Habrá infracción a la debida motivación si se omite pronunciarse y dar respuesta a todos y cada uno de los fundamentos de apelación postulados
En el distrito del Rímac se establecen los horarios que observarán obligatoriamente los propietarios, compañías constructoras, profesionales, personas naturales o jurídicas, para la realización de obras de edificaciones privadas y trabajos de acondicionamiento y/o refacción en propiedad privada con licencia de edificación y en vía pública siempre que se relacionen con obras privadas autorizadas. La ordenanza señala que el propietario, la constructora y el residente de obra del proyecto en ejecución son los responsables de la correcta y estricta aplicación de lo que señala la norma municipal y demás normas aplicables, y que el responsable de obra permanecerá en ella durante el horario de trabajo que establece y solo tendrá una obra bajo su cargo en el distrito. Leer más
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