Villa el Salvador aprueba beneficios tributarios y no tributarios para paliar entre sus vecinos la crisis económica producida por la COVID-19
La Municipalidad Distrital de Villa el Salvador establece, el régimen excepcional de beneficios tributarios y no tributarios con el objeto de incentivar el pago voluntario de obligaciones tributarias como medida enmarcada dentro del contexto de la crisis sanitaria y económica producida a consecuencia del brote de la COVID-19. Podrán acogerse a la presente ordenanza todas aquellas personas naturales o jurídicas bajo régimen público o privado, asociaciones y sucesiones que mantengan obligaciones tributarias y no tributarias vencidas y/o pendientes de cumplimiento; incluso aquellas que se generen con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente norma; así como aquellos convenios de fraccionamientos celebrados hasta antes de esta entrada en vigencia. Para acceder a los beneficios tributarios, los contribuyentes deberán efectuar el pago de las deudas pendientes por concepto del Impuesto Predial vencidas por cada ejercicio fiscal del cual desea acogerse. Sobre las multas por licencias de construcción emitidas hasta el 2019, contenidas en las resoluciones de sanción que se encuentren en la vía ordinaria, así como las que se encuentren con procedimientos de Ejecución Coactiva, tendrán una condonación del 50% del monto original. [MVES, Ord. 436-MVES, 2/10/2020]
Ficha:
Vigencia: 3/10/2020.
Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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