Para fines de la deducción de pérdidas extraordinarias, la inutilidad de ejercer acción judicial la declara el fiscal

La interpretación correcta del artículo 37 del inciso d) del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, que regula los gastos deducibles por pérdidas extraordinarias, según la Corte Suprema (CS), consiste en que, para demostrar la inutilidad de ejercer la acción judicial, la prueba principal lo constituye la declaración de inutilidad efectuada por el fiscal como titular de la acción penal por mandato constitucional. Leer más

Es indebido condicionar la imposición de una comparecencia restrictiva a un requerimiento primigenio de prisión preventiva

La comparecencia simple está prevista en el artículo 286 del CPP; y la comparecencia restrictiva, en el artículo 287 del código adjetivo. Tal como explica la Corte Suprema (CS), «la imposición de esta forma de comparecencia en el proceso penal está condicionada a la existencia de un peligro procesal -peligro de fuga o de obstaculización de la averiguación de la verdad- de menor intensidad que la requerida para la imposición de una prisión preventiva, esto es, la existencia de un peligro de mediana intensidad, toda vez que, ante la inexistencia de esta, queda fuera de toda duda que el juzgador impondría comparecencia simple» (sic). Leer más

Salvar los lotes con dimensiones menores a lo establecido | Cuando el cálculo de área de aporte sea menor al área mínima requerida, se podrá redimir en dinero

Vivienda | Opinión vinculante. El dos de abril del 2019, la autoridad de vivienda resolvió algunas dudas sobre la aplicación de la Ley N.° 26878, Ley General de Habilitaciones Urbanas, y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N.° 010-2005-Vivienda, normas que a la fecha se encuentran derogadas. En sus respuestas, la autoridad alcanzó las siguientes conclusiones: Leer más

La Ley del Impuesto a la Renta no establece una depreciación diferenciada para los componentes de los edificios

La demandante de este caso, al realizar una depreciación diferenciada de su inmueble, consideró que determinados activos (escaleras eléctricas, ascensores, puertas levadizas, sistemas de iluminación, entre otros) calificaban como «otros bienes del activo fijo» y debían ser depreciados con la tasa del 10 % y no la del 5 % correspondiente a «edificios y construcciones». Leer más

Inmuebles ubicados en las avenidas Nicolás Dueñas, Meiggs, Materiales | Se oficializa la modificación del Plano de Zonificación del Cercado de Lima

La Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) oficializó la modificación del plano de zonificación del Cercado de Lima, aprobado mediante la Ordenanza N.° 893-MML, del 27 de diciembre del 2005, de Industria liviana (I2), Residencial de densidad media (RDM) y Comercio zonal (CZ) a Zona de Reglamentación Especial (ZRE), para los inmuebles ubicados entre las avenidas Nicolás Dueñas, Enrique Meiggs, Materiales y la Calle 2, así como entre la avenida Nicolás Dueñas y los jirones Pedro Gárezon y José Celendón. Además, aprueba la Reglamentación especial propuesta en el Plan específico para los predios cuya zonificación se modifica a Zona de Reglamentación Especial (ZRE) en el artículo precedente, el Plano de trama vial y secciones viales de la Zona de Reglamentación Especial y el Plano de Niveles de Intensidad de Uso de la Zona de Reglamentación Especial. [MML, Ord. 2540, 27/04/2023] Leer más

Son intangibles las fajas marginales de los ríos y quebradas de las cuencas hidrográficas del Chillón, Rímac y Lurín

Esta ordenanza de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) declaró intangibles las fajas marginales de los ríos y quebradas de las cuencas hidrográficas del Chillón, Rímac y Lurín; así como, de las zonas de riesgo no mitigable de la provincia de Lima, determinadas por la Autoridad Nacional del Agua (ANA) y por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), debidamente delimitadas en 23 áreas que, como anexos N.° 1, N.° 2 y N.° 3, forman parte de la presente ordenanza. Leer más

Notario

Seis meses de plazo perentorio y amnistía de multas para extranjeros en situación migratoria irregular

El día de hoy se oficializó la ley que otorga una amnistía de multas por el plazo improrrogable de seis meses, contados a partir de la entrada en vigor de la presente ley, para las personas extranjeras con conducta infractora de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del Decreto Legislativo N.° 1350, Decreto Legislativo de Migraciones. Leer más

El Gobierno Regional de Huancavelica declara de interés la conservación de sus bosques

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:
El Gobierno Regional de Huancavelica declaró de Interés Público Regional la Conservación de la Diversidad Biológica y los Valores Ecosistémicos de los Bosques Altimontano (Pluvial) de Yunga de Ampurco, Bosques y Cataratas Naturales de Yananyac, Micuyurcco y Ramucucho, y Cerro Ucumari del Distrito de Salcahuasi, Surcubamba, Tintay Puncu y Roble, Provincia de Tayacaja. Estos bosques son hábitat de formidable flora y fauna silvestre. Leer más

Barranco actualiza su procedimiento para ampliar la autorización para obras de instalación de infraestructura no vinculada a telecomunicaciones en áreas de uso público

Con esta ordenanza, la Municipalidad Distrital de Barranco (MDB) establece el procedimiento para los trámites de ampliación de autorización en área de uso público para la realización de obras de instalación, ampliación o mantenimiento de infraestructura para prestación de servicios públicos (no vinculados a telecomunicaciones) en el distrito. Según el artículo séptimo de la norma, los requisitos son los siguientes: Leer más

Conjuntos residenciales, quintas… | Nuevos valores máximos de la Vivienda de Interés Social

A propuesta de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) actualiza los valores máximos de la Vivienda de Interés Social (VIS) en la modalidad de aplicación de adquisición de vivienda nueva. Los nuevos valores quedan establecidos de la siguiente manera: unifamiliar, hasta S/ 102 800 y Edificio multifamiliar/conjunto residencial/quinta, hasta S/ 128 400. [MVCS, D. S. 003-2023-Vivienda, 26/04/2023] Leer más