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La empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima (Sedapal) es la entidad encargada de la operación total de la dotación de los servicios de saneamiento (agua y desagüe) de todos los hogares en los 43 distritos que conforman la ciudad. Por otro lado, las diferentes municipalidades distritales de Lima han presentado a la municipalidad metropolitana, al amparo de lo establecido en la Ordenanza N.° 1862-MML, sus propuestas de reajuste integral de zonificación y planes específicos con la finalidad, entre otras, de contar con un instrumento de gestión territorial que permita lograr el saneamiento y la calidad de vida con la dotación de servicios de agua y desagüe, ordenamiento y sinceramiento de los usos del suelo para formalizar actividades económicas, promoción del desarrollo de nuevos proyectos que permitan dinamizar y potenciar áreas urbanas para la inversión y, como consecuencia de ello, obtener nuevas rentas para las municipalidades. Así pues, la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) modifica el artículo 20 (Aprobación del reajuste integral de la zonificación general de Lima y los planos de zonificación distrital) del Capítulo III (Zonificación de los usos del suelo de Lima Metropolitana) y los artículos 24 (Contenido del plan específico) y 25 (Órgano responsable y aprobación) del Capítulo IV (Planes específicos derivados del Plan Metropolitano de Desarrollo Urbano) de la Ordenanza N.° 1862-MML, ordenanza que «Regula el proceso de planificación del desarrollo territorial urbano del área Metropolitana de Lima», de fecha 23 de diciembre del 2014. La ordenanza da cuenta que, ante la carencia de recursos operativos del Instituto Metropolitano de Planificación para atender la abundante carga de estudios técnicos, es conveniente convocar al Colegio de Arquitectos del Perú – Consejo Nacional, como entidad que agrupa a los profesionales especializados en temas de planificación territorial y urbana, para suscribir un Convenio de Cooperación Interinstitucional que permita agilizar y contar con los informes de evaluación técnica definitivos de los profesionales designados para cumplir con los plazos administrativos establecidos. Los procesos de Reajuste de Zonificación y Plan Específico presentados a la MML, antes de la entrada en vigencia de la presente ordenanza, podrán acogerse a las disposiciones contenidas en la presente norma. [MML, Ord. 2288, 17/01/2021]
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