La Sunat regula el servicio «Pagos sin Clave SOL» y habilita la generación de diversos Formularios – Boleta de Pago a través de este canal

El domingo la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) oficializó la resolución que aprueba el servicio «Pagos sin Clave SOL», disponible en Sunat Virtual, que permitirá efectuar el pago de lo siguiente:

(1) Obligaciones tributarias correspondientes a contribuyentes obligados a cumplirlas utilizando su documento de identidad: Impuesto a la Renta (Rentas de fuente peruana de sujetos no domiciliados), las contribuciones al ESSALUD o a la ONP y las multas asociadas a dichos tributos, el monto que resulte de la diferencia entre la regularización de aportes a la ONP y la devolución al Sistema Nacional de Pensiones de aportes obligatorios al Sistema Privado de Pensiones a que se refiere el numeral 2.2.2 del artículo 2° de la Resolución N.º 105-2001/Sunat y la devolución del saldo excedente a que se refiere el literal m) del párrafo 1.1 del artículo 1° de la Resolución N.º 121-2018/Sunat.

(2) Realizar el pago de tributos administrados y/o recaudados por la Sunat, que no formen parte de la deuda tributaria aduanera y siempre que se trate de los mismos supuestos por los cuales se emite el Formulario N.º 1662 – Boleta de Pago, las multas, las deuda(s) asociada(s) al número de pago Sunat (NPS) a que se refiere el inciso e) del artículo 1° de la Resolución N.º 038-2010/Sunat y otros conceptos, siempre que mediante resolución de superintendencia se haya dispuesto o se disponga que su pago puede ser efectuado a través de Sunat Virtual.

(3) Realizar la declaración y el pago de los aportes facultativos a la ONP.

(4) Consultar los formularios que se generen a través de este servicio.

Para el acceso al servicio Pagos sin Clave SOL, por primera vez, se deberá seleccionar la opción relativa a este, ubicada en Sunat Virtual, y consignar la información que detalla esta norma.

Además, a partir de la entrada en vigencia de esta resolución (1 de diciembre del 2022), la Sunat habilitará la generación de diversos Formularios – Boleta de Pago a través de este canal. [Sunat, R. 000251-2022/Sunat, 27/11/2022]

Ficha legal de la noticia: 

Sumilla y ubicación oficial de la norma: 

Regulan el servicio “Pagos sin Clave SOL” y habilitan la generación de diversos Formularios – Boleta de Pago a través de este canal 

Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XXXIX, N.º 16936.

Entidad: Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 1 de diciembre del 2022.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX: 

Concordancias y antecedentes: 

* Resolución N.º 105-2001/Sunat.

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