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El nuevo Reglamento de Ordenamiento Pesquero del recurso anguila

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El Gobierno aprobó el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del recurso anguila (Ophichthus remiger), que consta de veinticinco (25) artículos, una (1) Disposición Complementaria Transitoria, y un (1) anexo. El decreto supremo precisa que el Ministerio de la Producción (Produce), previo informe del Instituto del Mar del Perú (Imarpe), evaluará que los principales puntos de referencia biológicos y el tamaño de la flota se encuentren en niveles acordes con la sostenibilidad de este recurso. Cuando exista sustento que permita el acceso de un mayor número de embarcaciones pesqueras, Produce, por resolución ministerial, dictará las medidas complementarias, a fin de asegurar el desarrollo sostenible de esta pesquería. Leer más

La cuota de captura complementaria del recurso bonito es de 10 500 toneladas

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La Suprema fija doctrina jurisprudencial: la importación de materiales de guerra está exenta de toda carga tributaria

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Comercio exterior | Jurisprudencia. Sobre la importación de material de guerra, la Corte Suprema (CS) estableció como criterio uniforme y como doctrina jurisprudencial el siguiente criterio jurídico: «el objetivo del legislador en la regulación de la importación de materiales de guerra, ha sido el de eximir a su importación, de toda carga tributaria. Las disposiciones normativas interpretadas son las siguientes: 1) El Decreto Ley N.° 14568 establece la exoneración del pago de derechos de importación y adicionales para estos productos. 2) El Decreto Legislativo N.° 190 extiende esta liberación al Impuesto General a las Ventas, aplicable a las importaciones. Leer más

Colombia buscará renegociar artículos de TLC con EE. UU. y la Unión Europea relacionados con arbitraje

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Derecho comparado | Colombia. El presidente Gustavo Petro anunció que buscará renegociar los artículos de los tratados de libre comercio (TLC) con EE. UU. y la Unión Europea que afecten la soberanía del país. La principal preocupación radica en los mecanismos de arbitraje internacional, específicamente el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), que dirime las controversias entre los Estados parte y las empresas extranjeras. El jefe de Estado colombiano señaló que el artículo relacionado con el arbitraje internacional en estos tratados es «lesivo para la soberanía nacional». Petro pidió al ministro de Comercio, Industria y Turismo, Luis Carlos Reyes, iniciar las negociaciones para cambiar esta cláusula en ambos acuerdos, en el marco de un compromiso de su Gobierno para priorizar los intereses nacionales. El mandatario hizo hincapié en que, a partir del próximo año, Colombia asumirá la presidencia de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (Celac). Leer más

Nuevos requisitos para importar granos de trigo de origen y procedencia de Canadá

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Se declaró inaplicables, la medida será efectiva a partir del 1 de marzo del 2025, los requisitos generales establecidos en el artículo 2° de la Resolución Directoral N.° 342-2002-AG-Senasa-DGSV para la importación de granos de trigo (Triticum spp.) de origen y procedencia de Canadá. A cambio, el Ministerio de Desarrollo Agrario (Midagri) fija los nuevos requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio para la importación de esta mercancía: Leer más

Quienes desarrollan sus actividades a través de aplicativos deben implementar el libro de reclamaciones virtual

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A partir del artículo 150 del Código de Protección y Defensa del Consumidor y de los artículos 3° y 4°-B del reglamento del Libro de Reclamaciones, la Corte Suprema (CS) sentenció que, en este caso, «debemos entender conceptualmente como ‘establecimiento’, entre otros, al medio virtual por medio del cual el proveedor desarrolla su actividad económica, veamos (…), advertimos que la sentencia recurrida, no consideró que el numeral 3.2. del artículo 3° del Reglamento del Libro de Reclamaciones del Código de Protección y Defensa del Consumidor, establece la definición de ‘establecimiento’, entendido este como el medio virtual a través del cual un proveedor desarrolla sus actividades económicas de venta de bienes o prestación de servicios, asimismo, no interpretó sistemáticamente dicho significado con el artículo 4° del referido reglamento, que dispone que se debe implementar un Libro de Reclamaciones Virtual en cada uno de tales establecimientos (…). Por consiguiente, este tribunal supremo concluye que la sala superior, al momento de emitir la sentencia de vista, ha inaplicado los dispositivos invocados, esto es, el artículo 3° (numeral 3.2) y el artículo 4° del Reglamento del Libro de Reclamaciones del Código de Protección y Defensa del Consumidor, los que exigían que los proveedores virtuales cuenten con un Libro de Reclamaciones Virtual en aquellos medios virtuales (establecimientos) a través de los cuales desarrollan sus actividades económicas de venta de bienes o prestación de servicios a los consumidores (…). Leer más

Edición Extraordinaria: importaciones de fruta fresca de manzana de Brasil quedan sujetas a requisitos fitosanitarios

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Colombia y Uruguay inician plan piloto para la emisión y recepción de certificados de origen en formato digital

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Edición Extraordinaria: Sunat somete a consulta pública tres proyectos sobre aduanas y comercio exterior

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El día de ayer la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) sacó a consulta pública los siguientes proyectos normativos: Leer más

A consulta pública, el proyecto que modificaría el procedimiento «Solicitud de rectificación electrónica de declaración»

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