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El MOP es la causa | MML deroga el reglamento de organización y funciones del SAT

La Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) derogó la Ordenanza N.° 1698, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Servicio de Administración Tributaria de la municipalidad, la Ordenanza N.° 1881 que la modifica y su organigrama. Todas estas normas serán reemplazadas por el Manual de Operaciones (MOP) correspondiente. La norma precisa que se mantiene las funciones y competencias asignadas al Servicio de Administración Tributaria (SAT) de la municipalidad y sus unidades de organización en otras disposiciones municipales, adecuándolas en lo que corresponda a su nueva estructura orgánica, que formará parte de su nuevo Manual de Operaciones. El Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del SAT, aprobado por la Ordenanza N.° 1698 y su modificatoria, mantendrá su vigencia hasta la aprobación del MOP, que será aprobado mediante decreto de alcaldía. [MML, Ord. 2654, 26/09/2024] Leer más

Trámites actualizados | El nuevo TUPA de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco

Se ratificó los doscientos veinticuatro (224) derechos de trámite que corresponden a un total de doscientos veinte (220) procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad listados en el Anexo A adjunto al presente acuerdo, registrados en el Sistema Único de Trámites (SUT) y aprobados en la Ordenanza N.° 704-MSS por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco (MDSS); luego de verificar que su establecimiento se ha efectuado de conformidad con la normativa vigente, en tanto responden al costo en el que incurre la municipalidad distrital en la prestación del servicio. Esto incluye el procedimiento estandarizado denominado: “acceso a la información pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control» y sus derechos de trámite no se encuentran incluidos en el listado de procedimientos, debido a que no requieren la aprobación ni la ratificación, según el numeral 44.7 del artículo 44 de la Ley N.° 27444. El presente acuerdo ratificatorio, para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de la publicación, incluyendo el texto de la Ordenanza N.° 704-MSS, en el Diario Oficial «El Peruano». [MDSS, Ac. de Concejo 322 – Ord. 704-MSS, 27/09/2024] Leer más

Estas serían las reglas para el Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias y Emisión de Certificaciones en aplicación

La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) dispuso la publicación del proyecto normativo «Directiva que regula el acceso al Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias y Emisión de Certificaciones en aplicación del Decreto Legislativo N.° 1400 y su reglamento«, así como la exposición de motivos que lo sustenta, en la sede digital de la Sunarp (www.gob.pe/sunarp), a efectos de recibir comentarios, aportes u opiniones del público en general, por un plazo de quince (15) días calendario. Los comentarios, aportes u opiniones sobre este proyecto podrán ser presentados a través de las oficinas de trámite documentario de las oficinas registrales de todo el país, así como, a través de mesa de partes virtual de la Sunarp, cuya dirección web es: https://mesadetramite.sunarp.gob.pe/, o, remitidos al correo electrónico: sdiaz@sunarp.gob.pe. Se encarga a la Subdirección de Normativa Registral de la Dirección Técnica Registral recibir, procesar, analizar y sistematizar las sugerencias, comentarios o recomendaciones que se presenten. [Sunarp, R. 00139-2024-Sunarp-SN, 27/09/2024] Leer más

Chatarreo y reciclaje | Luego de treinta días hábiles los vehículos internados en los depósitos municipales de Magdalena serán declarados en abandono

La Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar modifica el artículo 63 (Procedimiento de disposición final de bienes en custodia de la administración municipal) de la Ordenanza N.° 018-2016-MDMM, que aprueba el Régimen de Fiscalización y Aplicación de Sanciones Administrativas, para señalar expresamente lo siguiente: «Vencido el plazo de treinta (30) días hábiles en que los bienes se encuentren bajo custodia municipal, la Subgerencia de Fiscalización y Sanciones procederá a declarar su abandono, debiendo de informar a los órganos respectivos a fin de dar inicio al procedimiento de entrega de los mismos a asociaciones de recicladores formalizados que participan en el programa Magdalena Recicla, así como otras asociaciones, entidades o instituciones sin fines de lucro que presten apoyo social, categoría que incluye a los programas municipales destinados al mejoramiento de las condiciones de vida en los sectores más necesitados.

En el caso de los vehículos automotores de dos (2) o más ruedas que se encuentren internados en el depósito municipal, una vez vencido el plazo señalado en el párrafo precedente, la Subgerencia de Fiscalización y Sanciones dará inicio al procedimiento para declarar el abandono del mismo y el chatarreo obligatorio, observando cabalmente para ello las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo N.° 016-2021-MTC, así como el Decreto Supremo N.° 019-2020″. [MDMM, Ord. 240-2024-MDMM, 25/09/2024] Leer más

Simplificación registral | Saneamiento físico legal automático para zonas arqueológicas declaradas Patrimonio Cultural de la Nación

El Gobierno aprobó un marco normativo para implementar el saneamiento físico legal automático para zonas arqueológicas declaradas Patrimonio Cultural de la Nación, a efectos de facilitar la inversión pública o privada, y facilitar su conservación, restauración y puesta en valor. Según este decreto legislativo, el saneamiento físico legal automático comprende al conjunto de actos y actuaciones a cargo del Ministerio de Cultura (Mincul) destinados a lograr, de manera simplificada, que se inscriba en el Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) la situación real y los derechos reales que ejerce el Estado sobre dichos bienes. El saneamiento físico legal automático se realiza, independientemente, de si el bien inmueble prehispánico se ubica dentro de un predio de propiedad pública, privada o comunal. Son etapas de este procedimiento las siguientes: Leer más

No opera la caducidad automática de los convenios colectivos al año de su vigencia

Ya soy suscriptor y quiero leer el artículo:
Sobre la correcta interpretación del literal c) del artículo 43 del Decreto Supremo N.° 010-2003-TR, Ley de Relaciones Colectivas del Trabajo, la Corte Suprema (CS) explica que, «con relación a la vigencia de los convenios colectivos, esta sala suprema aplicando el método de interpretación sobre la vigencia de los convenios colectivos regulado en el literal c) del artículo 43 del Decreto Supremo N.° 010-2003-TR, este supremo tribunal mediante Casación Laboral N.° 19367-2015-Junín, en ejercicio de la facultad conferida por el artículo 22 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, ha declarado como principio jurisprudencial el pronunciamiento de obligatorio cumplimiento por las instancias inferiores, que dicha norma debe ser entendida de la siguiente manera: Leer más

Fin a la bulla | San Isidro calibrará y certificará sus sonómetros también en laboratorios acreditados por el Inacal

En el marco de lo dispuesto por la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) en la Ordenanza N.° 2419-2021, para la prevención y control de la contaminación sonora, y por lo dispuesto por su artículo 43 (referido a la calibración y certificación de equipos); la Municipalidad Distrital de San Isidro (MDSI) señala que se están presentando problemas en la calibración de los sonómetros ante el propio Instituto Nacional de Calidad (Inacal), por las reglas y plazos que maneja esta última entidad en la atención de los trámites respectivos; pues se tiene, en muchos casos, solo un margen de 24 horas para el cumplimiento de los requerimientos. En ese sentido, aprueba la modificación del numeral 6.1 del artículo 6° (De las mediciones del nivel de presión sonora) de la Ordenanza N.° 530-MSI, a efectos de que la comuna pueda realizar calibrar los sonómetros ante laboratorios acreditados por la Dirección de Acreditación Inacal u organismos acreditados signatarios de Acuerdos de Reconocimiento Mutuo de APLAC o ILAC o EA o IAAC. [MSI, Ord. 604-MSI, 22/09/2024] Leer más

Capeco, FTCCP y el MTPE trabajarán los temas sociolaborales de interés general y de alcance nacional

El Gobierno dispuso la creación de un grupo de trabajo de naturaleza temporal y dependiente del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), denominado «Mesa de trabajo entre la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú – FTCCP, la Cámara Peruana de la Construcción – Capeco, y el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo», cuyo objeto será abordar y articular los planteamientos de la federación y Capeco, referidos a temas sociolaborales de interés general y alcance nacional. Según la norma, el grupo de trabajo podrá invitar a participar en sus sesiones, en calidad de invitados, a representantes de otras instituciones públicas y privadas, así como a profesionales especializados para que colaboren con el cumplimiento de su objeto. Este grupo tiene una vigencia de treinta días hábiles contados a partir de su instalación. Cumplido dicho plazo, deberá presentar un informe final con las recomendaciones pertinentes. [MTPE, R. M. 000146-2024-TR, 21/09/2024] Leer más

Hasta fin de año se trabajará el horizonte de la Política Nacional Multisectorial de Saneamiento al 2050

El Ejecutivo modificó los artículos 1° (Formalización del inicio del proceso de actualización de la Política Nacional de Saneamiento a Política Nacional Multisectorial de Saneamiento al 2050), 2° (Creación del Grupo de Trabajo Multisectorial), 4° (Funciones del Grupo de Trabajo Multisectorial) y 8° (Periodo de Vigencia) de la Resolución Ministerial N.° 465-2023-Vivienda, que formaliza el inicio del proceso de actualización de la Política Nacional de Saneamiento a Política Nacional Multisectorial de Saneamiento al 2038, y que crea el grupo de trabajo multisectorial denominado «Grupo de trabajo multisectorial encargado de actualizar la Política Nacional de Saneamiento a Política Nacional Multisectorial de Saneamiento al 2038». Según los cambios, por ejemplo, el grupo de trabajo se crea con el objeto de evaluar la Política Nacional de Saneamiento actualmente vigente y su actualización a Política Nacional Multisectorial de Saneamiento al 2050; además, este grupo tiene vigencia hasta el 31 de diciembre del 2024 para presentar la propuesta de Política Nacional Multisectorial de Saneamiento al 2050. [MVCS, R. M. 351-2024-Vivienda, 21/09/2024] Leer más

El Gobierno acelera la evaluación de las licencias, del uso del derecho de vía y del uso de área acuática

Ante las demoras sustantivas en la evaluación de los expedientes reingresados para la emisión de licencias, autorizaciones de uso del derecho de vía y derechos de uso de área acuática, el Gobierno dicta este decreto legislativo, norma con la que dispone la disminución de los plazos de los pronunciamientos de las entidades a cargo de su evaluación, específicamente lo relacionado con la revisión en el levantamiento de observaciones. Este decreto, que entrará en vigencia en forma progresiva, señala en su artículo tercero lo siguiente: Leer más