San Miguel regula el uso de la Plataforma Digital Única de Atención al Ciudadano

La Municipalidad Distrital de San Miguel crea y regula el alcance y las condiciones de uso de la Plataforma Digital Única de Atención al Ciudadano, con la finalidad de posibilitar el trámite de los procedimientos administrativos electrónicos, tales como: derechos de petición, acceso a la información, servicios exclusivos y no exclusivos, pago de tributos y tarifario, registro, acceso y notificaciones en la casilla electrónica, acceso para descarga de formularios de forma no presencial. Esta plataforma contendrá: i) la mesa única de partes virtual, ii) consulta del estado de trámite, iii) la plataforma electrónica tributaria, y iv) la casilla electrónica, a través del portal institucional: www.munisanmiguel.gob.pe/plataformadigital. Las operaciones antes señaladas por medio electrónico se podrán realizar las veinticuatro horas del día, todos los días del año y se rige por los principios rectores contenidos en el artículo 5° del Decreto Legislativo N° 1412, Ley de Gobierno Digital, y por la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; así como, por las normas especiales que rigen, a su vez, cada procedimiento. Los plazos de los procedimientos iniciados a través de la mesa única de partes virtual de la Plataforma Digital Única de Atención al Ciudadanos de la Municipalidad Distrital de San Miguel serán computados de acuerdo con lo establecido en Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, de la siguiente manera:

  • Las solicitudes presentadas entre las 08:00 horas y las 16:00 horas de un día hábil, se consideran presentadas el mismo día hábil.
  • Las solicitudes presentadas después de las 16:00 horas, hasta las 07:59 horas, se consideran presentadas el día hábil siguiente.
  • Las solicitudes presentadas los días sábado, domingo y feriados o cualquier otro día inhábil, se consideran presentadas el primer día hábil siguiente. [MDSM, Ord. 417/MDSM, 25/10/2020]

Ficha:
Vigencia: 26/10/2020.
Modificaciones y derogaciones: ninguna.

Municipalidad de Lima elimina el concepto “Verificación Técnica” de su TUPA

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La Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) elimina de su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado por la Ordenanza N° 1874-MML, el concepto denominado “Verificación Técnica”, incluidos los requisitos y derechos de trámite para aquellos procedimientos administrativos contenidos en los siguientes procedimientos:

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Comas incorpora en su TUPA procedimientos relacionados con el cambio de giro de las licencias de funcionamiento

La Municipalidad Distrital de Comas modifica su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado con la Ordenanza N° 544/MDC y modificado por los decretos de alcaldía N° 004-2019-AL/MDC y N° 08-2020-MDC, para incorporar los procedimientos relacionados con el cambio de giro de licencias de funcionamiento, que recogen única y exclusivamente los requisitos, plazos y demás formalidades previstas en el Decreto Legislativo N° 1497, norma que establece medidas para promover y facilitar condiciones regulatorias que contribuyan a reducir el impacto en la economía peruana por la emergencia sanitaria producida por la COVID-19. [MDC, Ord. 593/MDC, 21/10/2020]

Ficha:
Vigencia: 22/10/2020.
Modificaciones y derogaciones: modifica la Ordenanza N° 544/MDC.

Miraflores regula el tendido y la instalación de infraestructura aérea para el servicio de telecomunicaciones en espacios públicos del distrito

La Municipalidad Distrital de Miraflores regula las actividades de reinstalación, implementación, mantenimiento, retiro y reubicación del tendido de la infraestructura aérea de servicio de telecomunicaciones en el distrito, para cuatelar la seguridad, protección, ornato y el medio ambiente. Estas medidas constituyen una herramienta sólida y potente para que el gobierno local lpromueve la responsabilidad entre los operadores de la infraestructura de telecomunicaciones a través de una fiscalización oportuna, eficiente y rentable que defienda el bienestar general de la población residente y transeúnte del distrito, medidas que serán de aplicación obligatoria para los operadores de infraestructura aérea de servicio público de telecomunicaciones y proveedores de infraestructura pasiva que tengan sus instalaciones o pretendan colocarlas en las vías locales o pertenecientes a zonas históricas de Miraflores. De acuerdo con la ordenanza, todo proyecto a cargo de estos operadores desde su etapa de planificación, sean nuevas instalaciones, o el reordenamiento de la existente, necesariamente cumplirán con las normas urbanísticas establecidas en el Reglamento Nacional de Edificaciones, así como en los planes de desarrollo urbano distritales, acondicionamiento territorial, planes integrales e instrumentos de planificación, aprobados por la municipalidad distrital. [MM, Ord. 554/MM, 20/10/2020]

Ficha:
Vigencia: 21/10/2020.
Modificaciones y derogaciones: ninguna.

Sunarp aprueba formulario electrónico para el trámite en línea de la rectificación de oficio de error material en la nueva TIVe

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Municipalidad de La Victoria reglamenta atención de denuncias ambientales

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Municipalidad de Lima modifica los códigos de infracciones y sanciones administrativas de la Ordenanza N° 2200 y en el Anexo 16 de la Ordenanza N° 2195

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Ate modifica las tolerancias permisibles y consideraciones normativas de edificaciones y cambia el horario de realización de obras

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Surco adecua su TUPA al decreto que aprueba el procedimiento estandarizado de acceso a la información pública

La Municipalidad Distrital de Santiago de Surco adecua su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado mediante la Ordenanza N° 498-MSS, ratificado con Acuerdo de Concejo N° 2358-MML, de acuerdo con las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 164-2020-PCM que aprobó el procedimiento administrativo estandarizado de acceso a la información pública creada u obtenida por la entidad y que se encuentre en su posesión o bajo su control, conforme con el Anexo I y el formato requerido para la atención que detalla el Anexo II, y que forman parte integrante del presente decreto de alcaldía. El TUPA y la disposición legal de modificación se publican en el portal del Diario Oficial “El Peruano”, adicionalmente, se difunde a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano Peruano y en el portal institucional de la municipalidad. [MSS, D. de Alc. 09-2020-MSS, 18/10/2020]

Ficha:
Vigencia: 19/10/2020.
Modificaciones y derogaciones: ninguna.

Municipalidad Metropolitana de Lima promueve la accesibilidad universal y fomenta la inclusión de las personas con discapacidad

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