El Congreso ajusta la Plataforma de Mejor Atención al Ciudadano
Se modificaron el literal b) del numeral 6B.1. y el numeral 6B.3. del artículo 6 B (Roles y reglas para la implementación y operación de la Plataforma de Mejor Atención al Ciudadano – MAC) y el artículo 6 C (Financiamiento de la Plataforma de Mejor Atención al Ciudadano) del Decreto Legislativo N.º 1211, Decreto Legislativo que aprueba medidas para el fortalecimiento e implementación de servicios integrados y servicios y espacios compartidos.
Según estos cambios, la Presidencia del Consejo de Ministros conduce y administra a nivel nacional la MAC en todos sus canales de atención; asimismo, determina las entidades públicas del Poder Ejecutivo, de los demás poderes del Estado y niveles de gobierno, así como los organismos constitucionalmente autónomos que deben participar obligatoriamente en la Plataforma MAC, de acuerdo con criterios de demanda, impacto social, accesibilidad y cercanía, pertenencia a una cadena de trámites o evento de vida, entre otros que establezca. La implementación y operación de la Plataforma de Mejor Atención al Ciudadano se financia con cargo al presupuesto institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros, de las entidades públicas del Poder Ejecutivo, los gobiernos regionales y gobiernos locales que participan como entidades administradoras; los provenientes de contratos de préstamos y de organismos internacionales; los provenientes de transferencias y donaciones. [PL, Ley 31687, 15/2/2023]
Ficha legal de la noticia:
Sumilla y ubicación oficial de la norma:
Ley que modifica el Decreto Legislativo 1211 Decreto Legislativo que aprueba medidas para el fortalecimiento e implementación de servicios integrados y servicios y espacios compartidos
Separata de Normas Legales, Diario Oficial «El Peruano», Año XL, N.º 17086.
Entidad: Congreso de la República (PL).
Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: modificaron el literal b) del numeral 6B.1. y el numeral 6B.3. del artículo 6 B y el artículo 6 C del Decreto Legislativo N.º 1211, Decreto Legislativo que aprueba medidas para el fortalecimiento e implementación de servicios integrados y servicios y espacios compartidos.
Derogaciones: ninguna.
Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 16 de febrero.
Fe de erratas: ninguna.
Valores agregados LEX:
Concordancias y antecedentes:
* Decreto Legislativo N.º 1211, Decreto Legislativo que aprueba medidas para el fortalecimiento e implementación de servicios integrados y servicios y espacios compartidos.




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