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Colombia aclara cuándo se considera que la mercancía está a disposición de la autoridad aduanera para imponer la sanción del 200 %

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Cambios en la norma | Trabajador porteador puede afiliarse voluntariamente a los regímenes pensionarios existentes bajo la condición de trabajador independiente

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Ante el incremento de importaciones desde Perú | Colombia impone arancel a las importaciones de barras de acero

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Derecho Comparado | Comercio Exterior. El Gobierno de Colombia, mediante el Decreto 1227 del 2024, estableció un arancel del 14,5 % como salvaguardia a las importaciones de barras de hierro o acero corrugadas provenientes de los países de la Comunidad Andina (CAN). Esta medida busca proteger la industria siderúrgica nacional, permitiendo un cupo anual de 29 529 toneladas que podrán ingresar sin arancel. Las importaciones que superen ese límite estarán sujetas a dicho gravamen, según informó el ministro de Comercio, Industria y Turismo, Luis Carlos Reyes Hernández. La decisión fue tomada tras una investigación que evidenció un incremento del 19 % en las importaciones desde la CAN, principalmente de Perú y una caída de casi 7 % en sus precios. Además, el estudio mostró que los precios de venta de los distribuidores de estos productos eran entre un 2,26 % y un 6,26 % más bajos que los de los productores nacionales, lo que generó una reducción del 13,1 % en las ventas de la industria siderúrgica colombiana. Esta situación llevó a la implementación de la salvaguarda para evitar un mayor daño a la industria local. Leer más

Colombia publica nuevas resoluciones de clasificación arancelaria

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Edición Extraordinaria: se anuncia la intervención estratégica e integral en las zonas del terminal de Chancay

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Colombia: la DIAN cancelará la autorización si la agencia de aduanas reduce el patrimonio líquido mínimo en más del 20 %

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Todos los actores vinculados | El Congreso fortalece la Ventanilla Única de Comercio Exterior

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Con la modificación de los artículos 12 (Servicios electrónicos para la comunidad del comercio exterior) y 13 (Servicios electrónicos para las zonas económicas especiales) de la Ley N.° 30860, Ley de fortalecimiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (Vuce), se establece, por ejemplo, que dicha ventanilla dispone de una plataforma electrónica abierta y neutral para la integración electrónica de todos los actores públicos y privados vinculados con los ámbitos marítimo portuario, terrestre y aéreo, cuya implementación es gradual y progresiva, que permita el intercambio de información para generar mayor eficiencia y transparencia en las operaciones marítimas portuarias, terrestres y aéreas vinculadas con las actividades del comercio exterior. Estos actores realizarán las adecuaciones necesarias en sus procesos para cumplir con las condiciones que se establezcan mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Comercio Exterior y Turismo, en lo referido al intercambio de la información. Leer más

El MOP es la causa | MML deroga el reglamento de organización y funciones del SAT

La Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) derogó la Ordenanza N.° 1698, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Servicio de Administración Tributaria de la municipalidad, la Ordenanza N.° 1881 que la modifica y su organigrama. Todas estas normas serán reemplazadas por el Manual de Operaciones (MOP) correspondiente. La norma precisa que se mantiene las funciones y competencias asignadas al Servicio de Administración Tributaria (SAT) de la municipalidad y sus unidades de organización en otras disposiciones municipales, adecuándolas en lo que corresponda a su nueva estructura orgánica, que formará parte de su nuevo Manual de Operaciones. El Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del SAT, aprobado por la Ordenanza N.° 1698 y su modificatoria, mantendrá su vigencia hasta la aprobación del MOP, que será aprobado mediante decreto de alcaldía. [MML, Ord. 2654, 26/09/2024] Leer más

Trámites actualizados | El nuevo TUPA de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco

Se ratificó los doscientos veinticuatro (224) derechos de trámite que corresponden a un total de doscientos veinte (220) procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad listados en el Anexo A adjunto al presente acuerdo, registrados en el Sistema Único de Trámites (SUT) y aprobados en la Ordenanza N.° 704-MSS por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco (MDSS); luego de verificar que su establecimiento se ha efectuado de conformidad con la normativa vigente, en tanto responden al costo en el que incurre la municipalidad distrital en la prestación del servicio. Esto incluye el procedimiento estandarizado denominado: “acceso a la información pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control» y sus derechos de trámite no se encuentran incluidos en el listado de procedimientos, debido a que no requieren la aprobación ni la ratificación, según el numeral 44.7 del artículo 44 de la Ley N.° 27444. El presente acuerdo ratificatorio, para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de la publicación, incluyendo el texto de la Ordenanza N.° 704-MSS, en el Diario Oficial «El Peruano». [MDSS, Ac. de Concejo 322 – Ord. 704-MSS, 27/09/2024] Leer más

Estas serían las reglas para el Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias y Emisión de Certificaciones en aplicación

La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) dispuso la publicación del proyecto normativo «Directiva que regula el acceso al Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias y Emisión de Certificaciones en aplicación del Decreto Legislativo N.° 1400 y su reglamento«, así como la exposición de motivos que lo sustenta, en la sede digital de la Sunarp (www.gob.pe/sunarp), a efectos de recibir comentarios, aportes u opiniones del público en general, por un plazo de quince (15) días calendario. Los comentarios, aportes u opiniones sobre este proyecto podrán ser presentados a través de las oficinas de trámite documentario de las oficinas registrales de todo el país, así como, a través de mesa de partes virtual de la Sunarp, cuya dirección web es: https://mesadetramite.sunarp.gob.pe/, o, remitidos al correo electrónico: sdiaz@sunarp.gob.pe. Se encarga a la Subdirección de Normativa Registral de la Dirección Técnica Registral recibir, procesar, analizar y sistematizar las sugerencias, comentarios o recomendaciones que se presenten. [Sunarp, R. 00139-2024-Sunarp-SN, 27/09/2024] Leer más