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En contra de lo resuelto por Sunat y por el Tribunal Fiscal, la Suprema define la verdadera clasificación arancelaria del producto denominado «Generade Blueberry»
/0 Comentarios/en Comercio exterior, Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesLa Suprema reitera que el crédito tributario por reinversión en educación estuvo vigente desde el año 1997 hasta el año 2011
/0 Comentarios/en Comercio, Construcción, Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesSon nulas las resoluciones de determinación que no indican el cálculo de la liquidación del Impuesto Predial y del Impuesto de Alcabala
/0 Comentarios/en Construcción, Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex Soluciones
La comisión pagada para asegurar la venta de mineral a largo plazo será deducible si cumple con el principio de causalidad
/0 Comentarios/en Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina, Medioambiente, Minería, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesEl Código Tributario no exige que la persona que recibe la notificación sea el deudor tributario o el representante legal de la empresa
/0 Comentarios/en Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesEs válida la notificación de los actos administrativos en el domicilio procesal
/0 Comentarios/en Corte Suprema, Derecho, Destacado, Gestión pública, Gobierno /por Unidad Editorial Lex SolucionesEs posible independizar las secciones que comprenden dos niveles (dúplex), aunque no haya una escalera que los comunique internamente
/0 Comentarios/en Construcción, Derecho, Judicial, Jurisprudencia y doctrina, Notariado y registro /por Unidad Editorial Lex SolucionesTribunal Registral | Propiedad Inmueble. Pues bien, a juicio del Tribunal Registral (TR), «no corresponde observar la inexistencia de una escalera interna que conduzca al nivel superior de una misma sección de propiedad exclusiva de dos niveles (dúplex)». En la motivación de su resolución, la instancia explica que la «funcionalidad» se define en la jurisprudencia registral como el conjunto de características que hacen que el diseño arquitectónico planteado sea práctico, útil y satisfaga las necesidades de espacios habitables para el ser humano. Así, «si los propietarios declaran o dan su consentimiento formal en el título de que el predio, tal como está diseñado, satisface sus necesidades de habitabilidad, dicho aspecto no se encuentra sujeto a la calificación registral» (sic). Al respecto, en el XXII Pleno del Tribunal Registral se aprobó el siguiente precedente de observancia obligatoria: «Para independizar secciones de propiedad exclusiva que no tengan acceso directo a la vía pública o a zonas comunes, se requiere constituir servidumbre de paso» (sic). Leer más
La presunción de veracidad no tiene un carácter absoluto | Las declaraciones juradas del proveedor serían válidas como medios probatorios
/0 Comentarios/en Corte Suprema, Derecho, Destacado, Judicial, Jurisprudencia y doctrina, Tributario y contable /por Unidad Editorial Lex SolucionesTiempos de independización | Ni la demora de la municipalidad ni de los Registros Públicos se podrían imputar a la inmobiliaria
/0 Comentarios/en Construcción, Gestión pública, Gobierno, Jurisprudencia y doctrina, Notariado y registro /por Unidad Editorial Lex SolucionesIndecopi | Protección al Consumidor. La consumidora denunció que la inmobiliaria no cumplió con entregar los documentos que le permitirían solicitar la inscripción de su derecho en los Registros Públicos, pese a que se había comprometido a ello. En el caso, la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi «advierte que la denunciada se obligó contractualmente a efectuar la inscripción registral de la declaratoria de fábrica, independización, y reglamento interno, debiendo entregar a la señora Chirinos los documentos necesarios para que pueda inscribir su derecho de propiedad en los registros públicos, conforme a lo establecido en el artículo 1551 del Código Civil» (sic). Sin embargo, teniendo en consideración que no se ha pactado un plazo para que la denunciada realice el saneamiento de las unidades inmobiliarias del condominio, la sala entra a analizar su actuación bajo un parámetro de razonabilidad, valorando la diligencia en las gestiones efectuadas por ella en la obtención de los requisitos previos necesarios para poder inscribir la independización del inmueble de la denunciante y, de esta forma, que su derecho de propiedad pueda inscribirse en el Registro Predial. Leer más
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