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El Congreso de la República modifica la Ley N.° 30424, Ley que regula la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas, específicamente el título y los artículos 1°, 2°, 3°, 5°, 7°, 12, 17, 18 e incorpora los artículos 19, 20, 21 y 22, y lo hace a través de la Ley N.° 31740, que regula la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas nacionales o extranjeras en el proceso penal por los delitos previstos en los artículos 199, 226, 228, 384, 397, 397-A, 398 y 400 del Código Penal, modificación que implica los procesos previstos en los artículos 1°, 2°, 3°, 4°, 5° y 6° del Decreto Legislativo N.° 1106, Decreto legislativo de lucha eficaz contra el lavado de activos y otros delitos relacionados a la minería ilegal y el crimen organizado; en los artículos 1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 7°, 8° y 10 de la Ley N.° 28008, Ley de los delitos aduaneros; así como en los artículos 1°, 2°, 4°, 5°, 5°-A, 5°-B, 5°-C y 5°-D del Decreto Legislativo N.° 813, Ley Penal Tributaria; y los artículos 2°, 3°, 4°, 4°-A, 5°, 6°, 6°-A, 6°-B y 8° del Decreto Ley N.° 25475, Decreto ley que establece la penalidad para los delitos de terrorismo y los procedimientos para la investigación, la instrucción y el juicio.
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