La presentación de solo la solicitud de afiliación sindical no prueba el despido nulo
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Sobre la posible infracción normativa por la interpretación errónea del inciso a) del artículo 29 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N.° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, Decreto Supremo N.° 003-97-TR; la Corte Suprema (CS), en el caso concreto, señala que constituye objeto de pronunciamiento determinar si el cese del demandante fue o no la consecuencia de su afiliación sindical. Según las dos instancias judiciales, no existen medios probatorios que permitan acreditar o inferir válidamente que el despido del demandante se debió a su afiliación sindical. Leer más
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