Municipalidad de Ate aplica el principio de proporcionalidad en el RAS y el CUIS institucional
Para desincentivar las conductas contra de las regulaciones municipales en materia de comercialización, tales como el «traspaso de empresa o de local», y contribuir con el impulso de la libertad de empresa; así como establecer un orden en el ejercicio de la actividad económica y desincentivar la proliferación de actos que atenten contra la seguridad ciudadana y la convivencia pacífica de la comunidad, garantizando la protección de las personas dentro del distrito de Ate, la autoridad municipal emite una ordenanza para aplicar el «principio de proporcionalidad» al momento de calificar las solicitudes de «Levantamiento de clausuras», las que están directamente referidas al cumplimiento de los mandatos establecidos en una resolución de sanción. En este sentido, modifica los artículos 56 (De la imposición de las medidas complementarias) numeral 1.1 y 1.2 del inciso 1; artículo 59 (De la solicitud para el levantamiento de las medidas provisionales de clausura), artículo 60 (Condiciones del levantamiento de las medidas provisionales y/o complementarias), artículo 61 (Del plazo para resolver las solicitudes de parte para el levantamiento de las medidas provisionales y/o complementarias) y artículo 62 (Del contenido del acta de levantamiento de medida provisional y/o complementaria) de la Ordenanza N.° 481-MDA. Ordenanza que aprueba el nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Ate. [MDA, Ord. 567-MDA, 25/12/2021] Leer más









