Sin multas ni intereses | Barranco celebra sus 150 años de creación con beneficios tributarios

Con la dación de esta ordenanza, se oficializa el programa de inducción a la presentación de la declaración jurada de predios «Por los 150 años de Barranco, ¡Declara ya 2024! y ahorra», estos incentivos tributarios están dirigidos a personas naturales o jurídicas que tengan un predio en calidad de propietario o cuando no haya sido posible la determinación del propietario, según lo dispuesto en las normas tributarias vigentes, se inscribirá al posesionario debidamente acreditado, respecto al predio que se encuentre pendiente de inscripción, en calidad de contribuyente en la municipalidad, siempre y cuando se encuentren dentro de los alcances y las condiciones establecidas en el presente dispositivo. Asimismo, la ordenanza busca coadyuvar a que la persona natural o jurídica interesada esté preparada frente al riesgo de la presentación al registro de documentos falsificados o basados en suplantación de personas en la celebración de los actos jurídicos presentados. El artículo tercero de esta ordenanza, que estará vigente hasta el 24 de noviembre, precisa que los requisitos para acogerse a lo establecido son los siguientes: Leer más

Buque de investigación | Más de cuarenta millones de soles para que el Imarpe impulse la investigación científica hidrobiológica

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El Perú ratifica el acuerdo con Corea sobre servicios aéreos

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Dinero

Banco de Inversiones | Vivienda incluye en la Preset una etapa de revisión de los registros de inversión

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) modifica las «Condiciones y requisitos de elegibilidad, admisibilidad a trámite y la evaluación de calidad técnica de las inversiones registradas en la Plataforma de Registro, Evaluación y Seguimiento de Expedientes Técnicos (Preset) del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento», aprobadas por la Resolución Ministerial N.° 208-2024-Vivienda, a fin de incluir en dicho instrumento una etapa de revisión de los registros de la inversión en el Banco de Inversiones, a cargo de la Oficina de Inversiones, así como realizar precisiones que faciliten su aplicación; propuesta que también cuenta con la conformidad de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo (DGPRVU) y de la Oficina General de Monitoreo y Evaluación del Impacto (OGMEI). En concreto, se modifican los artículos 1°, 5°, 6°, 9°, 12, 18 y la primera, cuarta y quinta disposición complementaria final de la Resolución Ministerial N.° 208-2024-Vivienda. Además, con esta misma resolución, se deroga la Séptima Disposición Complementaria Final. [MVCS, R. M. 422-2024-Vivienda, 8/11/2024] Leer más

Tres días laborables y tres días feriados | El teletrabajo se impone durante la semana de la APEC

Mediante el Decreto Supremo N.° 110-2024-PCM, en fecha pasada, el Gobierno declaró los días jueves 14, viernes 15 y sábado 16 de noviembre del 2024 como días no laborables en Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, para los trabajadores de los sectores público y privado. Ahora, si bien durante estos días se realizará el evento principal del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC), el Ejecutivo decide adoptar medidas de diversa naturaleza para la atención y seguridad de los líderes de las economías que asistirán, altos dignatarios, así como de los integrantes de delegaciones oficiales y visitantes durante la Semana de Líderes del APEC; por lo que, modifica el Decreto Supremo N.° 110-2024-PCM, con el objeto de disponer el desarrollo de la modalidad laboral de teletrabajo para los días 11 al 13 de noviembre de 2024, a fin de facilitar la implementación de dichas medidas. Además, como se tiene prevista la inauguración del Megapuerto de Chancay, ubicado en la provincia de Huaral, el Gobierno extiende la declaración de días no laborables a dicha provincia y, con ello, facilitar la implementación de las medidas y acciones necesarias que garanticen el correcto funcionamiento del megapuerto. [PCM, D. S. 123-2024-PCM, 8/11/2024] Leer más

Mejorar la seguridad y el ornato | La Molina regula el cerramiento o delimitación de terrenos rústicos inhabitados

La Municipalidad Distrital de La Molina (MDLM) dictó esta ordenanza para regular la instalación de cerramientos o delimitaciones en terrenos rústicos inhabitados, sin puertas, ni accesos, para preservar su seguridad y ornato; así como, el medio ambiente. La norma municipal, que se aplicará a toda persona natural o jurídica propietaria de un terreno rústico inhabitado o a terceros que brinden el servicio en el distrito, señala que los cerramientos o delimitaciones que se instalen tendrán una altura máxima de 1,50 ml., cuando se utilice cerco vivo (especies arbustivas) y de 2,10 ml., cuando se utilice materiales (alambre de púas o malla raschel). Los cerramientos o delimitaciones perimetrales se instalarán utilizando cercos vivos (especies arbustivas) y/o con materiales como alambre de púas o malla raschel, conforme se detalla en el Anexo 2, que forma parte integrante de la presente ordenanza. Leer más

Actualización normativa | Los nuevos RASA y CISA de la Municipalidad Distrital de La Molina

Con la dación de esta ordenanza, se aprobó el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas (CISA) de la Municipalidad Distrital de La Molina (MDLM). Además, la comuna faculta al señor alcalde para que, mediante decreto de alcaldía, establezca las normas reglamentarias y de aplicación de la presente ordenanza, de ser necesarias. La norma señala que en todo lo no previsto se regirá supletoriamente por las disposiciones contenidas en el TUO de la Ley N.° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, y sus modificatorias; la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y sus modificatorias; la Ley N.° 26979, Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva y sus modificatorias, su reglamento y demás normas vigentes. Leer más

Las seis concesiones mineras entregadas por el Gobierno Regional de Tacna

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El pago al cliente producto de una conciliación extrajudicial por disconformidad con el inmueble deberá cumplir con el principio de causalidad

Tribunal Fiscal | Impuesto a la Renta. Con relación al pago producto de una conciliación extrajudicial a la cliente de una empresa inmobiliaria (recurrente), por disconformidad con la cocina del departamento que le entregaron; el Tribunal Fiscal (TF) señala que, pese haber sido requerida, la recurrente no ha sustentado con la documentación respectiva que el importe entregado por la transacción extrajudicial guardara relación con la generación de renta o el mantenimiento de la fuente (causalidad). Si bien la inmobiliaria afirma que este monto se otorgó a fin de evitar una contingencia futura ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) que perjudicara su imagen a causa del reclamo, tal hecho no ha sido acreditado, pues la recurrente no ha presentado documentación que demuestre la existencia de reclamo alguno de la cliente, por ejemplo, comunicaciones o cartas entre ambas partes relacionadas a dicho asunto, tratativas para llegar a un acuerdo o cualquier documentación que evidencie la obligación de la recurrente de resarcir a la citada cliente y, por ende, incurrir en dicha erogación. Al encontrarse arreglado a ley el reparo de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), el tribunal procede a confirmar la apelada en este extremo. (V. P. Flores Talavera) [TF, RTF 08010-4-2023, 22/09/2023] Leer más

Nueva guía para evaluar sitios contaminados y elaborar planes dirigidos a la remediación

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