San Borja modifica su TUSNE

La Municipalidad Distrital de San Borja modifica el Cuadro del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE), aprobado con Resolución de Alcaldía N° 236-2019-MSB-A para considerar los servicios a cargo de la Unidad de Determinantes de la Salud y Gestión de Servicios y de la Gerencia de Salud Pública. Esta norma deja sin efecto la Resolución de Alcaldía N° 333-2019-MSB-A de fecha 25 de noviembre del 2019 y la Resolución de Alcaldía N° 019-2020-MSB-A de fecha 20 de enero del 2020. Los cambios se publican en el Portal de Transparencia Institucional www.munisanborja.gob.pe. [MSB, R. de Alc. 202-2020-MSB-A, 8/10/2020]

Ficha:
Vigencia: 9/10/2020.
Modificaciones y derogaciones: deroga la Resolución de Alcaldía N° 333-2019-MSB-A y Resolución de Alcaldía N° 019-2020-MSB-A.
Información relacionada: notiLEX 0545, notiLEX 0642notiLEX 0674.

Hasta el 31 de octubre vecinos de Ate podrán acceder a beneficios tributarios y no tributarios

La Municipalidad Distrital de Ate establece beneficios tributarios y no tributarios dentro de su jurisdicción, para aquellas personas naturales o jurídicas que mantengan obligaciones pendientes de cancelación, inclusive si están en la vía ordinaria, coactiva o fraccionada. El beneficio alcanza a las obligaciones correspondientes a los años 1999 al 2020, obligación vencida de acuerdo con su periodicidad y exigibilidad, de ser el caso, por concepto de Impuesto Predial, Impuesto a los Espectáculos Públicos No Deportivos, Impuesto a los Juegos, arbitrios de limpieza pública, barrido de calles y recojo de residuos sólidos, arbitrios de parques y jardines y arbitrios de serenazgo y las multas.
Entre otros, los beneficios son:
A) Pago al contado:

1) De las deudas tributarias en general: condonación del 100% de los intereses moratorios, reajustes de las deudas originadas por los conceptos comprendidos en el artículo anterior; Así como la condonación del 100% de las costas y gastos que contengan deuda en estado coactivo.

2) Arbitrios municipales: solo periodo 2020

2.1.- Descuento del 20% del insoluto de los arbitrios municipales 2020; si cancelan la totalidad del Impuesto Predial 2020.

2.2.- Descuento del 15% del insoluto de los arbitrios municipales 2020; si cancela una de las cuotas 1ra, 2da ó 3ra cuota del Impuesto Predial 2020.

3) De los arbitrios municipales: periodo 1999 hasta 2019

Los arbitrios municipales tendrán una condonación de un porcentaje del monto insoluto por cada año; si cancelan la totalidad del Impuesto Predial del año a cancelar, según el cuadro que se publica en la presente ordenanza.

4) De las multas tributarias:

4.1.- Si la multa tributaria no supera 1 UIT del año en que se impuso, los contribuyentes pagarán la suma de S/ 5.00 soles; condonándose el monto restante.

4.2.- Si, la multa tributaria supera 1 UIT del año en que se impuso, los contribuyentes pagarán la suma de S/ 100.00 soles; condonándose el monto restante.

5) Predios fiscalizados: se contemplad en los beneficios establecidos en la presente ordenanza, las deudas generadas o que se generen como resultado de los procesos de fiscalización tributaria. La presente ordenanza estará vigente hasta el 31 de octubre. [MDSL, Ord. 540-MDA, 8/10/2020]

Ficha:
Vigencia: 9/10/2020.
Modificaciones y derogaciones: ninguna.

SAT de Lima amplía vigencia de beneficios tributarios y no tributarios hasta el 30 de noviembre

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) de Lima amplía la vigencia de los descuentos de entre 45% y 95% hasta el 30 de noviembre, para que los ciudadanos realicen los pagos vencidos de papeletas, multas, intereses y tributos. Mediante esta medida, publicada en el diario oficial, a través del Decreto de Alcaldía N° 14, los contribuyentes podrán acceder a diferentes facilidades en el pago de deudas tributarias y no tributarias, correspondientes al 2020 y años anteriores. Los abonos los podrán realizar al contado, en una sola cuota, y mediante cualquier medio de pago establecido por el SAT de Lima. También se podrán fraccionar, siempre que la primera cuota se cancele el día de la suscripción.

Beneficios no tributarios

La entidad recaudadora otorga descuentos de entre 65% y 85% a quienes cancelen al contado las sanciones impuestas por infracciones de tránsito, transporte de carga y vehículos menores, así como multas administrativas.

Sobre los pagos fraccionados, los ciudadanos podrán acceder a hasta un 70% de descuento, monto que se calculará de acuerdo con el año en que se generó la deuda, y que será válido únicamente para las sanciones impuestas hasta el 2019.

Las infracciones relacionadas con el transporte público se cancelan ante la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU).

Beneficios tributarios

En el pago al contado de tributos municipales, el SAT también descontará entre 45% y 95% sobre el interés moratorio de la deuda y cuando se trate de arbitrios municipales y multas tributarias, entre 5% y 45% sobre el saldo insoluto. Los contribuyentes que quieran fraccionar dichos pagos obtendrán hasta el 45% de rebaja según el monto a cancelar. También se descontará el 100% de los intereses respecto de los tributos vencidos durante este año y se otorgará un descuento adicional del 10% sobre el saldo insoluto de arbitrios municipales 2020 si el pago se realiza a través de canales virtuales o alternativos, dentro de los plazos respectivos. Asimismo, y para evitar que se desplacen hasta las oficinas del SAT, se ofrece un descuento adicional del 5% a quienes paguen a través de Internet, bancos o agentes autorizados. [MML, Noticia, 7/10/2020]

Ficha:
Vigencia: 7/10/2020.
Modificaciones y derogaciones: ninguna.

San Luis aprueba su «Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2020»

La Municipalidad Distrital de San Luis aprueba el «Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2020», cumpliendo con lo establecido en la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y demás normatividad aplicable. Asimismo, encarga a la Gerencia de Servicios Públicos y la Subgerencia de Seguridad Ciudadana, Gerencia de Planeamiento Estratégico y Presupuesto y las demás gerencias competentes, el cumplimiento y monitoreo de la citada norma edil. [MDSL, Ord. 297-MDSL/C, 7/10/2020]

Ficha:
Vigencia: 8/10/2020.
Modificaciones y derogaciones: ninguna.

Queda sin efecto la ordenanza que faculta a la MML para intervenir en los procesos de licencias de habilitación urbana y de edificación si se denuncian transgresiones a la normativa oficial

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San Borja reduce a 1% la TIM aplicable a las deudas en moneda nacional de los tributos que administra

A través de la Resolución de Superintendencia N° 066-2020/Sunat se disminuyó a 1% la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable a las deudas tributarias en moneda nacional correspondientes a los tributos administrados por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), que se encuentra vigente desde el 1 de abril del 2020. Dado que la TIM fijada por la Ordenanza N° 440-MSB es mayor a la tasa establecida por la Sunat, la Municipalidad Distrital de San Borja  establece en 1% mensual y en 0,03% diario la TIM aplicable a las deudas tributarias en moneda nacional correspondientes a tributos que administra o cuya recaudación estuviera a su cargo. [MSB, Ord. 652-MSB, 4/10/2020]

Ficha:
Vigencia: 5/10/2020.
Modificaciones y derogaciones: ninguna.

Surquillo aprueba el beneficio tributario y no tributario «Seguimos haciéndolo Juntos»

La Municipalidad Distrital de Surquillo aprueba el beneficio tributario y no tributario denominado «Seguimos haciéndolo juntos» a favor de los contribuyentes que efectúen el pago del Impuesto Predial dentro del plazo de vigencia de la presente ordenanza, que vence el 31 de octubre del 2020. Esta norma establece que los contribuyentes que hayan cancelado o que cumplan con realizar el pago de la totalidad del Impuesto Predial obtendrán los siguientes descuentos:a) Condonación del 100% de Intereses moratorios, factor de reajuste, gastos y costas coactivas generadas por Impuesto Predial y arbitrios municipales correspondientes al año 2020 y años anteriores, generados a la entrada en vigencia de la presente ordenanza.
b) Descuento del 30% del insoluto de los arbitrios municipales correspondiente al año 2020 en cualquiera de las cuotas que se encuentren como pendientes de pago.
c) Descuento del 50% del Insoluto de los arbitrios municipales correspondiente a los ejercicios 2016, 2017, 2018 y 2019 en cualquiera de las cuotas que se encuentren como pendientes de pago.
d) Condonación del insoluto de los arbitrios municipales correspondientes a los ejercicios 2015 y anteriores, para aquellos contribuyentes que no mantengan deuda tributaria del ejercicio 2016 en adelante.
e) Condonación de cualquier multa tributaria generada antes y durante la vigencia de la presente ordenanza.

Adicionalmente, los contribuyentes que mantengan deudas en cobranza coactiva gozarán del descuento adicional del 100% de las costas y gastos administrativos incurridos durante su cobranza, salvo los efectuados por concepto de peritaje y publicaciones en los diarios. [MDS, Ord. 464-MDS, 4/10/2020]

Ficha:
Vigencia: 5/10/2020.
Modificaciones y derogaciones: ninguna.

Nuevos códigos en el CUIS de la Municipalidad de Villa El Salvador establecen medidas para prevenir y controlar la COVID-19

Se incorpora al Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, aprobado por la Ordenanza N° 422-MVES, las infracciones contenidas en el anexo de la presente ordenanza, que consta de un código de infracción a la sección 01-200, dos códigos de infracción a la sección 02-400, un código de infracción a la sección 07-100, trece códigos de infracción a la sección 08-100, un código de infracción a la sección 08- 200, seis códigos de infracción a la sección 08-300 y cuatro códigos de infracción a la sección 09-100. Estos códigos estarán vigentes mientras dure el período de la emergencia sanitaria, sus ampliaciones o el Gobierno emita disposiciones para el efecto u otro dispositivo legal para evitar la propagación de la pandemia. La municipalidad encarga a la Unidad de Desarrollo Tecnológico la publicación de la presente ordenanza y anexo en el portal web institucional www.munives.gob.pe, en el Portal del Servicio al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob.pe y en el portal del Estado peruano www.peru.gob.pe. [MVES, Ord. 437-MVES, 2/10/2020]

Ficha:
Vigencia: 3/10/2020.
Modificaciones y derogaciones: modifica la Ordenanza N° 422-MVES.

Villa el Salvador aprueba beneficios tributarios y no tributarios para paliar entre sus vecinos la crisis económica producida por la COVID-19

La Municipalidad Distrital de Villa el Salvador establece, el régimen excepcional de beneficios tributarios y no tributarios con el objeto de incentivar el pago voluntario de obligaciones tributarias como medida enmarcada dentro del contexto de la crisis sanitaria y económica producida a consecuencia del brote de la COVID-19. Podrán acogerse a la presente ordenanza todas aquellas personas naturales o jurídicas bajo régimen público o privado, asociaciones y sucesiones que mantengan obligaciones tributarias y no tributarias vencidas y/o pendientes de cumplimiento; incluso aquellas que se generen con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente norma; así como aquellos convenios de fraccionamientos celebrados hasta antes de esta entrada en vigencia. Para acceder a los beneficios tributarios, los contribuyentes deberán efectuar el pago de las deudas pendientes por concepto del Impuesto Predial vencidas por cada ejercicio fiscal del cual desea acogerse. Sobre las multas por licencias de construcción emitidas hasta el 2019, contenidas en las resoluciones de sanción que se encuentren en la vía ordinaria, así como las que se encuentren con procedimientos de Ejecución Coactiva, tendrán una condonación del 50% del monto original. [MVES, Ord. 436-MVES, 2/10/2020]

Ficha:
Vigencia: 3/10/2020.
Modificaciones y derogaciones: ninguna.

Foto: Agencia Andina

SMV aprueba el nuevo Reglamento del Sistema MVNet y SMV Virtual

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