Corrija la numeración | Se enmienda el número del decreto que ordena revisar la información del registro sindical de construcción civil

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo publicó una fe de erratas del decreto supremo que ordena revisar toda la información contenida en el registro sindical de construcción civil. Según lo rectificado, el número correcto de la norma es Decreto Supremo N.° 004-2025-TR y no Decreto Supremo N.° 005-2025-TR. [MTPE, Fe de Erratas – D. S. 005-2025-TR, 21/05/2025]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Fe de Erratas – D. S. 005-2025-TR

Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XLII, N.° 18602.

Entidad: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: entra en vigencia a partir del 21 de mayo del 2025.

Fe de erratas: rectifica el número correcto del inicial Decreto Supremo N.° 005-2025-TR, la norma es Decreto Supremo N.° 004-2025-TR.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Decreto Supremo N.° 005-2025-TR, Decreto supremo que aprueba medidas para la revisión de la información contenida en el registro sindical correspondiente a las organizaciones sindicales de construcción civil.

Información relacionada:

+ Depuración total | Gobiernos regionales revisarán toda la información contenida en el registro sindical de construcción civil. [MTPE, D. S. 005-2025-TR, 9/05/2025]

¡Atención! | Vivienda saca a consulta pública su virtual decreto para modificar el reglamento de notificación electrónica de la SBN

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Anote las horas | San Bartolo fijó el horario para la ejecución de obras de edificación

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La Municipalidad Distrital de San Bartolo (MDSB) fijó el horario para la ejecución de obras de edificación u obras conexas en vía pública, así como para los aspectos relacionados con la instalación de carteles informativos y cercos de seguridad en ellas. La disposición municipal resulta de obligatorio cumplimiento para todas las personas naturales o jurídicas, así como para las entidades de sector público que ejecuten estas obras en vía pública y que cuenten con la respectiva licencia de edificación y/o autorización de ejecución de obras en áreas de uso público, de acuerdo con la normativa aplicable. Para tal efecto, el artículo cuarto precisa los siguientes horarios: Leer más

Sunarp seguirá usando la plataforma de autenticación del Reniec para el acceso al servicio gratuito «Conoce Aquí»

Se aprobó el uso de la «Plataforma de Autenticación de la Identidad Digital Nacional ID-Perú» del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) para validar la identidad digital de los ciudadanos peruanos que accedan al servicio gratuito «Conoce Aquí». Será la Oficina General de Tecnologías de la Información la encargada de implementar las funcionalidades pertinentes en el servicio gratuito «Conoce Aquí». Luego, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) dispone la ampliación de hasta cinco consultas de partidas registrales por día respecto a cada ciudadano que, mediante su Documento Nacional de Identidad (DNI) y conforme con el proceso de identificación digital, acceda al servicio registral gratuito. Leer más

Miraflores fija las condiciones para evaluar las solicitudes de sustitución de pagos pendientes de multas administrativas

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La Municipalidad Distrital de Miraflores (MDM) dictó los lineamientos y las condiciones para evaluar las solicitudes de sustitución de pagos pendientes de multas administrativas, derivadas de procedimientos sancionadores, en concordancia con lo señalado en el artículo 13 de la Ordenanza N.° 660-MM, Ordenanza que establece beneficios para el pago voluntario de las multas administrativas. La medida, que pretende ser una alternativa para lograr la cancelación de las multas administrativas pendientes de pago, se aplica para el distrito de Miraflores y es de cumplimiento obligatorio para todas las unidades de organización que conforman la municipalidad distrital. Sin embargo, el artículo cuarto de la ordenanza precisa que no podrá solicitar la sustitución del pago de las multas el administrado que cuente con multas administrativas pendientes de pago, cuyos códigos de infracción se encuentran dentro de la línea de acción denominada: 1.- Edificaciones construcciones y afines/Licencias y edificaciones privadas, señaladas en el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas, aprobado mediante la Ordenanza N.° 480/MM y modificatorias. [MDM, D. de Alc. 005-2025-MM, 15/05/2025] Leer más

El Sinia | Así se atenderán las denuncias ambientales en La Perla

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El día 13 de mayo del 2025, se oficializó el Reglamento para la atención de denuncias ambientales presentadas ante la Municipalidad Distrital de La Perla (MDLP). La ordenanza encarga el cumplimiento de lo dispuesto a la Gerencia de la Gestión Ambiental, a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y a la Subgerencia de Control Urbano y Fiscalización Tributaria. Además, la Gerencia de Gestión Ambiental deberá remitir un listado que detalle las denuncias recibidas y los resultados obtenidos al Servicio Nacional de Información Ambiental (Sinia) del Ministerio del Ambiente (Minam). [MDLP, Ord. 05-2025-MDLP, 13/05/2025] Leer más

Operaciones no reales: guías de remisión sustentarían que el verdadero proveedor de los materiales de construcción es quien emitió la factura

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Tribunal Fiscal | Impuesto General a las Ventas. En el caso, la administración tributaria reparó el crédito fiscal del IGV al amparo del inciso b) del artículo 44 de la Ley del Impuesto General a las Ventas correspondiente a las facturas emitidas por la compra de diversos materiales de construcción que realizó la recurrente, tales como, rastrillos, combas, carretillas, winchas, escaleras telescópicas, reglas de aluminio, cortadoras de concreto, fierro corrugado, pegamento PVC, rollos de alambre, filtros de aire, filtros de motor, filtros de gasolina, cajas de aceite, entre otros. Conforme con su criterio establecido en la RTF 02104-5-2017, el Tribunal Fiscal (TF) precisa que, en el caso del inciso b) del citado artículo 44, los contribuyentes deben demostrar con la documentación pertinente en forma fehaciente y razonable que las operaciones en efecto se han realizado con el emisor que figura en el comprobante de pago. Leer más

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