El 26 de febrero vence el plazo para el pago de la cuota al contado y la primera cuota del Impuesto Predial en Surquillo

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Estas son las fechas de vencimiento del Impuesto Predial del ejercicio 2021 para el distrito de Surquillo:

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Dinero

Descuentos por el pago adelantado del Impuesto Predial y arbitrios en Surquillo

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construcción

Las edificaciones ampliadas, remodeladas o demolidas sin licencia en Surquillo se podrán regularizar desde el 12 de enero hasta el 30 de abril del 2021

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La Municipalidad Distrital de Surquillo establece, por medios de esta ordenanza, el beneficio de regularización de las edificaciones existentes en el distrito que hayan sido construidas, ampliadas, remodeladas o demolidas sin la correspondiente licencia de obra (del 1 de enero del 2017 hasta el 17 de setiembre del 2018) y, simultáneamente, la expedición de la Conformidad de Obra y la Declaratoria de Fábrica. ¿Quiénes podrán acogerse a este beneficio? Todas las personas naturales y jurídicas que acrediten propiedad mediante título inscrito en los Registros Públicos o minuta de compraventa legalizada con registro del número de partida y que hayan ejecutado la obra de edificación nueva, ampliación, remodelación o demolición desde el 1 de enero del 2017 hasta el 18 de septiembre del 2018. Para obtener la Licencia de Edificación en regularización, el predio deberá contar con proyecto de habilitación urbana aprobado; para la conformidad de obra y declaratoria de edificación, el predio deberá contar con recepción de obra aprobada. El predio, además, no deberá contar con cargas edificatorias inscritas en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), tampoco deberá ocupar áreas de uso público y, como mínimo, encontrarse en casco habitable. Se podrán acoger, además, los predios que no tengan una multa pendiente de cancelar por construir sin licencia de edificación, para ello se presentará el estado de cuenta emitido por la Gerencia de Rentas del predio que se pretende regularizar. Aquellos propietarios de edificaciones que no se acojan a los beneficios mencionados estarán afectos a las sanciones que establece el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) vigente del distrito de Surquillo, tal como lo determina el artículo 85 del Decreto Supremo N.° 029-2019-Vivienda, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. La presente ordenanza rige desde el 12 de enero hasta el 30 de abril del 2021. [MDS, Ord. Reg. 471-MDS, 12/01/2021]

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Ser ejemplo de vocación de servicio y de compromiso con los valores | El Código de Ética del Gobierno Regional de La Libertad

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Esta ordenanza regional, publicada hoy día en el Diario Oficial «El Peruano», aprueba el Código de Ética del Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, que consta de 22 artículos, divididos en cuatro capítulos y dos disposiciones finales. Según se establece en la norma edil, las disposiciones del se aplicarán a todos los consejeros regionales. De acuerdo con este código, que es una guía que inspira el comportamiento ético, los consejeros deben observar la mejor conducta en el desempeño de sus funciones y deben proyectar una buena imagen de acuerdo a su investidura, ser ejemplo de vocación de servicio y de compromiso con los valores que fundamentan el Estado Democrático de Derecho ante la población, así como de transparencia de su gestión. El código establece los principios, deberes y prohibiciones éticas que observarán los consejeros regionales en el ejercicio de su cargo y el incumplimiento será considerado como una infracción pasible de una sanción, conforme con el procedimiento de investigación previsto en el presente documento normativo. La Comisión de Ética del Consejo Regional elaborará el Reglamento del Código de Ética del Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, que deberá se aprobará mediante un acuerdo regional del Pleno del Consejo Regional. [GRL, Ord. Reg. 017-2020-GRLL/CR, 12/01/2021]

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Lurín aprueba costos de trámite para 142 procedimientos de edificaciones y habilitaciones urbanas

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El Callao flexibiliza los trámites para otorgar las licencias y autorizaciones

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Con la finalidad de facilitar el desarrollo de las inversiones y contribuir con la reactivación de la economía peruana afectada por la pandemia de la COVID-19, la Municipalidad Provincial del Callao (MPC) ordenó modificar los procedimientos administrativos de la Gerencia de Licencias y Autorizaciones, dependiente de la Gerencia General de Desarrollo Económico Local y Comercialización, contenidos en la Ordenanza Municipal N.° 026-2014, de acuerdo con el Anexo N° 01 que va adjunto al presente decreto de alcaldía. Esta decisión modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobado mediante la Ordenanza Municipal N.° 027-2014 y modificatorias, correspondiente a la Gerencia de Licencias y Autorizaciones, dependiente de la Gerencia General de Desarrollo Económico Local y Comercialización. [MPC, D. de Alc. 06-2020-DA/MPC, 9/01/2021]

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Descuento por pronto pago para los arbitrios municipales del 2021 en Pueblo Libre vence el 26 de febrero

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Esta ordenanza regula el otorgamiento de los beneficios de descuentos por pronto pago de los arbitrios municipales del ejercicio 2021 en el distrito de Pueblo Libre. El plazo fijado para acogerse vence el día 26 de febrero del 2021. Los contribuyentes, personas naturales, sociedades conyugales y sucesiones cuyo uso del predio sea casa habitación que opten por el pago al contado del Impuesto Predial y el pago adelantado de los arbitrios municipales correspondientes al ejercicio 2021, gozarán de los siguientes tramos de descuentos:

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Pueblo Libre fija cronograma para el pago del Impuesto Predial y arbitrios

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La Municipalidad Distrital de Pueblo Libre establece que los contribuyentes obligados al pago del Impuesto Predial del ejercicio 2021, pagarán como importe mínimo por dicho concepto el equivalente al 0,6% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente para el ejercicio 2021, cuyo monto asciende a S/ 26,40. Para el efecto, las fechas definidas son las siguientes:

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Medio ambiente

La cultura ecológica entra a Breña | Queda terminantemente prohibido arrojar desmonte en las áreas verdes del distrito

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La Ordenanza para la protección, prevención y desarrollo de una cultura ecológica en el distrito de Breña está compuesta por seis títulos, quince artículos y dos disposiciones finales. En efecto, en esta ordenanza la Municipalidad Distrital de Breña establece el marco normativo y los principios generales que fomentan el desarrollo de una cultura ecológica en el distrito. La norma municipal, que es de obligatorio cumplimiento para toda persona natural o jurídica, pública o privada en la circunscripción territorial, prohíbe, por ejemplo, arrojar desechos orgánicos, desmonte, escombros y cualquier clase de residuos, salvo las malezas producto del mantenimiento de las áreas verdes que ejecuta la municipalidad; realizar obras o instalaciones que puedan afectar directamente o inutilizar partes de una especie arbórea o afectar su crecimiento (puestos de vigilancia, cámaras de seguridad, casetas de control, quioscos, entre otros); disminuirlas o reemplazarlas por construcciones de concreto o similares; usar las áreas verdes como baños públicos o para realizar actos contra el pudor, la moral y las buenas costumbres; estacionar vehículos automotores o usarlas como cochera. En cuanto al manejo y la gestión de los residuos sólidos, la ordenanza señala que los vecinos deberán respetar y ajustarse al horario establecido para su recolección y colocarlos debidamente embolsados en el frontis de su propiedad. En el caso de edificios y condominios los residuos serán depositados directamente en el camión compactador. [MDB, Ord. 0548-2020-MDB, 8/01/2021]

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Ate anuncia y regula la disposición final de los vehículos motorizados y no motorizados internados en sus depósitos municipales

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La Municipalidad Distrital de Ate (MDA) fija las disposiciones aplicables para la disposición final de los vehículos motorizados y no motorizados en mal estado de conservación que se encuentran internados bajo la aplicación de medidas preventivas, provisionales o complementarias. La ordenanza recaerá sobre los vehículos menores motorizados o no motorizados comprendidos, a su vez, en la Ordenanza N.° 481-MDA y sus antecedentes (Ordenanza N.° 416-MDA y anteriores), que se encuentran internados en el Depósito Oficial Municipal Vehicular (DOMV) hasta el 31 de diciembre del 2019. Según explica la disposición municipal, será considerado en abandono el vehículo menor motorizado o no motorizado internado en el DOMV en aplicación de una medida preventiva, provisional o complementaria dispuesta en los procedimientos de fiscalización del transporte, siempre que el propietario no haya solicitado su liberación cumpliendo con lo establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y demás disposiciones vigentes. El abandono del vehículo menor ingresado al DOMV se produce cuando no se ha liberado un vehículo menor motorizado o no motorizado internado en un plazo máximo de 30 días hábiles, contados a partir de la fecha en que la resolución de sanción queda firme, para solicitar el retiro del vehículo, previo pago de la multa y la cancelación de los derechos correspondientes. Una vez declarado el abandono de los vehículos menores, la Sub Gerencia de Control, Operaciones y Sanciones realizará la entrega de estos bienes a la Gerencia de Gestión Ambiental y Ornato, que dentro de sus atribuciones procederá a su disposición final. [MDA, Ord. 541-MDA, 8/01/2021]

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