Es imposible sostener físicamente que el mismo predio pertenezca a dos distritos | El TC anula una multa impuesta por la Municipalidad Distrital de San Isidro a una constructora
En este caso el Tribunal Constitucional (TC) declaró fundada la demanda de amparo y, en consecuencia, nula la fiscalización y, consiguientemente, la sanción y medida complementaria de paralización que dispuso la Municipalidad Distrital de San Isidro (MDSI) a la empresa recurrente: así como todo acto relacionado con la exigencia de la licencia de obra y con el abono de los costos procesales. Según resuelve el TC, los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo (artículo 195 de la Constitución, primer párrafo). Son, entonces, competentes para: «Planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificación, urbanismo y el acondicionamiento territorial» (artículo 195, inciso 6). Sin embargo, en el presente caso, el Tribunal concluyó que esta municipalidad no tiene competencia para fiscalizar ni otorgar la licencia de construcción para el proyecto inmobiliario de la recurrente, pues tal acción está bajo la competencia de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar (MMM). Leer más










