Atención, Surco | Lima declara de emergencia y de interés metropolitano la continuación de la avenida Paseo de la Castellana

La Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) decidió declarar en emergencia y de interés metropolitano la intervención para el «Mejoramiento y ampliación del servicio de movilidad urbana en la Av. Paseo de la Castellana, tramo Jr. Carabelas – Jr. Teniente Diego Ferré, distrito de Santiago de Surco de la provincia de Lima del departamento de Lima», mediante el proyecto de inversión con Código de Idea N.° 375446, a fin de garantizar la seguridad de los usuarios y la transitabilidad del transporte público y particular en toda la extensión del proyecto, en aras de mejorar la calidad de vida de los ciudadanos. La Empresa Municipal de Apoyo a Proyectos Estratégicos S.A. (Emape) queda autorizada para la ejecución de obras de mejoramiento y ampliación del servicio de movilidad urbana en el área declarada. La Gerencia de Fiscalización y Control de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en coordinación con la Procuraduría Pública Municipal, realizará la defensa posesoria y/o las acciones legales que fueran necesarias para consolidar la propiedad municipal de los terrenos afectados por las expropiaciones comprendidas entre el tramo de la Av. Paseo de la Castellana (tramo Jr. Carabelas – Jr. Teniente Diego Ferré, del distrito de Surco). [MML, Ord. 2758-MML, 3/08/2025] Leer más

El nuevo reglamento del régimen del fraccionamiento de multas impuestas por el Indecopi

Este domingo último, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) aprobó su nuevo Reglamento del Régimen del Beneficio de Fraccionamiento de multas. La medida fue adoptada mediante la Resolución N.° 000085-2025-GEG-Indecopi y, con ella, se regula el régimen del beneficio de fraccionamiento para el pago de las multas impuestas por los órganos resolutivos del Indecopi, tanto en lo que respecta a su otorgamiento o denegatoria como sobre su pérdida o finalización, a fin de optimizar y facilitar el cumplimiento espontáneo del pago de las multas. El texto completo de la publicación se realiza en el portal institucional del Indecopi (www.indecopi.gob.pe). [Indecopi, R. 000085-2025-GEG-Indecopi, 3/08/2025] Leer más

Sección Segunda del reglamento de organización y funciones del Mincetur

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Esta es la información que publicará el Observatorio Logístico de Comercio Exterior

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La lista de los puntos de origen y destino frecuentes en el marco del Mislo

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DUA, comercio

Separatas especiales: nuevas versiones para la importación de bienes para el consumo en la Amazonía y para el protocolo con Colombia

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Información completa | El «Síguelo Plus» permitirá seguir todo el trámite del recurso de apelación registral

Entre las funciones registrales que cumple el «Síguelo Plus» se encuentra la trazabilidad integral del título, que involucra el trámite del recurso de apelación a efectos que el Tribunal Registral (TR) emita pronunciamiento sobre una observación, liquidación o tacha de solicitud de inscripción por parte de la primera instancia registral. Sin embargo, la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunarp) advierte que, presentado el recurso de apelación, el «Síguelo Plus» no está reflejando la trazabilidad de la recepción del recurso impugnatorio por el registrador público para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 152 del Texto Único Ordenado (TUO) del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por la Resolución N.° 126-2012-Sunarp-SN y sus modificatorias, tratándose de títulos físicos; así como, tampoco se visualiza las resoluciones de prórroga excepcional que, conforme al artículo 159 de dicho cuerpo normativo, emite la presidencia del Tribunal Registral respecto al plazo de treinta (30) días hábiles con que cuenta la sala para resolver. En ese contexto, la Sunarp realiza las adecuaciones técnicas a la plataforma «Síguelo Plus», para que el administrado cuente con información completa, oportuna y permanente sobre el recorrido que lleva el recurso de apelación una vez interpuesto, lo que involucra su recepción por parte del registrador público, su derivación a la secretaría del tribunal, el acceso a las resoluciones de prórroga excepcional expedidas por la presidencia del tribunal, de ser el caso, hasta la resolución que resuelve el recurso de apelación. En síntesis, las mejoras funcionales aprobadas en la plataforma «Síguelo Plus» permitirán al administrado visualizar la siguiente información referida al trámite del recurso de apelación: Leer más

Camino a la OCDE | Cambios a la ley del gobierno digital

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  Como en la actualidad existe una gestión heterogénea de los documentos electrónicos en las entidades públicas debido a la falta de estandarización en los metadatos, formatos y estándares y una diversidad de aplicativos de gestión documental que se encuentran en distintos niveles de madurez, lo que dificulta la seguridad y adecuada interoperabilidad para el intercambio de datos e información entre entidades públicas, ámbitos fundamentales para lograr el gobierno y la transformación digital en la Administración Pública; el Poder Ejecutivo precisa las reglas para el uso y funcionamiento de los bloques básicos para la interoperabilidad técnica por parte de las entidades públicas y las entidades a cargo de un determinado bloque, a fin de garantizar el uso adecuado de estos en condiciones de seguridad, así como impulsar el despliegue, masificación y adopción de forma ágil de dichos bloques. Leer más

Lince perfecciona ordenanza que establece acciones frente a daños a predios de terceros causados por obras de edificación

La Municipalidad Distrital de Lince (MDL) modifica el artículo cuarto (Constatación de daños materiales) y sexto (Reparación de daños) de su Ordenanza N.° 504-2024-MDL para establecer que, de comunicar y acreditar el propietario del inmueble afectado, la ocurrencia de daños materiales ocasionados por la ejecución de obras de edificación o demolición, la Subgerencia de Fiscalización Administrativa realizará una inspección para verificar los daños materiales ocasionados y, de existir, dispondrá la paralización de la obra, de acuerdo con las funciones que se le atribuye en el ROF. Asimismo, comunicará al titular de la licencia de edificación la obligación del cumplimiento de la Declaración Jurada de Compromiso de Reparación de Daños presentada. De requerirlo, la Subgerencia de Fiscalización Administrativa solicitará la intervención de la Subgerencia de Gestión de Riesgo de Desastres, para que realice en el inmueble afectado una inspección en materia de seguridad y riesgo, para ello, el propietario del predio afectado brindará las facilidades del caso. El titular de la licencia de edificación y el propietario del inmueble afectado acordarán un cronograma de trabajo de reparación de daños materiales, cronograma que se comunicará a la Subgerencia de Fiscalización Administrativa, una vez verificado su cumplimiento o subsanación, la citada subgerencia levantara la medida de paralización de la obra. En caso que el propietario del inmueble afectado negará el ingreso al mismo, para efectuar los trabajos de reparación, el titular de la licencia de edificación podrá presentar una constatación notarial de la negativa. [MDL, Ord. 530-2025-MDL, 1/08/2025] Leer más

Conducción y coordinación | La Política Nacional de Pesca al 2040

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