Tolerancia cero | Tres documentos para luchar contra la corrupción en San Borja

Con este decreto de alcaldía se oficializan los siguientes documentos: (1) Política de integridad y lucha contra la corrupción de la Municipalidad Distrital de San Borja – código: PO-OGEI-001; (2) Código de Ética de la Municipalidad Distrital de San Borja y (3) Directiva de atención de denuncias por presuntos actos de corrupción presentadas ante la Municipalidad Distrital de San Borja – código: DI-OGEI-005. A cambio, se deroga el Decreto de Alcaldía N.° 013-2019-MSB-A, del 8 de agosto del 2019, y el Decreto de Alcaldía N.° 014-2019-MSB-A, del 15 de agosto del 2019. [MSB, D. de Alc. 005-2024-MSB-A, 7/05/2024] Leer más

Dos nuevos asesores en Vivienda: Erly Edson Escalante Chávez y Alessandra Patricia Cubas Sáenz

El día de hoy se oficializó la designación de Erly Edson Escalante Chávez, en el cargo de asesor de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Rural. También se oficializó el nombramiento de Alessandra Patricia Cubas Sáenz, en el cargo de asesora II del Despacho Viceministerial de Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. [MVCS, R. D. 096-2024-Vivienda-VMCS-PNSR, R. M. 162-2024-Vivienda, 7/05/2024] Leer más

Más cambios | Las cuatro nuevas designaciones en Vivienda

Este sábado pasado, 4 de mayo del 2024, se oficializó estas dos designaciones: a) Araceli Dilma Caro Huánuco, en el cargo de jefe de unidad de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del Programa Nacional de Saneamiento Rural y b) Carlos Alberto Chuquillanqui Cóndor, en el cargo de asesor I del Despacho Viceministerial de Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS). El día lunes, 6 de mayo del 2024, se oficializó las designaciones de Eduardo Jaime Alfaro Esparza, en el cargo de director general de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, y de Rossina Manche Mantero, en el cargo de directora ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Urbano del MVCS. [MVCS, R. D. 098-2024-Vivienda-VMCS-PNSR, R. M. 156-2024-Vivienda, R. M. 155-2024-Vivienda, R. M. 161-2024-Vivienda, 4/05/2024 y 6/05/2024]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Designan jefe de unidad de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del Programa Nacional de Saneamiento Rural

Designan asesor I del Despacho Viceministerial de Construcción y Saneamiento.

Designan director general de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos

Designan directora ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Urbano

Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.° 17885 y 17888, respectivamente.

Entidad: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigentes desde el 4 y el 6 de mayo del 2024, respectivamente.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N.° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos.

Información relacionada:

+ Siguen los cambios | Dos nuevas designaciones en Vivienda, dos nuevos directores. [MVCS, R. M. 150-2024-Vivienda, R. D. 022-2024-Vivienda-VMCS-PASLC, 1/05/2024]

Sesenta días de plazo | Vivienda declara oficialmente en reorganización el organismo y los programas de agua para Lima y Callao

El día de hoy, viernes cinco de mayo del 2024, se declaró oficialmente en reorganización el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, el Programa Nacional de Saneamiento Urbano, el Programa Nacional de Saneamiento Rural y el Programa Agua Segura para Lima y Callao. La medida se adopta con el objeto de evaluar su situación administrativa, organizacional y de gestión, así como de proponer las acciones y medidas de reforma correspondientes, por el plazo de sesenta (60) días calendario, contados a partir del día siguiente de la instalación de la comisión reorganizadora, que estará conformada de la siguiente manera:

«a) El/La viceministro/a de Construcción y Saneamiento, quien la preside.

b) El/La director/a de la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción.

c) El/La director/a general de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento.

d) El/La director/a ejecutivo/a del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento.

e) El/La director/a ejecutivo/a del Programa Nacional de Saneamiento Urbano.

f) El/La director/a ejecutivo/a del Programa Nacional de Saneamiento Rural.

g) El/La director/a ejecutivo/a del Programa Agua Segura para Lima y Callao» (sic). [MVCS, D. S. 006-2024-Vivienda, 3/05/2024]


Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Decreto supremo que declara en reorganización el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento el Programa Nacional de Saneamiento Urbano el Programa Nacional de Saneamiento Rural y el Programa Agua Segura para Lima y Callao

Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.° 17883.

Entidad: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 4 de mayo del 2024.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Decreto Supremo N.° 002-2012-Vivienda, que crea el Programa Nacional de Saneamiento Rural (PNSR).

* Decreto Supremo N.° 008-2017-Vivienda, que crea el Programa Agua Segura para Lima y Callao (PASLC).

Información relacionada:

+ La reorganización interna | Vivienda delega (redistribuye) funciones y facultades en altas autoridades del sector. [Vivienda, R. M. 048-2022-Vivienda, 15/02/2022]

+ El nuevo Manual de Operaciones del Programa Nacional de Saneamiento Urbano. [MVCS, R. M. 101-2024-Vivienda, 28/03/2024]

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Modificación e incorporación | Cambios al reglamento de la ley del SEIA para uniformizar la admisión de las solicitudes de certificación ambiental

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:
Con la finalidad de asegurar el adecuado funcionamiento del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA) sobre el cumplimiento de plazos de los procedimientos administrativos, el Ministerio del Ambiente (Minam) dicta disposiciones para la admisión de las solicitudes de evaluación de los instrumentos de gestión ambiental que se tramitan ante las diferentes autoridades ambientales, a fin de uniformizar la actual legislación ambiental y establecer un plazo razonable y célere para la revisión de requisitos de forma que establece el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUO) y la normativa aplicable, que incluye el estudio ambiental elaborado de acuerdo con la estructura de los términos de referencia aprobados. Leer más

Las funciones de cada miembro | La nueva conformación de la Comisión de Revisión de Normas Urbanas de San Borja

Con la Ordenanza N.° 491-MSB, del 27 de noviembre del 2012, se aprobó el Reglamento de edificaciones y normas complementarias de la zonificación del distrito de San Borja. Esta ordenanza se modificó con las ordenanzas números 556-MSB y 637-MSB, en el tema de la composición de la Comisión de Revisión de Normas Urbanas de San Borja (CRNU-SB). Ahora, la Municipalidad Distrital de San Borja establece una nueva conformación de la CRNU-SB y dispone la adecuación de las nomenclaturas de las unidades orgánicas, en razón de la naturaleza de las funciones de cada miembro y de la nueva estructura orgánica aprobada en la Ordenanza N.° 702-MSB, Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de San Borja, publicada el 30 de junio del 2023. La nueva conformación es la siguiente: «La Gerencia de Desarrollo Urbano y Catastro (presidente), la Oficina General de Innovación y Desarrollo Económico (secretario), la Oficina General de Asesoría Jurídica (miembro)» (sic). [MDSB, Ord. 713-MSB, 1/05/2024] Leer más

Todo ordenado | El TUO y el cuadro resumen del ROF de la Municipalidad Metropolitana de Lima

Con base en la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ordenanza N.° 2605, la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) oficializa el Texto Único Ordenado (TUO) de su Reglamento de Organización y Funciones (ROF), aprobado por la Ordenanza N.° 2537 y modificado por la Ordenanza N.° 2605, aprueba también el cuadro resumen de las modificaciones del citado ROF. [MML, D. de Alc. 008, 2/05/2024] Leer más

Oportunidad del reembolso | Inmobiliarias no pueden condicionar la devolución de la cuota inicial a la reventa del inmueble

Indecopi | Protección al consumidor. Los consumidores señalaban que la «Cláusula Adicional» resultaba abusiva, ya que señala que la devolución del dinero del denunciante únicamente se haría efectiva si es que los inmuebles materia de denuncia fueran vendidos a una tercera persona. En el caso, sucedió que, pese a los esfuerzos desplegados, el crédito hipotecario solicitado por el recurrente no pudo ser viabilizado; por eso, ante la imposibilidad de cumplir con el pago del precio de venta de un departamento y un estacionamiento, requirió a la inmobiliaria que le indicara cuáles serían los montos que aplicaría por concepto de «penalidades», el plazo máximo para que se hiciera efectivo el reembolso y la fecha de devolución de la letra de cambio suscrita para acceder al financiamiento ofrecido directamente por la empresa. Ante la falta de atención de dichas interrogantes, decidió comunicar a la denunciada su voluntad de dar por resuelto el contrato suscrito mediante una carta notarial del 10 de noviembre del 2014. Por su lado, la inmobiliaria pretendió incluir entre los conceptos a deducir los gastos administrativos en los que incurrió en mérito del contrato de compraventa que suscribieron, pese a que ello no fue pactado, y se negó a establecer un plazo concreto para efectuar el reembolso al que tenía derecho, e indicó que lo haría con los resultados de la futura venta de los inmuebles materia de contrato, en virtud de lo previsto en la cláusula adicional suscrita. Leer más

Cambian los parámetros en Jesús María | Dejan de ser avenidas y vuelven a ser jirones Ricardo Tizón y Bueno y Cayetano Heredia

Con sustento en un informe interno de la Subgerencia de Obras Privadas y Planeamiento Urbano, la Municipalidad Distrital de Jesús María (MDJM) restituyó las categorías viales de Jirón Ricardo Tizón y Bueno y Jirón Cayetano Heredia en reemplazo de Avenida Ricardo Tizón y Bueno y Avenida Cayetano Heredia. El cambio obedece a las siguientes consideraciones: a) ambas vías tienen la naturaleza de vías locales, de acuerdo con lo indicado en la Ordenanza N.° 341-MML, que aprueba el Plano del Sistema Vial Metropolitano de Lima, por lo que se encuentra dentro de la competencia de la Municipalidad Distrital de Jesús María; b) dichas vías, anteriormente, tenían la categoría de jirón, en concordancia con lo regulado en el Acuerdo de Concejo del 19 de julio de 1963 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, según se aprecia en el Tomo N.° 16 del Archivo de Nomenclatura y Numeración de Fincas de la Dirección de Autorizaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima y por información obtenida de la «Relación de urbanizaciones y otros de referencia» que figura en la Subgerencia de Obras Privadas y Planeamiento Urbano correspondiente al Plano Mosaico de Habilitaciones Urbanas al 2015; c) se analizó el «Estudio técnico de red de vías locales, principales y secundarias y pasajes del distrito de Jesús María» realizadas por dicha subgerencia en el año 2018, en donde se estableció que ambas vías tienen una dimensión de 20.00 ml. de sección, determinándose que no circula transporte público por ellas; la Resolución Directoral N.° 011-2021-Vivienda-VMVU-DGPRVU, que aprobó los Lineamientos para la nomenclatura vial y numeración municipal, describe las características que deben tener las vías públicas. De acuerdo con dichos lineamientos las avenidas Ricardo Tizón y Bueno y Cayetano Heredia tienen la característica de jirones o calles y no de avenidas. El Decreto Supremo N.° 04-95-MTC, Reglamento de nomenclatura vial y áreas de recreación pública en su artículo 8° dispone diferentes definiciones para las vías públicas; d) la categoría actual de avenida ocasiona la aplicación de parámetros de alturas superiores a los que le correspondería si tuviera la categoría de jirón. Leer más

Se liberan los pasos | Breña prohíbe obstaculizar el uso de los espacios públicos y el abandono de bienes en la vía

Con esta ordenanza, la Municipalidad Distrital de Breña (MDB) prohíbe la obstaculización y/o interrupción de los espacios públicos por bienes muebles, así como el abandono de bienes en desuso en la vía pública en el distrito. La norma, que se aplicará para todas aquellas personas naturales y/o jurídicas, establece que el inspector municipal constatará el abandono de un bien en desuso cuando se verifique la permanencia en la vía pública y/o espacio público por más de siete  días calendario bajo cualquiera de las siguientes condiciones: Leer más