Única vez | La libre disponibilidad del total de la CTS regirá hasta fines del 2024

El día de hoy, 17 de mayo del 2024, se oficializó la ley que autoriza, por única vez y hasta el 31 de diciembre del 2024, a los trabajadores comprendidos dentro de los alcances del Texto Único Ordenado (TUO) del Decreto Legislativo N.° 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, aprobado por el Decreto Supremo N.° 001-97-TR, a disponer libremente del 100 % de los depósitos por Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) efectuados en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha de disposición. El Poder Ejecutivo (PJ) deberá dictar el reglamento de la presente ley en el plazo máximo de diez días calendario contados desde su entrada en vigor. [PL, Ley 32027, 17/05/2024]Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Ley que autoriza a los trabajadores la libre disposición del cien por ciento de la Compensación por Tiempo de Servicios a fin de cubrir sus necesidades por causa de la actual crisis económica

Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.° 17908.

Entidad: Congreso de la República (PL).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 18 de mayo del 2024.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Decreto Supremo N.° 001-97-TR, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N.° 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios.

Información relacionada: ninguna.

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