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La Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) ratificó 166 derechos de trámite que corresponden a un total de 166 procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad cuyos costos únicamente han sido enviados y sustentados en los listados del Anexo A del Informe N.° D000105-2021-SAT-ART, aprobados por la Ordenanza N.° 485-MDS de la Municipalidad Distrital de Surquillo (MDS). Según la comuna limeña, estos costos se han establecido de acuerdo con la normativa vigente, pues responden al costo en el que incurre la municipalidad para prestar el servicio, y en la medida que se establecieron teniendo en cuenta el marco legal vigente: Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y modificatorias; Ley N.° 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones y modificatorias, el Decreto Supremo N.° 029-2019-Vivienda, que aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación; Ley N.° 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y modificatorias, Decreto Supremo N.° 200-2020-PCM, que aprueba los procedimientos administrativos estandarizados de licencia de funcionamiento y de licencia provisional de funcionamiento, Decreto Supremo N.° 002-2018-PCM, Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones; Decreto Supremo N.° 043-2021-PCM, que aprueba los procedimientos administrativos y un servicio prestado en exclusividad estandarizados de inspecciones técnicas de seguridad en edificaciones; así como el Decreto Supremo N.° 064-2010-PCM, que aprueba la metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en el TUPA. El presente acuerdo ratificatorio, para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de la publicación, incluyendo el texto de la Ordenanza N.° 485-MDS, en el Diario Oficial «El Peruano». [MML, Ac. de Concejo 396, 7/12/2021] Leer más