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Venta de mercancías por parte de los «Duty Free» debe realizarse únicamente a personas que tengan la condición de «comprador pasajero»

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En el presente caso, se tiene que el artículo 192 del Decreto Legislativo N.º 1053, Ley General de Aduanas, sanciona con multa, entre otros, a los concesionarios del Almacén Libre (Duty free) cuando vendan mercancías a personas distintas a los pasajeros que ingresan o salen del país o los que se encuentran en tránsito. Leer más

¿Una autorización de viaje constituye uno de los deberes entre los cónyuges?

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El demandante solicita se tenga en cuenta la consulta en línea del Registro Nacional de Identificación y estado Civil (Reniec), que realiza respecto de los datos de la demandada, los que señala no existen; no obstante, la demandada, mediante su escrito de apelación contra la sentencia de primera instancia, acompaña un certificado de inscripción de Reniec, que certifica entre otros datos su dirección. Así ordenadas las cosas, la Corte Suprema (CS) constata que el demandante no agotó «las gestiones destinadas a conocer el domicilio de la persona a quien se deba notificar de conformidad con la parte pertinente del artículo 165 del Código Procesal Civil, pues era lógico que la Reniec informase que los datos de la demandada no existan pues el referido demandante realiza la consulta con el nombre de soltera de la demandada (…) y no como correspondía con el nombre de casada (…); Leer más

Comercio exterior: tres exigencias para dar por satisfecho el requisito de expedición directa

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Ocho cambios al reglamento de inspección laboral | El MTPE moderniza el servicio de conciliación laboral

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Este último sábado, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) indica que, terminada oficialmente la pandemia, dispuso modificar el Decreto Supremo N.° 020-2001-TR, Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo y Defensa del Trabajador, con el objeto de fortalecer y modernizar el servicio de conciliación administrativa laboral, considerando, entre otros instrumentos, el uso de las tecnologías de la información y comunicación, a fin de brindar un mejor servicio al alcance de más ciudadanos. En concreto, el presente decreto supremo tiene por objeto modificar los artículos 70 (Obligaciones del conciliador), 71 (De la solicitud de conciliación), 73 (Forma del pedido), 74 (De la audiencia única), 75 (Notificación), 76 (Concurrencia y representación de las partes), 77 (Conclusión del procedimiento conciliatorio) y 78 (Formalidad del acta de conciliación). Leer más

La existencia de un informe médico puede ayudar a probar el daño moral

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En este caso de denuncia calumniosa, la Corte Suprema (CS) entiende que «los recurrentes (…) sostienen que, con un criterio errado, el colegiado, cuando procede a emitir pronunciamiento sobre la indemnización por daño moral, sólo considera la existencia de un informe médico (…) que diagnóstico al actor con trastorno de somatización, sin que el contenido de dicha prueba esté demostrado con otro medio probatorio ni sustentado con la argumentación esgrimida en el acto postulatorio, en torno a dicha pretensión, evidenciándose una vulneración al principio de congruencia. Agregan que, el hecho que hayan interpuesto contra el actor otros procesos judiciales, tales como el de nulidad de acto jurídico, y, el de desalojo por ocupante precario, sólo demuestran una actuación en el marco del ejercicio regular de un derecho, lo que no supone un perjuicio de carácter moral al demandante (…).  Leer más

División y partición de un bien representado por un porcentaje de cuotas ideales que forman un predio matriz no es un supuesto de imposibilidad jurídica del petitorio

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Según falla la Corte Suprema (CS) en este recurso en casación, «la división y partición de un bien representado por un porcentaje de cuotas ideales que forman de un predio matriz, no resulta ser un supuesto de imposibilidad jurídica del petitorio, ya que dicha pretensión si resulta factible de pronunciamiento sobre el fondo siempre y cuando participen en el proceso todos los copropietarios que tienen cuotas ideales sobre el predio matriz» (sic). Leer más

Si las fichas registrales identifican correctamente el predio, resulta inviable la realización de una inspección judicial con intervención de peritos

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  Si se ha identificado el predio materia del proceso mediante las fichas registrales correspondientes, donde consta el área, linderos y medidas perimétricas del inmueble, resulta inviable la realización de una inspección judicial con intervención de peritos; además, resulta un punto no controvertido por ninguna de las partes procesales. Leer más

Quien no logra demostrar la identidad dinámica no podrá mantener la relación de parentesco

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La Corte Suprema (CS) rechazó el recurso de casación, porque la parte recurrente sustentó afectación a su derecho a la identidad, «no obstante, las sentencias de primera y de segunda instancia, debido al transcurso del tiempo (el entonces menor, es hoy mayor de edad), dejaron incólumes los apellidos del recurrente, conservando su derecho a la identidad» (sic). Además, en el caso, aunque el recurrente se empeñó en demostrar la identidad dinámica (ver Información relacionada), para mantener la relación de parentesco con el demandante, esto no ha sido posible, debido a que no pudo acreditar la posesión de estado familiar de hijo; «tanto más cuando, de los medios probatorios fluye que el recurrente no vivía con el demandante y que tampoco lo llamaba papá, sino tío; por consiguiente, las infracciones procesales y materiales denunciadas deben ser desestimadas» (sic). Sobre el particular, la Suprema puntualiza los siguientes aspectos. Leer más

La finalidad de la resolución de cumplimiento es determinar si se ha dado estricto cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal Fiscal

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Conforme con lo establecido en el artículo 156 del Código Tributario, la administración tributaria emitirá la resolución de cumplimiento de acuerdo con lo dispuesto por el Tribunal Fiscal (TF), bajo responsabilidad. Leer más

La devolución de un pago indebido debe acreditar las razones por las que se considera que no se debió realizar dicho pago

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La Corte Suprema (CS) considera que, en el presente caso, no se produjo interpretación errónea alguna del literal b) del artículo 38 del Código Tributario, pues, si bien los pagos voluntarios sí pueden ser sujetos a devolución cuando estos sean indebidos, en la medida que se haya acreditado tal condición, algo que no ocurrió en el presente caso, toda vez que la recurrente no señala los motivos por los cuales considera que realizó pagos indebidos, es decir, no señala de manera precisa de qué forma se configuró el pago indebido o el pago en exceso. Leer más