal y las sanciones administrativas ante la comisión de ellas, y esto a fin de propiciar el civismo dentro del orden, respeto, cooperación y cumplimiento de las disposiciones municipales, con el propósito de lograr una adecuada convivencia en la comunidad y procurar el desarrollo integral y armónico del distrito. La ordenanza aplica para la jurisdicción distrital y alcanza a las personas naturales o jurídicas que cometan una o más infracciones previstas en el CUIS. [MSB, Ord. 734-MSB, 30/08/2025] Leer más

Las salas de venta y departamentos piloto son activos fijos

Tribunal Fiscal | Impuesto a la Renta. Las salas de venta y los departamentos pilotos de la recurrente del caso, que se dedica al negocio inmobiliario, tienen una vida útil mayor a un ejercicio, pues son utilizados dos años aproximadamente; es decir, durante el término aproximado de la construcción de cada proyecto, y que, a diferencia de otras compañías del sector, sus salas de venta no son destruidas como paso previo para iniciar la construcción de los inmuebles; por el contrario, subsisten incluso después de la construcción del proyecto inmobiliario. Leer más

Quince días | Vivienda saca a consulta pública su propuesta para modificar las normas técnicas G.040 y A.020

Se dispuso la publicación del proyecto de resolución ministerial que modifica las normas técnicas G.040 – Definiciones y A.020 – Vivienda del Reglamento Nacional de Edificaciones, aprobado por el Decreto Supremo N.° 011-2006-Vivienda, en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda). La publicación se realiza a efectos de recibir los comentarios, aportes u opiniones de la ciudadanía dentro del plazo de quince días calendario, contados desde el 28 de agosto del 2025. Será la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo la unidad encargada de la recepción, sistematización y análisis de los comentarios, aportes u opiniones que se presenten a través de la sede digital del ministerio en el siguiente enlace: «Proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la Modificación de las Normas Técnicas G.040 Definiciones y A.020 Vivienda del Reglamento Nacional de Edificaciones». [MVCS, R. M. 214-2025-Vivienda, 27/08/2025] Leer más

Agua, grifo

El «Plan de Implementación de la Hoja de Ruta hacia una Economía Circular en Agua Potable y Saneamiento al 2030»

El Gobierno oficializa el «Plan de Implementación de la Hoja de Ruta hacia una Economía Circular en Agua Potable y Saneamiento al 2030» y dispone que sea la Oficina General de Monitoreo y Evaluación del Impacto la unidad encargada de realizar el monitoreo del cumplimiento de las acciones contenidas en el plan, que guarda concordancia con el Plan Nacional de Saneamiento 2022-2026, aprobado mediante Resolución Ministerial N.° 399-2021-Vivienda, que establece, entre otros, objetivos específicos y líneas de acción para cada uno de los seis ejes de la Política Nacional de Saneamiento: i) Acceso de la población a los servicios de saneamiento; ii) Sostenibilidad financiera; iii) Fortalecimiento de los prestadores; iv) Optimización de las soluciones técnicas; v) Articulación de los actores y vi) Valoración de los servicios de saneamiento. [MVCS, R. M. 217-2025-Vivienda, 27/08/2025] Leer más

Seguridad versus libre tránsito | Surco ordena mantener las rejas o plumas levadizas abiertas las 24 horas del día

Carlos Bruce Montes De Oca, alcalde de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco (MDSS), dictó este decreto de alcaldía que establece, dentro del marco de lo dispuesto por el artículo octavo de la Ordenanza N.° 209-MSS, como obligación esencial de los conductores de los predios ubicados en el interior del área de protección, las juntas o comités vecinales, cumplir con mantener las rejas o plumas levadizas obligatoriamente abiertas las 24 horas del día. Según lo dispuesto, solo podrán permanecer cerradas en el horario de 19:00 horas hasta las 07:00 horas, con la presencia obligatoria de un vigilante particular, que deberá garantizar el paso vehicular o peatonal las 24 horas del día con la sola manifestación del ciudadano de querer transitar por la vía. El incumplimiento de lo establecido habilita a la municipalidad para revocar la autorización de instalación del elemento de seguridad y proceder a su inmediato retiro. La Gerencia de Seguridad Ciudadana será la encargada de dar cumplimiento al presente decreto de alcaldía. [MSS, D. de Alc. 019-2025-MSS, 26/08/2025] Leer más

Cinco distritos | El Plan de Desarrollo Urbano de Lima Balnearios del Sur 2025-2034

El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión extraordinaria del 21 de agosto del 2025, decidió oficializar la ordenanza que dicta el Plan de Desarrollo Urbano de Lima Balnearios del Sur 2025-2034, que constituye el instrumento técnico normativo que servirá para orientar el desarrollo urbano sostenible de los cinco distritos que conforman el Área Interdistrital Metropolitana de Lima Balnearios del Sur (AIM Lima Balnearios del Sur): Punta Hermosa, Punta Negra, San Bartolo, Santa María del Mar y Pucusana. En estos distritos las disposiciones que emanen del plan resultan de cumplimiento obligatorio para todas las personas naturales y jurídicas, públicas y privadas. Leer más

Código Civil versus código del consumidor | Cláusula penal que permite resolver el contrato y cobrar el 30 % del total del precio de venta del inmueble es una cláusula abusiva

Indecopi | Protección al consumidor. En su denuncia ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual (Indecopi), el consumidor cuestionó que la inmobiliaria aplicase una cláusula abusiva consistente en la retención del 30 % del precio total de venta del inmueble. Luego de revisar el contrato, la sala comprobó que las partes pactaron como cláusula penal que, en el supuesto del atraso en el pago de las cuotas, se generaba el derecho de la inmobiliaria de resolver el contrato y cobrar al denunciante (así como retener) el importe equivalente al 30 % del monto total del precio de venta por concepto de penalidad. Ahora bien, avanza la argumentación de la sala, «cabe tener en cuenta que nos encontramos ante un contrato de adhesión, en tanto, en el presente caso la denunciada no ha demostrado que haya existido alguna negociación entre su representada y la denunciante (por ejemplo, alguna anotación o documento que evidencie que la consumidora proponga alguna condición sobre el precio, plazo de entrega, penalidad, etc.); lo cual permite concluir que nos encontramos ante un contrato pre redactado por la empresa (…). Sobre el análisis de desproporción injustificada entre los beneficios, riesgos y costos asumidos por ambas partes en perjuicio del consumidor, corresponde tener presente que (…) el hecho de que el Código Civil permita a los contratantes pactar cláusulas penales no resulta óbice para que dichas cláusulas contractuales armonicen con los derechos de los consumidores; esto es, que las cláusulas penales no tengan carácter abusivo. (…). Al respecto, cabe tener presente que el inciso b) del artículo 47 del código establece que en los contratos de consumo no pueden incluirse cláusulas o ejercerse prácticas que impongan obstáculos onerosos o desproporcionados para el ejercicio de los derechos reconocidos al consumidor en los contratos (…)» (sic). Leer más

El Agustino se renueva | Lima incorpora el nuevo trazo y sección vial normativa de la avenida Las Lomas

La Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) aprobó la modificación del plano del Sistema Vial Metropolitano para incorporar el nuevo trazo y sección vial normativa de la avenida Las Lomas, tramo: vía Malecón – Evitamiento, con un ancho normativo de 46,40 m.; la continuidad de la vía Malecón, tramo: Las Lomas , Rey David, con un ancho normativo entre 36,00 m. – 35,00 m.; una intersección a diferente nivel y/o sujeta a estudios especiales Las Lomas – Evitamiento; y la reclasificación a vía local distrital de la vía colectora C-02-A22, en el distrito de El Agustino. La ordenanza detalla que estas modificaciones del Sistema Vial Metropolitano se encuentran a nivel de planeamiento, por lo que los trazos y secciones viales normativas son referenciales, los que deben, posteriormente, precisarse mediante estudios específicos de ingeniería, cumpliendo las disposiciones normativas de las vías metropolitanas. Además, con el desarrollo del proyecto, la unidad formuladora encargada deberá coordinar con la Municipalidad Distrital de El Agustino (MDEA) los aspectos vinculados a obtener la libre disponibilidad del terreno donde se plantea el nuevo trazo. También deberá coordinar con la Autoridad de Transporte Urbano y la Gerencia de Movilidad Urbana de la Municipalidad Metropolitana de Lima para considerar la utilización de la nueva vía por el transporte público. El Instituto Metropolitano de Planificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima realizará los cambios necesarios, tanto del plano del Sistema Vial Metropolitano, las secciones viales normativas y del plano de zonificación del distrito de El Agustino. [MML, Ord. 2766, 20/08/2025] Leer más