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La autoridad laboral explica cómo se paga la participación de utilidades a los trabajadores de construcción civil

Opinión laboral | Construcción. En esta opinión, la autoridad laboral explica que los trabajadores sujetos al régimen laboral especial de construcción civil (régimen que contiene disposiciones especiales relativas a la participación en las utilidades) no se encuentran dentro del alcance subjetivo del Decreto Legislativo N.° 892. Así, según la autoridad laboral, «dichos trabajadores no computan para determinar si las empresas cuentan con más de veinte (20) trabajadores a efectos de determinar la obligación de repartir utilidades conforme al régimen general» (sic). Según se explica en esta opinión, «en atención a las características de la actividad de construcción civil, la legislación peruana ha previsto disposiciones especiales que otorgan, en términos porcentuales, un monto sustitutorio por concepto de participación en las utilidades. Se trata de un 3 % del total de los jornales básicos que perciben los trabajadores de construcción civil durante el tiempo de servicios que laboren para un mismo empleador, conforme a lo detallado en el punto 3.9 del presente informe (…). Las empresas que desarrollan actividades de construcción civil se encuentran vinculadas por el Decreto Legislativo N.° 892, en tanto empresas generadoras de rentas de tercera categoría y considerando el listado de actividades previsto en el artículo 2° de la referida norma (…). En consecuencia, si la empresa además de contar con trabajadores de construcción civil, tiene trabajadores sujetos al régimen general de la actividad privada (recepcionistas, choferes, contadores, administrativos, etc.), resulta evidente que, respecto de estos últimos, debe analizar si se encuentra obligada al reparto de utilidades respectivo conforme al Decreto Legislativo N.° 892» (sic). (Director de Normativa de Trabajo Sergio Salguero Aguilar) [MTPE, Inf. 000320-2024-MTPE-2-14.1, 13/05/2024] Leer más

Las importaciones de tejidos de poliéster, crudos, blancos o teñidos de un solo color de origen chino seguirán bajo derechos «antidumping»

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El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual (Indecopi) decidió ampliar los derechos antidumping definitivos impuestos mediante la Resolución N.° 006-2023-CDB-Indecopi sobre las importaciones de tejidos 100 % poliéster, crudos, blancos o teñidos de un solo color, de ligamento tafetán, con un ancho menor a 1,80 metros, de peso unitario entre 80 gr./m2 y 200 gr./m2, elaborados en base a fibras discontinuas y con un contenido superior o igual al 85 % en peso, cualquiera sea el uso declarado, originarios de la República Popular China, a las importaciones que se detallan a continuación, a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución: Leer más

Así se tramitará el Certificado de Jurisdicción, el Certificado de Nomenclatura Vial y el Certificado Negativo Catastral en San Martín

Con esta ordenanza se regula el procedimiento para la atención de solicitudes de emisión de los certificados de Jurisdicción, de Nomenclatura Vial y el Negativo Catastral, a cargo la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres (MDSP). La norma municipal es de cumplimiento obligatorio para todas las personas naturales y jurídicas que requieran la obtención de los certificados arriba mencionados. Así, por ejemplo, el artículo quinto de la norma señala que, para obtener el Certificado de Jurisdicción, el administrado deberá presentar, en recepción documentaria, los siguientes documentos: Leer más

Corrección necesaria | Son 83 y no 84 las ordenanzas derogadas por Lima

Este sábado pasado, la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) publicó una fe de erratas de la Ordenanza N.° 2645, publicada en la edición del día 30 de agosto del 2024, para precisar que son 83 y no 84 ordenanzas municipales las que salen o están derogadas. [MML, Fe de Erratas – Ord. 2645, 7/09/2024] Leer más

Sindicatos a la obra | Convención Colectiva de Trabajo – Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2024-2025

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En cumplimiento de lo establecido por el artículo 1° de la Resolución Ministerial N.° 290-2005-TR, modificada por la Resolución Ministerial N.° 314-2006-TR, que establece que los convenios colectivos u otros instrumentos que resuelvan negociaciones colectivas a nivel de rama de actividad o gremio registrados a partir de la fecha de publicación de la referida resolución ante la autoridad administrativa de Trabajo, se publican en el Diario Oficial «El Peruano» y en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) dentro de los diez días hábiles siguientes a su presentación; el MTPE oficializa el documento denominado «Convención Colectiva de Trabajo – Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2024-2025», suscrito en trato directo con fecha 21 de agosto del 2024, entre la Cámara Peruana de la Construcción (Capeco) y la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú (FTCCP). [MTPE, R. M. 139-2024-TR, 6/09/2024] Leer más

Edición Extraordinaria: la ANA agiliza los trámites para otorgar derechos de uso de agua

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Con el sustento en el Informe Técnico N.° 0044-2024-ANA-DARH-AMSM, que propone la mejora de procedimientos y la simplificación administrativa para el otorgamiento de derechos de uso de agua y autorización de ejecución de obras en fuentes naturales, que permitirá a los titulares de los distintos proyectos de inversión pública o privada la obtención expeditiva de los títulos habilitantes necesarios para la ejecución de sus proyectos. Leer más

Si la Sunat no realizó un adecuado análisis de comparabilidad, corresponde que el TF declare la nulidad de la resolución de determinación y no que la revoque

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En este caso, la administración determinó intereses por préstamos recibidos de la parte vinculada de la recurrente (matriz no domiciliada ubicada en Bahamas) y estableció un ajuste por aplicación de las normas de precios de transferencia, al cual aplicó la tasa de retención del 30 %, con lo cual obtuvo una omisión a la retención del Impuesto a la Renta de no domiciliados. No obstante, en la apelación, el Tribunal Fiscal (TF) concluyó que la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), al realizar el análisis de comparabilidad, según lo regulado en el inciso d) del artículo 32-A de la Ley del Impuesto a la Renta, solo cumplió con analizar cuatro elementos de comparabilidad, los que fueron debidamente sustentados, pero no analizó los elementos solvencia del deudor y la calificación de riesgo, los cuales podrían tener impacto en la fijación de la tasa de interés a cobrar; en este sentido, revocó la apelada y dejó sin efecto la resolución de determinación. Leer más

Magdalena del Mar dicta una nueva ordenanza para prevenir y sancionar el acoso callejero

El día de hoy, jueves 5 de setiembre del 2024, la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar (MDMM) aprobó su nueva ordenanza que previene, prohíbe y sanciona los actos de acoso sexual en contra de toda persona, en especial contra niñas, niños, adolescentes y mujeres, en el distrito. La decisión deroga expresamente la Ordenanza N.° 043-2019-MDMM, Ordenanza que previene, prohíbe y sanciona a quienes realicen y toleren el acoso sexual en espacios públicos en contra de las personas, en especial contra mujeres, niñas, niños y adolescentes, en la jurisdicción de la Municipalidad de Distrital de Magdalena del Mar, así como toda norma de la misma o inferior jerarquía que se oponga a lo dispuesto en la presente ordenanza. El alcalde queda facultado para que, mediante decreto de alcaldía, dicte las normas reglamentarias o complementarias que se requieran para la adecuada ejecución e implementación de la presente ordenanza. Leer más

Catálogo actualizado | Modificaciones a ocho normas técnicas sobre alambres, microesferas, pinturas para tráfico

Perú compras aprobó la modificación de las siguientes ocho fichas técnicas correspondientes al rubro Componentes y suministros de fabricación del Listado de Bienes y Servicios Comunes (LBSC): (1) alambre negro recocido N.° 8 (Versión 09); (2) alambre negro recocido N.° 16 (Versión 09); (3) Microesfereas de vidrio tipo I para pintura de tráfico (Versión 02); (4) microesferas de vidrio tipo II para pintura de tráfico (Versión 02); (5) pintura para tráfico amarilla en base agua (Versión 03); (6) pintura para tráfico amarilla en base solvente (Versión 03); (7) pintura para tráfico en base agua (Versión 03); (8) pintura para tráfico en base solvente (Versión 03). Leer más

Cambios a los lineamientos para elaborar la declaración de manejo para permisos de aprovechamiento forestal en comunidades nativas y comunidades campesinas

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